¿CESO NO CESO?

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13 de febrero de 2026

El personal interino, excepto los funcionarios nombrados de refuerzo, no tienen nada claro si ha de cesar o no, y si tiene obligación de disfrutar o no de sus vacaciones antes de la entrada en funcionamiento de la NUMO el 2 de marzo, o cuando sea, porque a 15 días de su este momento, no tenemos la certeza todavía de que se cumpla este plazo.

Se supone que el personal interino que solicitó servicio de la NUMO en el proceso de acoplamiento y que sigue trabajando a día de hoy en el mismo destino, será "acoplado", y continuará trabajando pero en esa nueva rpt, y debido a esa continuidad, se supone que no es necesario que consuman ahora sus días de asueto generados.

Se supone que es el personal interino que se nombró después del plazo de elección en el proceso de acoplamiento, el que al no aparecer en listas con rpt adjudicada, en principio cesan una vez entre la NUMO y son los que, junto con el personal de refuerzo, han de agotar los días que hayan generado, porque supuestamente cesan

Nos referimos con "se supone", a que ahora ya no tenemos la certeza de que así sea, en base a lo que nos están haciendo llegar muchos compañeros estos días, con la información que van recabando los compañeros interinos cuando consiguen ponerse en contacto con la DGJ. Desde la administración se está contestando genéricamente a todo aquel que pregunta que vayan cogiendo las vacaciones generadas porque van a cesar con motivo de la puesta en marcha de la NUMO. Independientemente de la situación de la que provengan, sin discriminación de ningún tipo.

CSIF ha estado pidiendo a la DGJ, por activa y por pasiva, unas instrucciones o una nota informativa con el criterio claro y conciso a seguir para este personal, como han hecho en territorio ministerio o en otras ccaa.

El "no es necesario porque todo está claro y todos saben si han de gastarlas o no, porque se les avisa personalmente" es la respuesta que hemos recibido y encima, por desgracia, NO ES CIERTA.

Nadie sabe a qué atenerse creando con esta incertidumbre de no saber si se va a cesar o no, y si entonces he de consumir los días festivos generados. Dudas que la Administración no resuelve de forma coherente y clara. Y CSIF tampoco puede atajar porque seguimos solicitando aclaración y solo siguen contestando desde la DGJ lo siguiente:

“Desde esta DG de Justicia únicamente se está transmitiendo que es necesario liquidar los días de descanso generados este mes de febrero a los empleados interinos de refuerzo en cuyo documento de nombramiento se les informa que cesarán cuando se implemente la NUMO en el partido judicial de Zaragoza. Desde el cambio normativo que obliga a cesar al personal temporal al cabo de 3 años, todo personal interino tiene su fecha de cese incorporada al documento de nombramiento. Además del transcurso de los 3 años también pueden cesar por la cobertura reglada del puesto por personal funcionario de carrera a través de cualquiera de los procedimientos legalmente establecidos, por razones organizativas que den lugar a la supresión o a la amortización de los puestos asignados, y por la finalización de la causa que dio lugar a su nombramiento. El cese se les notifica igualmente con antelación”.

Visto que esta es la misma respuesta de la DGJ que no aclara absolutamente nada, porque en la práctica están sucediendo lo contrario, se sigue alimentando el revuelo que está generando esta incertidumbre entre el personal interino (y en los propios órganos judiciales que se están dando cuenta de que se van a quedar muchos puestos vacíos y sin personal). Puede que nos falte información importante como cuales son las plazas concretas del Cuerpo de Tramitación que van a ser inminentemente cubiertas por los aprobados en Concurso de Méritos, y que arrojarían luz a este tema. Pero parece ser que la información para la DGJ es SECRETO DE ESTADO.

              Al objeto de clarificar los criterio/s que se están aplicando sobre este tema, que sería lo suyo, CSIF solicita a la DGJ la emisión y publicación inmediata por escrito del criterio que se está utilizando con este personal al respecto del disfrute de sus días de vacaciones y asuntos particulares generados, al objeto de saber a qué debemos atenernos y ahorrarnos a todos un precioso tiempo en desmentir, corregir, clarificar y suponer.

Sinceramente, todo esto es agotador, y CSIF no se va a cansar nunca de repetir a la DGJ que se llega siempre a estas situaciones límite porque siguen obstaculizando la coordinación informativa con las organizaciones. Si existiese verdadera voluntad por parte de la DGJ para que la información fuese única, clara y veraz, nos evitaría a todos mucho malgaste de energía y de tiempo, evitaría muchos malos entendidos, evitaría suspicacias y evitaría situaciones absurdas como ésta.

Y esto nos conduce a la pregunta clave. ¿La DGJ sigue manteniendo la fecha del 2 de marzo como fecha inicio de la puesta en marcha de la NUMO en Zaragoza? No se puede continuar con semejante incertidumbre. A esto, la DGJ no ha contestado. Faltan 15 días, y ni siquiera se ha publicado la relación provisional de adjudicaciones. Sin comentarios.

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