CSIF solicita la nulidad de la actuación administrativa que afecta al Cuerpo de Inspectores de Educación
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3 de diciembre de 2025
Escrito presentado al Director General de Personal, Formación e Innovación
📌 CSIF solicita la nulidad de la actuación administrativa que afecta al Cuerpo de Inspectores de Educación
CSIF Aragón ha presentado una solicitud formal ante la Dirección General de Personal, Formación e Innovación del Gobierno de Aragón para que se declare la nulidad de pleno derecho de la decisión de no aplicar al Cuerpo de Inspectores de Educación las condiciones laborales recogidas en la Orden HAP/633/2023, que regula el II Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración General.
Aunque la Orden HAP/633/2023 regula la jornada, permisos y derechos del personal funcionario de la Administración General, el Gobierno de Aragón ha excluido al Cuerpo de Inspectores de Educación, aplicándoles solo algunas partes de la norma (vacaciones y permisos), pero no el resto de los derechos y mejoras que sí recibe el resto de empleados públicos del mismo ámbito.
Esto está generando una situación de inseguridad jurídica, desigualdad y confusión, con jornadas irregulares, diferencias en permisos, criterios contradictorios en SIRGHA y un trato claramente discriminatorio.
CSIF señala que los inspectores son discriminados:
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Tienen una jornada oficial regulada legalmente (37,5 h), aunque SIRGHA les exige 35h .
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Deberían tener acceso a las mejoras de conciliación, teletrabajo, permisos y compensaciones horarias recogidas en la Orden HAP/633/2023.
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Forman parte del ámbito sectorial de Administración General, lo que obliga a aplicarles el mismo régimen de derechos.
La retirada selectiva de derechos constituye un “espigueo normativo”, prohibido por la legislación y por la jurisprudencia constitucional, que exige igualdad de trato para situaciones equivalentes.
CSIF fundamenta su solicitud en:
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Artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015, por vulneración del procedimiento y del derecho fundamental a la igualdad (art. 14 CE).
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Infracción del derecho a la negociación colectiva (art. 34.6 TREBEP).
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Jurisprudencia del Tribunal Constitucional que prohíbe diferencias de trato injustificadas por parte de la Administración.
📝 Qué solicita CSIF
CSIF pide:
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La declaración de nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa que excluye al Cuerpo de Inspectores de Educación de la aplicación íntegra de la Orden HAP/633/2023.
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La restitución del principio de igualdad y la eliminación de cualquier discriminación en la jornada, permisos y derechos del colectivo.
CSIF exige que el Gobierno de Aragón corrija de inmediato esta situación, garantizando que los Inspectores de Educación reciban el mismo trato que el resto del personal funcionario de la Administración General, y anuncia que continuará defendiendo sus derechos frente a cualquier actuación que resulte discriminatoria o contraria a derecho.