DÍAS QUE TE PERTENECEN POR ASISTENCIA Y REALIZACIÓN DE PRUEBAS SI TIENES QUE DESPLAZARTE ENTRE ISLAS O PENÍNSULA

29 de mayo de 2025

💚📌 DÍAS QUE TE PERTENECEN POR ASISTENCIA Y REALIZACIÓN DE PRUEBAS SI TIENES QUE DESPLAZARTE ENTRE ISLAS O PENÍNSULA. OPOSICIONES 2025.  💚                  

👉🏼 Si la presentación te toca un sábado, el día que te corresponde es el viernes.

👉🏼 Si la presentación te toca un domingo, el día que te corresponde es el lunes.

🚨 En caso de que algunas de las pruebas se realicen entre semana, te corresponden como días libres tanto el anterior como el posterior.

⚠️ RECUERDA solicitar el permiso en la Dirección de tu centro. 

📖 NORMATIVA 👉🏼 Ver articulo 7.1 de la instrucción séptima (Anexo I) de la RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES SOBRE LA REGULACIÓN DEL PERÍODO VACACIONAL Y EL RÉGIMEN DE PERMISOS Y LICENCIAS DEL PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA CANARIA.

[Séptima. Permisos para la formación del personal docente. 7.1. Permiso para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud en centros oficiales. 1. A estos efectos debe entenderse los términos exámenes finales y pruebas definitivas de aptitud y evaluación, tanto los que tengan carácter final como los de carácter parcial liberatorio de una parte del programa. Asimismo, tendrán tal consideración las pruebas selectivas convocadas por las distintas administraciones públicas o entidades u organismos de ellas dependientes entre las cuales se incluyen las pruebas relacionadas con la obtención de licencias de conducción de vehículos a motor. 2. Por centros oficiales debe entenderse tanto los de carácter público como privados que hubieren suscrito acuerdos o convenios con la administración educativa. 3. Este permiso se concederá por la dirección del centro y abarcará los días de celebración de dichos exámenes o pruebas. En el caso de que sea necesario desplazarse fuera de la isla para su realización, el permiso se extenderá al día previo y al posterior a los días de realización de las pruebas o exámenes. 4. La solicitud debe ser presentada con al menos entre quince días hábiles y un mes de antelación, y resuelta con una antelación mínima de cinco días hábiles respecto al día de celebración de la respectiva prueba o examen. 5. El personal docente debe acreditar la realización de la prueba o examen para el que le fue concedido el permiso dentro del mes siguiente a su realización.]

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