Teletrabajo y desburocratización: la normativa consolida los avances acordados por CSIF
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- CSIF Informa
1 de septiembre de 2026
El Decreto 483/2026 y la Orden de 31 de agosto de 2026 dan respaldo normativo a avances impulsados por CSIF en materia de teletrabajo, desburocratización, horario lectivo, reducción para mayores de 55 años y acción tutorial.
Entran en vigor el Decreto 483/2026, de 31 de agosto, y la Orden de 31 de agosto de 2026, que representan un nuevo paso en el desarrollo del Acuerdo de 16 de julio de 2025 para la mejora del sistema educativo y de las condiciones laborales del personal funcionario docente no universitario de Andalucía, suscrito por CSIF.
Ambas normas incorporan al ordenamiento educativo andaluz buena parte de los avances recogidos en dicho acuerdo. De este modo, reivindicaciones defendidas por CSIF adquieren respaldo normativo y se consolidan como derechos y mejoras de aplicación en los centros educativos.
Entre las principales novedades destacan las siguientes:
Teletrabajo para las tareas que no requieren atención directa al alumnado
La Orden regula expresamente la modalidad telemática para las tareas que no requieren atención directa al alumnado, una medida reivindicada por CSIF e incorporada a los centros educativos como consecuencia del Acuerdo de 16 de julio de 2025.
Con carácter general, la parte del horario no lectivo de obligada permanencia en el centro del personal funcionario docente podrá desarrollarse de forma telemática, atendiendo a las particularidades organizativas de cada etapa.
La norma establece, además, que esta medida será aplicable a todas las enseñanzas, reforzando así su alcance y evitando diferencias injustificadas entre etapas o centros.
CSIF subraya que se trata de un derecho individual del profesorado, por lo que su aplicación no puede quedar condicionada a interpretaciones restrictivas ni a votaciones del Claustro. Esta garantía fue incorporada al acuerdo por petición expresa de CSIF, que ha defendido desde el principio una regulación clara y homogénea.
Avances en desburocratización
El Decreto y la Orden recogen diferentes medidas destinadas a reducir la carga administrativa y documental que soporta el profesorado:
- Menos burocracia asociada a la tutoría. Se aligeran las funciones atribuidas al profesorado que ejerce la tutoría y se reduce la documentación vinculada a esta labor.
- Simplificación de los programas de refuerzo del aprendizaje. El alumnado que precise refuerzo contará con un único programa, evitando la multiplicación de documentos para un mismo alumno o alumna.
- Programaciones didácticas más sencillas. Se simplifica su elaboración y se establece su registro preferente en Séneca. Asimismo, podrán utilizarse modelos homologados y definidos por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica o, en su caso, por el Claustro de Profesorado.
- Simplificación de las memorias de autoevaluación. Estos documentos se centrarán fundamentalmente en la valoración de los logros alcanzados, las dificultades detectadas y las correspondientes propuestas de mejora.
- Procedimientos electorales más ágiles. Se elimina la obligatoriedad de convocar un Claustro extraordinario para elegir a los representantes del profesorado en el Consejo Escolar y se introduce la posibilidad de realizar la votación de forma telemática.
- Menos documentación y duplicidades. Se simplifica la documentación interna de las distintas enseñanzas, incluyendo el Proyecto Educativo, el Plan de Centro y las propuestas pedagógicas de Educación Infantil, y se eliminan trámites y documentos redundantes.
Garantías en la reducción lectiva para mayores de 55 años
Una de las mejoras más relevantes es la garantía de que la reducción de dos horas semanales del horario lectivo para el profesorado mayor de 55 años se aplique sobre las horas de docencia directa con el alumnado destinadas al desarrollo del currículo.
La nueva regulación establece expresamente que durante esas dos horas no podrá encomendarse ninguna actividad que implique atención directa al alumnado. De esta forma, se evita que la reducción pierda efectividad mediante la asignación de otras tareas de atención directa.
Mayor protección del horario lectivo en Secundaria
La nueva Orden, en desarrollo de lo recogido en el Acuerdo de 16 de julio de 2025, refuerza el carácter excepcional de cualquier incremento del horario lectivo del profesorado de Educación Secundaria.
Solo podrá superarse el máximo de 18 horas lectivas semanales cuando existan necesidades de organización del centro debidamente justificadas. Además, deberá escucharse previamente al profesorado afectado y aplicarse la correspondiente reducción del número de guardias.
Esta regulación se extiende también al profesorado de las Escuelas de Arte, los conservatorios y las escuelas oficiales de idiomas.
Refuerzo del horario destinado a la acción tutorial
El acuerdo suscrito por CSIF contempla igualmente el refuerzo del horario destinado a la acción tutorial en Educación Secundaria, con especial atención al Bachillerato. Esta medida queda ahora concretada en la Orden de 31 de agosto.
Las funciones de tutoría adquieren carácter preferente en la distribución de las horas de coordinación docente. Asimismo, todas las unidades de Bachillerato deberán disponer, al menos, de una hora adicional para desarrollar las tareas derivadas de la tutoría.
Cuando un centro no imparta Bachillerato, estas horas podrán destinarse a reforzar las tutorías de Educación Secundaria Obligatoria.
CSIF velará por el cumplimiento efectivo de las mejoras
CSIF valora positivamente que los avances alcanzados mediante la negociación y recogidos en el Acuerdo de 16 de julio de 2025 se refuerce su respaldo normativo. La organización sindical seguirá vigilando que todas estas medidas se apliquen de manera efectiva y homogénea en los centros educativos andaluces, sin interpretaciones restrictivas ni diferencias injustificadas.
La publicación de estas normas confirma que el acuerdo suscrito por CSIF continúa traduciéndose en derechos concretos, mejoras laborales y medidas destinadas a facilitar el trabajo diario del profesorado andaluz y el funcionamiento de los centros públicos.