PUBLICADA LA ORDEN HAP /1077/2025 DE 14 DE AGOSTO SOBRE CRITERIOS PARA LOS PROCESOS SELECTIVOS EN DGA

4 de septiembre de 2025

¿EN QUE CAMBIARÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS EN DGA?

¿En qué consisten las reformas anunciadas a bombo y platillo por el Gobierno de Aragón y que Función Pública ha sacado adelante sin el apoyo sindical?
CSIF te lo resume y analiza

El pasado 1 de septiembre se publicó después de meses de desencuentros entre Administración y las Organizaciones Sindicales la  ORDEN HAP/1077/2025, de 14 de agosto, por la que se publica el Acuerdo de 9 de julio de 2025, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen criterios sobre los procesos selectivos para el ingreso en la función pública de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, y se dejan sin efecto los Acuerdos del Gobierno, de 28 de junio de 2023, sobre simplificación de procesos selectivos (turno libre y promoción interna)

 

CSIF, viendo la determinación inquebrantable de los actuales responsables de dejar sin efecto los anteriores acuerdos, intentó mediante la presentación de distintas propuestas mejorar los borradores que presentó Función Pública.

 

Cabe aclarar que el artículo 37.2 del TREBEP lo excluye como materia obligatoria de negociación, pero también es cierto que partíamos de Acuerdos de MESA SECTORIAL del año 2023, que supusieron un esfuerzo de consenso y a los que cuesta renunciar.

Aunque se han conseguido suavizar algunos planteamientos iniciales, todavía estamos a la espera, tal y como indica el documento, de que se publiquen unas bases reguladoras de los procesos selectivos que sean más completas.

 

En consecuencia se trata de un documento marco que ha de desarrollarse con unas bases y complementarse con la publicación de los nuevos temarios actualizados que todos los opositores/as esperan como agua de mayo para concretar su planificación de estudio y preparatorio.

Tras una lectura comparativa de la ORDEN en su texto final, que recoge criterios tanto para el turno libre como para la promoción interna, desde CSIF hacemos las siguientes matizaciones:

 

1. Periodo de realización de los ejercicios:

“Los ejercicios de la fase de oposición han de tener lugar entre los tres y los doce meses siguientes a la publicación de la convocatoria”

Mientras que en los Acuerdos de 2023 se establecía un plazo de entre 3 y 9 meses, en los borradores de esta Orden desapareció este requisito.

CSIF insistió en mantener este criterio que evidenciaría el compromiso de la Administración por realizar los procesos selectivos con agilidad, evitando el disparate que estamos viviendo de cientos de oposiciones acumuladas. Al menos debían comprometerse a un plazo máximo de 12 meses. Finalmente se ha recuperado en el texto definitivo.

 

2.- Tanto en Turno Libre como en Promoción Interna en las prueba de tipo test las preguntas tendrán cuatro respuestas alternativas. Las respuestas incorrectas penalizan 0,33 (tres errores eliminan una respuesta correcta).

CSIF solicitaba para el Turno Libre dos posibilidades: o bien 4 respuestas alternativas con una penalización de 0,25 o bien 3 respuestas alternativas con una penalización de 0,33 para las respuestas incorrectas.

En Promoción Interna CSIF propuso la posibilidad de que se plantearan 3 respuestas alternativas y que las incorrectas penalizaran un 0,25 como en los últimos procesos de Interna todavía en ejecución.

Propuestas que se han desestimado.

 

3- El número de temas expresados por especialidad tienen carácter “orientativo” y aumentan algo respecto a las ÓRDENES de 2023.

Por un lado, será necesario esperar a la publicación de los temarios para ver cuál es la verdadera reducción del temario y por otro es importante que el temario se ajuste y racionalice. El número no es un indicador en sí mismo; importa que contiene cada uno de los temas.

CSIF solicitaba una reducción de temas real y con expresión concreta del temario así como del articulado de leyes extensas en función del grupo.

Los exámenes deben ser ajustados al nivel formativo exigido para acceder a las plazas convocadas y a las funciones que se van a desarrollar; también se deben actualizar las formaciones requeridas para el acceso a la Función Pública, para que sean acordes con las nuevas titulaciones oficiales.

En la promoción interna los aspirantes ya acreditan conocimientos previos, por tanto los temarios deben ser únicamente de especialidad.

 

4.- Lectura de los Prácticos A1-A2

El texto señala que estos grupos tendrán que leer sus exámenes prácticos. Recordemos que el práctico puede ser un dictamen, un informe, un caso con preguntas cortas o incluso varios casos con preguntas.  

¿Mientras qué pasa con los exámenes escritos del A1? ¿Tendrán que leerlos? 

Las bases deberán concretar estos aspectos poco claros así como indicar si se permitirá el uso de materiales.

 

5.- Para el subgrupo C2 se señala que “solo se corregirá el segundo ejercicio de los aspirantes que hubieran superado el primero”

Parece algo añadido a última hora y que debería aparecer igualmente para el grupo C1.

 

6. Se modifican los criterios de calificación.

CSIF siempre ha sido partidario de la sencillez a la hora de calificar; adoptar un método claro, ágil y lejos de fórmulas enrevesadas que facilite la labor de los órganos de selección.

La Administración insistió vehementemente en la necesidad de obtener un 5 para el aprobado, accediendo finalmente, tal y como propuso CSIF a adoptar un criterio de nota de corte limitado, con calificaciones siempre superiores al 33% de la calificación máxima posible, para no dejar plazas desiertas, flexibilizando el criterio inicial si fuese preciso.

 

7. No indica número de preguntas en las pruebas de tipo test

Mientras que las ÓRDENES de 2023 y nuestras propuestas especificaban el número de preguntas para las pruebas de tipo test para cada grupo, esta ORDEN omite este dato que nos parece muy relevante.

Deberá constar obligatoriamente en las bases pendientes de publicación, así como la duración de las pruebas y el baremo que se utilizará para valorar méritos en la fase de concurso ( Promoción Interna)

 

8.- Exámenes orales y escritos. Solo se conservan para la Escala Superior de Administración.

Administradores Superiores, Interventores e Inspectores Financieros, Técnicos superiores de Gestión de Empleo, Sociólogos y Politólogos y Técnicos Superiores de Protocolo junto con los Letrados son las únicas clases de especialidad que tendrán prueba oral sin que se ofrezcan detalles sobre sus términos.

Prueba escrita únicamente para Administradores Superiores, Interventores e Inspectores Financieros, Técnicos Superiores de Gestión de Empleo, Sociólogos y Politólogos y Técnicos Superiores de Protocolo.

El resto de clases de especialidad tanto A1 como A2 tendrán un test y un práctico, mientras que los grupos C1 Y C2 se examinarán mediante dos ejercicios tipo test eliminatorios.

 

9.- Reserva de examen en la Promoción Interna.

Este criterio no aparecía en el borrador de la ORDEN.

CSIF solicitó recuperar este criterio, vigente hasta hoy, así como el derecho de opción y eso se ha respetado hasta para dos convocatorias.

Sin embargo, nuestra propuesta iba más allá, de manera que si el aspirante decidiese volver a presentarse y realizar pruebas escritas en otra promoción, que pudiese finalmente elegir de entre las tres posibles notas aquella que le resultase más favorable.

Finalmente ha quedado tal y como estaba hasta ahora, decisión con la que CSIF no está de acuerdo ya que puede desmotivar a los aspirantes para volver a intentar obtener plaza, volviéndose a examinar ,si con esto, pierden la opción de poder recuperar notas anteriores que pudieran resultarles más favorables que la obtenida en su nuevo intento.

 

10. Se eliminan los cursos formativos que puntuaban para la nota final en las ÓRDENES DE 2023.

Se señalaba en estos Acuerdos que transcurrida la oposición, durante la fase de prácticas, se realizaría un curso formativo no eliminatorio pero sí evaluable, y cuya nota se sumaría a la obtenida en el proceso selectivo.

Desde CSIF destacamos que las prácticas desaparecen con carácter general a partir de la oferta 2023; no nos parece mal la idea del curso, sino todo lo contrario, sobre todo en promoción interna, pero creemos que en este momento el IAAP no puede asumir el diseño y realización de tantos cursos diferentes con un mínimo de pertinencia y calidad de la noche a la mañana.

Entendemos su supresión.

 

11. Introduce modificaciones en los procesos selectivos para personas con discapacidad que nunca se han llegado a plantear y negociar con los sindicatos.

 

 

Por tanto CSIF CONCLUYE que esta ORDEN, aunque sencilla y bien estructurada en su redacción deja muchos detalles de gran importancia por perfilar que esperamos leer en las futuras BASES.

Entendemos que los cambios no han sido tan drásticos como se pensó en un primer momento y que realmente hay un intento por establecer criterios claros y dotar de sistemas más ágiles al IAPP y a los órganos de selección para realizar su labor.

Sin embargo deben concretarse mucho más en todos los aspectos que hemos señalado anteriormente para que no haya grandes diferencias entre la ejecución de procesos selectivos similares por quedar demasiado abiertos a la interpretación.

Se pretende igualdad de oportunidades para las diferentes promociones.

Es necesario homogeneizar todo lo posible y formar a los Tribunales para evitar alegaciones, denuncias o/y la judicialización de los procesos selectivos.

Además es URGENTE la publicación de unos nuevos temarios, más simples y ajustados al nivel formativo que se exige a los aspirantes, que los actuales.

CSIF INSISTE en que las nuevas convocatorias de las OEP 2023-24 Y 25 deben lanzarse en los primeros meses de 2026, dejando este último cuatrimestre de 2025 a la “liquidación” de todos los procesos pendientes., además:

-Elaborar calendarios de previsión con fechas aproximadas para la realización de los distintos procesos selectivos

.Cumplir los plazos y ejecutar las OEP dentro de los 12 meses posteriores a las distintas convocatorias.

 

La eficiencia y puntualidad en la celebración de las pruebas selectivas infundirá mucho más valor y confianza a las personas aspirantes para prepararse y optar a la función pública o a la promoción interna dentro de la organización.

 

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