PERMISOS PARA LA CONCILIACIÓN Y CUIDADO.

31 de julio de 2025

Reconociendo los avances en materia social, como la ampliación del permiso de paternidad y maternidad y los permisos para familias monoparentales, CSIF exige al Gobierno que cumpla la norma europea para favorecer la conciliación y evitar que la carga de los cuidados siga cayendo de manera mayoritaria sobre las mujeres.

El nuevo Real Decreto-Ley 9/2025 de 29 de julio amplia el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del Estatuto de los Trabajadores, del TREBEP y de la Ley General de la Seguridad Social.

Este Real Decreto-Ley queda pendiente de convalidación o derogación por el Congreso en el plazo de 30 días naturales a partir de su publicación en el BOE.

¿Qué modificaciones introduce?

 

1. Permisos de nacimiento, adopción y guarda con fines de adopción o acogimiento de 19 semanas. (Antes 16 semanas).

¿Cómo se disfrutan?

a) Seis semanas ininterrumpidas y obligatorias inmediatamente posteriores al parto. Serán a jornada completa.

b) Once semanas, a voluntad del progenitor, en semanas completas (seguidas o interrumpidas) hasta que cumpla el menor doce meses; a jornada completa o parcial.

c) Dos semanas más para el cuidado del menor hasta que cumpla ocho años. Se disfrutará en periodos semanales de forma acumulada o interrumpida así como de forma completa o parcial.

Estas 19 semanas serán retribuidas.

Además las familias monoparentales podrán disfrutar:

a) Las seis semanas iniciales

b) Veintidós semanas hasta los doce meses del menor

c) Cuatro semanas para el cuidado del menor hasta sus ocho años de edad.

OJO !!

Las dos semanas (cuatro para monoparentales) para el cuidado del menor hasta sus ocho años de edad SOLO ES APLICABLE para nacimientos a partir de fecha 2 de agosto de 2024.

Y además su disfrute y prestación económica solo podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

 

2. Permiso Parental de hasta ocho semanas hasta que el menor cumpla ocho años.

Nos quedamos como estábamos, sin remuneración.

En este sentido, CSIF considera que estos cambios son insuficientes y reclama que el permiso parental de hasta ocho semanas para el cuidado de menores de 8 años sea completamente retribuido tanto para personal de la empresa privada como de las administraciones públicas.

Recordamos que, gracias a la actuación jurídica de CSIF, se han logrado importantes avances en los tribunales que reconocen que el permiso parental debe abonarse con carácter retribuido, en línea con la garantía de la directiva europea 2019/1158. Las sentencias imputan el retraso en el desarrollo reglamentario a la Administración. Por eso vamos a continuar reclamando este derecho. Nuestros servicios jurídicos asemás valoram volver a llevar la queja a Bruselas para forzar al Gobierno a reconocer esta medida social, cuyo incumplimiento ya está generando sanciones millonarias para España.

 

¿Y en DGA?

Actualmente los/as empleados públicos de nuestra Administración disfrutan de 16 semanas del permiso de maternidad/paternidad. Seis de ellas inmediatamente después del parto y 10 semanas más hasta que el menor cumpla los 12 meses.

En el caso de familias monoparentales disfrutan de 32 semanas.

En cuanto al Permiso Parental de hasta 8 semanas hasta los ocho años del menor se está concediendo, sin retribuir, con efectos muy similares a una licencia sin sueldo.

En el momento que este Real Decreto Ley se convalide en el Congreso, CSIF solicitará los cambios pertinentes para aplicar la nueva legislación de la manera más beneficiosa para el trabajador/a en la Administración Autónoma de Aragón.

Los permisos por lactancia no experimentarán ningún cambio.

   

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