RÉGIMEN DE VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL DOCENTE DE ENSEÑANZA PÚBLICA NO UNIVERSITARIA

  • Normativa

3 de septiembre de 2026

CSIF CANARIAS - EDUCACIÓN Curso 2026‑2027 · Canarias

Vacaciones, permisos y licencias del profesorado

Guía completa del régimen de vacaciones, permisos y licencias del personal docente de enseñanza pública no universitaria, según la Resolución de 24 de febrero de 2026 (BOC núm. 46).

Sección II · Vacaciones
  • Vacaciones anuales Dirección Territorial Resuelve la concesión del disfrute diferido en 15 días hábiles desde la solicitud.
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    Periodo ordinario: mes de agosto completo.

    Devengo por curso escolar (1 sept. – 31 ago.). No sustituible económicamente, salvo cese por causa ajena a la voluntad del docente (p. ej. jubilación por incapacidad permanente).

    Disfrute diferido: si coincide con IT, nacimiento, adopción, acogimiento, riesgo en embarazo/lactancia o permiso acumulado de lactancia, se disfruta al alta hasta 18 meses después de finalizar el curso escolar de origen.

  • Cálculo de vacaciones y compensaciones (interinos y personal temporal) Dirección Territorial (de oficio) Se tramita de oficio al finalizar el nombramiento antes del 31 de agosto, salvo necesidad del servicio motivada por la dirección del centro.
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    Días hábiles de disfrute (o diferidos): Días hábiles = (Días de servicio × 22) / 365

    Liquidación económica de agosto cuando no proceda el disfrute completo: Días naturales = (Días de servicio × 30) / 360

Sección III · Gestación, nacimiento y cuidados de la persona menor
  • 3.1
    Exámenes prenatales y preparación al parto Dirección del Centro Solicitud con 15 días a 1 mes de antelación a la cita, con volante/informe médico. La dirección resuelve con ≥5 días hábiles de antelación a la cita.
    Ver detalles del punto 3.1

    Tiempo estrictamente necesario para exámenes médicos o clases preparatorias.

    Extendido a las personas funcionarias trans gestantes.

  • 3.2
    Técnicas de reproducción asistida Dirección del Centro Programadas: preaviso de 10 días, resolución ≥5 días hábiles antes. Urgentes: comunicar cuanto antes y justificar antes del 3.er día hábil tras la incorporación.
    Ver detalles del punto 3.2

    Tiempo estrictamente necesario.

    Límite: si el tratamiento exige reposo de más de 3 días, se tramita parte de baja por IT y cesa el permiso.

  • 3.3
    Estado de gestación avanzado Dirección Territorial Solicitar 15 días antes del cumplimiento de la semana indicada, con informe médico. Resuelve en los 10 días hábiles posteriores.
    Ver detalles del punto 3.3

    Permiso retribuido desde el primer día de la semana 37 hasta el parto.

    Embarazo múltiple: se anticipa a la semana 35.

  • 3.4
    Riesgo en embarazo o lactancia natural Dirección General de Personal Requiere informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, informe de adaptación del puesto (dirección del centro) y certificado de Mutua/MUFACE. Los 3 primeros días hábiles los justifica la dirección del centro mientras se tramita.
    Ver detalles del punto 3.4

    Durante el periodo en que exista riesgo para la salud en el puesto, agotada la adaptación de condiciones. Retribución 100 %.

    El riesgo por lactancia natural dura hasta los 12 meses del lactante.

  • 3.5
    Interrupción del embarazo Dirección del Centro Solicitar en los 3 primeros días hábiles, con informe médico justificativo. Resuelve en 3 días hábiles desde la solicitud.
    Ver detalles del punto 3.5

    6 días naturales consecutivos desde el suceso.

    No aplica si pasa a baja por incapacidad temporal (IT).

  • 3.6
    Nacimiento (madre biológica / persona trans gestante) Dirección Territorial Solicitud preferente en 5 días hábiles tras el nacimiento (no decae el derecho si se excede el plazo). Resuelve en 10 días hábiles. Documentación de nacimiento e identidad según el caso: informe de hospitalización, certificado de discapacidad o de defunción de la madre.
    Ver detalles del punto 3.6

    19 semanas: 6 obligatorias (jornada completa, inmediatas al parto) + 11 voluntarias (fraccionables, hasta 12 meses) + 2 adicionales de cuidado parental (hasta que el menor cumpla 8 años).

    Familias monoparentales: 32 semanas (6 obligatorias + 22 voluntarias + 4 de cuidado parental).

    Ampliaciones (conjuntas, 1 semana por progenitor/a): +2 sem. por discapacidad del RN o peso <2.200 g, +2 sem. por cada hijo/a a partir del 2.º en parto múltiple, hasta +13 sem. por hospitalización neonatal (aplicable a nacimientos desde el 2/8/2024, RDL 9/2025, solicitable desde el 1/1/2026).

  • 3.7
    Nacimiento (persona progenitora distinta de la madre biológica) Dirección Territorial Mismos plazos que el Punto 3.6. Aportar declaración responsable de progenitura.
    Ver detalles del punto 3.7

    Misma estructura que el Punto 3.6: 19 semanas (32 en familias monoparentales) con idénticas ampliaciones.

    Si se disfruta tras la semana 17 y la madre acumuló lactancia en jornadas completas, el inicio de las 11 semanas voluntarias restantes se pospone hasta finalizar dicha acumulación.

  • 3.8
    Lactancia de un/a hijo/a menor de 12 meses Opción A: Dirección del Centro · Opción B: Dirección Territorial Solicitud 15 días a 1 mes antes del inicio. Opción A: resuelve en 3 días hábiles antes del disfrute. Opción B: resuelve ≥15 días antes del inicio.
    Ver detalles del punto 3.8

    Derecho individual e intransferible. Debe elegirse una única modalidad, sin alternancia.

    Opción A: 1 h diaria (fraccionable en 2 ×30 min) o reducción de jornada de hasta 1 h al inicio/fin, en horario de obligada permanencia.

    Opción B: acumulación en jornadas completas (equivalente a 4 semanas), a disfrutar tras las 17 semanas de nacimiento/adopción. Interinos: días = (fecha de cese − fecha fin del permiso de parto) × 28 / 253.

Sección IV · Adopción, guarda y acogimiento de menores
  • 4.1
    Sesiones de adopción, guarda o acogimiento Dirección del Centro Solicitud 15 días hábiles a 1 mes antes del inicio de las sesiones, con copia de la cita. Justificar la asistencia en los 5 días hábiles posteriores a cada sesión. La dirección resuelve en los 15 días siguientes a la última sesión.
    Ver detalles del punto 4.1

    Tiempo indispensable para sesiones informativas/formativas e informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad.

  • 4.2
    Permiso por adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento (temporal o permanente) Dirección Territorial Solicitud en 5 días hábiles desde la comunicación y 15 días antes del disfrute, resuelve en 10 días hábiles. Documentación justificativa en el plazo de 1 mes desde la resolución judicial o administrativa.
    Ver detalles del punto 4.2

    19 semanas: 6 obligatorias (jornada completa, tras la resolución/decisión) + 11 voluntarias (hasta 12 meses desde la resolución) + 2 adicionales de cuidado parental (hasta 8 años).

    Familias monoparentales: 32 semanas.

    Ampliaciones: +2 sem. por discapacidad del menor, +2 sem. por cada menor a partir del 2.º en adopción/acogimiento múltiple (retroactivo a hechos desde el 2/8/2024, RDL 9/2025).

    Adopción/acogimiento internacional: desplazamiento previo, hasta 2 meses adicionales con solo retribuciones básicas; el permiso puede iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución.

    El acogimiento temporal exige duración mínima de 1 año. Un mismo menor no genera varios periodos de disfrute.

Sección V · Conciliación de la vida laboral y familiar
  • 5.1
    Enfermedad grave, accidente o fallecimiento de familiar Dirección del Centro (ordinario) · Dirección Territorial (ampliación) Comunicar de inmediato, justificar en 5 días hábiles; resuelve la dirección del centro en 5 días hábiles. Ampliación: solicitar durante el disfrute del permiso ordinario, la DT resuelve en 3 días hábiles.
    Ver detalles del punto 5.1

    Accidente / enfermedad grave / hospitalización / IQ sin hospitalización con reposo domiciliario: cónyuge, pareja de hecho, conviviente o 1.er grado: 5 días hábiles. 2.º grado: 4 días hábiles.

    Fallecimiento: cónyuge, pareja de hecho, conviviente o 1.er grado: 3 días (misma localidad) / 5 días (distinta localidad). 2.º grado: 2 días (misma localidad) / 4 días (distinta localidad).

    Ampliación excepcional: si persiste la gravedad, hasta 15 días naturales continuos, 1 vez por curso escolar.

  • 5.2
    Enfermedad muy grave de familiar con desplazamiento fuera de la isla Dirección Territorial Solicitud en cualquier momento mientras persista el hecho causante, resuelve en 10 días hábiles. Libro de familia, informe médico de la enfermedad muy grave y acreditación del domicilio (puede recabarse de oficio informe de la Inspección Médica).
    Ver detalles del punto 5.2

    Cuando sea imprescindible desplazarse con un familiar de 1.er grado fuera de su isla de residencia y de la isla de destino del docente, por enfermedad muy grave (crítica e irreversible).

    Hasta 15 días naturales por curso escolar y por hecho causante.

    Incompatible con la ampliación excepcional del Punto 5.1 y con la reducción de jornada del Punto 5.3.

  • 5.3
    Reducción de jornada para atender a un familiar de 1.er grado con enfermedad muy grave Dirección General de Personal y Formación del Profesorado Solicitud en cualquier momento mientras persista el hecho causante, resuelve en 10 días hábiles. Libro de familia e informe médico acreditativo (puede recabarse de oficio informe de la Inspección Médica).
    Ver detalles del punto 5.3

    Reducción de hasta el 50 % de la jornada lectiva, sin reducción retributiva, por un máximo de 1 mes.

    Se entiende por enfermedad muy grave la irreversible, sin elementos terapéuticos eficaces y con pronóstico negativo a corto plazo.

    Acumulable en jornadas completas, máximo 15 días naturales, una única vez por familiar y curso escolar. Prorrateable entre varios titulares del derecho por el mismo hecho causante (respetando el máximo de 1 mes).

    Si sobreviene el fallecimiento, se extingue e inicia el permiso del Punto 5.1.

  • 5.4
    Reducción de jornada por atención de familiares u otras personas a su cuidado impedidas Dirección General de Personal Solicitar en junio, efectiva desde el 1 de septiembre, resuelve en 10 días hábiles. El ajuste retributivo de las vacaciones de agosto se calcula en proporción.
    Ver detalles del punto 5.4

    Por guarda legal de menor de 12 años, persona mayor que requiera especial dedicación o persona con discapacidad sin actividad retribuida a su cuidado directo, o familiar hasta 2.º grado que, por edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida.

    Reducción de 5 a 15 horas lectivas semanales, con disminución proporcional de retribuciones. Periodo: 1 sept. a 31 jul.

  • 5.5
    Cuidado de hijo/a menor con cáncer u otra enfermedad grave Dirección General de Personal Informe del servicio público de salud, listado del RD 1148/2011 y vida laboral del otro progenitor/a. Resuelve en el plazo de 1 mes.
    Ver detalles del punto 5.5

    Reducción mínima del 50 % de la jornada, percibiendo el 100 % de las retribuciones.

    Exige que ambos progenitores/guardadores trabajen, salvo: víctima de violencia de género, familia monoparental o custodia exclusiva.

    Vigente hasta que el/la menor cumpla 23 años (26 años si acredita discapacidad ≥65 % antes de los 23).

  • 5.6
    Otros deberes de conciliación familiar y laboral Dirección del Centro Con citación: solicitar en 10 días hábiles tras recibirla, la dirección resuelve ≥3 días hábiles antes. Sin citación: comunicar entre 24 y 96 h antes (salvo urgencia), resuelve en 10 días hábiles tras el plazo de justificación.
    Ver detalles del punto 5.6

    a) Reuniones con la persona tutora de hijos/as menores (con cita previa).

    b) Acompañamiento a consultas o tratamientos médicos del cónyuge/pareja, hijos/as menores (o mayores si el tratamiento lo exige) o personas mayores/con discapacidad a cargo.

    c) Acompañamiento a urgencias de un familiar de 1.er grado conviviente o a cargo (día del hecho, o el siguiente si fue en horario nocturno).

    d) Reuniones en Centros de Educación Especial o acompañamiento a apoyo sanitario adicional.

    e) Hijo/a menor enfermo/a en reposo domiciliario: hasta 3 días naturales, según prescripción facultativa.

    f) Acompañamiento a fecundación asistida, exámenes prenatales y preparación al parto.

  • 5.7
    Permiso parental (cuidado de hijo/a o menor acogido >1 año) Dirección Territorial (informe previo, favorable o desfavorable motivado, de la dirección del centro) Solicitud ≥15 días hábiles antes, por semanas completas, resuelve en 15 días hábiles.
    Ver detalles del punto 5.7

    Máximo 8 semanas, continuas o discontinuas, no retribuidas, hasta que el/la menor cumpla 8 años. Jornada completa o parcial según necesidades del servicio.

    Veto: no se autoriza en los 10 días lectivos anteriores a Navidad, Semana Santa o fin de junio, ni en los 10 posteriores a Navidad/Semana Santa (salvo disfrute continuado ≥4 semanas).

    Derecho individual e intransferible, no simultáneo entre ambos progenitores si altera gravemente el servicio (la DT puede aplazarlo, motivadamente).

Sección VI · Deberes públicos, personales o funciones públicas
  • 6.1
    Elecciones: mesas electorales, interventores/as y apoderados/as Dirección del Centro Solicitar en los 5 días hábiles posteriores a la notificación/credencial. Resolución/llamamiento de la Mesa, o documento notarial/credencial de apoderamiento.
    Ver detalles del punto 6.1

    Presidencia, vocalía e interventores/as: permiso retribuido de jornada completa el día natural inmediatamente posterior a la votación.

    Apoderados/as: permiso retribuido únicamente el día de la votación.

  • 6.2
    Dispensa por ser persona candidata en un proceso electoral Dirección Territorial Solicitar tras la publicación de candidaturas, resuelve en 10 días hábiles.
    Ver detalles del punto 6.2

    Dispensa de la obligación de acudir al centro durante toda la campaña electoral.

  • 6.3
    Funciones sindicales o de representación del personal Dirección General de Personal Resuelve en 10 días hábiles.
    Ver detalles del punto 6.3

    Crédito horario reconocido por resolución de la Dirección General de Personal (art. 41.1.d TREBEP) a miembros de Juntas de Personal y personas delegadas de Personal.

  • 6.4
    Deber inexcusable de carácter público o personal Dirección del Centro Aportar citación oficial y justificante horario firmado a la vuelta.
    Ver detalles del punto 6.4

    Tiempo mínimo indispensable. Incluye: Tribunal del Jurado, testigo/perito judicial, demandante/demandado, citaciones oficiales (art. 19 Ley 39/2015), cargo electo en órganos colegiados, cumplimiento de resoluciones judiciales, tribunales de selección docente, renovación del DNI o empadronamiento (si no hay cita fuera del horario laboral o trámite no presencial).

Sección VII · Formación
  • 7.1
    Exámenes finales y pruebas definitivas de aptitud Dirección del Centro Solicitar de 15 días a 1 mes antes, resuelve ≥5 días hábiles antes. Entregar certificado de examen el día de la reincorporación (si no, ausencia injustificada).
    Ver detalles del punto 7.1

    Días de celebración del examen o prueba (incluye pruebas selectivas oficiales y de obtención del carné de conducir).

    Plus desplazamiento: +1 día (previo o posterior) si obliga a viajar fuera de la isla.

  • 7.2
    Actividades formativas o cursos oficiales Dir. Centro (1–2 días, resuelve en 5 días hábiles) · Dir. Territorial (≥3 días, resuelve en 10 días hábiles) Solicitar 15 días antes, condicionado a informe favorable de cobertura del servicio. Certificar la asistencia entre el 1.er y el 5.º día hábil tras la actividad.
    Ver detalles del punto 7.2

    Debe guardar relación con el puesto, cursarse como alumno/a (no como ponente) y coincidir con horas de permanencia obligada.

    Retribuido si está homologado/organizado por la Consejería o el Ministerio de Educación, o en convenio de colaboración; en caso contrario, no retribuido.

    Compatible únicamente con: nacimiento, lactancia acumulada, adopción/guarda/acogimiento, riesgo en embarazo/lactancia, y excedencia por motivos familiares.

  • 7.3
    Formación militar de reservistas voluntarios y activación Formación: Dirección Territorial · Activación: Dirección General Solicitud en 10 días hábiles tras la publicación de listas o la citación, resuelve en 5 días hábiles.
    Ver detalles del punto 7.3

    Formación básica, específica y continuada (art. 127 Ley 39/2007): permiso retribuido.

    Activación para prestar servicio (art. 123 Ley 39/2007): pasa a situación de servicios especiales.

Sección VIII · Otras situaciones personales
  • 8.1
    Traslado de domicilio habitual Dirección del Centro Resuelve ≥5 días hábiles antes del inicio, puede disfrutarse hasta 10 días hábiles después del cambio. Empadronamiento, escritura o contrato de alquiler, el mismo día de la incorporación.
    Ver detalles del punto 8.1

    1 día hábil: mismo municipio.

    2 días hábiles: municipio limítrofe.

    4 días hábiles: municipio no colindante u otra isla.

    Aplica a interinos con nombramiento ≥90 días (no disfrutable en los primeros 5 días lectivos).

  • 8.2
    Matrimonio o pareja de hecho Dirección Territorial Solicitar de 15 días hábiles a 1 mes antes, resuelve en 15 días hábiles. Libro de familia o inscripción registral, en 15 días hábiles tras la reincorporación.
    Ver detalles del punto 8.2

    15 días naturales ininterrumpidos, en cualquier momento del curso escolar.

    No se concede de nuevo si ya se disfrutó por la constitución previa de pareja de hecho con la misma persona.

  • 8.3
    Víctimas de violencia de género Dirección General de Personal Resuelve la adaptación/flexibilización horaria en 10 días hábiles.
    Ver detalles del punto 8.3

    Faltas de asistencia justificadas presentando, en 10 días hábiles tras la última ausencia, informe de servicios sociales o sanitarios.

    Reducción de jornada (proporcional, íntegra si la reducción es ≤1/3) o reordenación/flexibilización horaria.

    Máxima confidencialidad y protección de datos personales y judiciales.

  • 8.4
    Víctimas del terrorismo o persona amenazada Dirección General de Personal (previo informe de la dirección del centro) Resuelve en 10 días hábiles (medidas b y c). Certificado del Ministerio del Interior o sentencia firme, e informe de secuelas del Sistema Nacional de Salud.
    Ver detalles del punto 8.4

    Tres medidas posibles: a) reducción de jornada (con merma proporcional), b) reordenación horaria, c) flexibilización horaria.

  • 8.5 y 8.6
    Reducciones de jornada por edad e interés particular Dirección General de Personal Plazo improrrogable: solicitar exclusivamente en mayo de cada curso escolar; fuera de plazo no se admite.
    Ver detalles del punto 8.5 y 8.6

    Edad (≥55 años o <10 para jubilación forzosa): 5 a 15 horas lectivas semanales, con merma proporcional. Periodo 1 sept.–30 jun.

    Interés particular (≥3 años de servicio): 5 a 15 horas lectivas, con merma proporcional. Periodo 1 sept.–31 ago.; para interinos, supeditada a obtener destino en la adjudicación.

  • 8.7
    Licencia por asuntos propios (sin retribución) Dirección Territorial (informe previo de la dirección del centro, salvo casos b, c y f) Solicitar ≥1 mes antes, resuelve en 10 días hábiles antes del inicio.
    Ver detalles del punto 8.7

    Funcionariado de carrera: hasta 11 meses cada 2 cursos consecutivos.

    Interinos con vacante: máx. 45 días naturales/curso o 90 días/2 años (reglas específicas según tipo de nombramiento).

    Veto estricto: septiembre, mayo y junio, salvo: a) ≤5 días con cobertura interna, b) IT larga continuada hasta el alta, c) enlace con nacimiento/adopción/acogimiento/excedencia por cuidado de hijo/a, d) curso completo hasta el 31 de julio, e) dos últimos trimestres para cuidado de familiar de 1.er grado, f) jubilación en el 1.er trimestre.

    Requiere ≥1 año de servicio (o 1 año desde el reingreso de excedencia voluntaria). No computa a efectos de vacaciones.

  • 8.8
    Actos preparatorios de donación de órganos y tejidos Dirección del Centro Citación, justificante o informe del centro sanitario, con fecha y franja horaria.
    Ver detalles del punto 8.8

    Permiso retribuido por el tiempo indispensable, cuando los actos preparatorios deban realizarse dentro de la jornada laboral.

📎 Trámites y documentos

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