Docentes en el exterior: BOE 8/2/2025 - Formación de listas de aspirantes a interinidad en cuerpos docentes en el extranjero.

11 de febrero de 2025

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha publicado la  Orden EFD/116/2025, publicada en el BOE el 8 de febrero de 2025, sobre la formación de listas de aspirantes a interinidad en cuerpos docentes en el extranjero.

Desde CSIF-A Educación queremos facilitarte el proceso de selección para formar parte de las listas de interinos en los centros y programas educativos en el exterior. Este se basa en un concurso de méritos, sin fase de oposición. A continuación, te detallamos los pasos clave del procedimiento:

1. Convocatorias Públicas
Cada Consejería de Educación en el Exterior es responsable de convocar el proceso de selección en su ámbito de gestión y se publicarán en la página web de cada Consejería y en el Punto de Acceso General del Ministerio de Educación. Si no quieres mirar continuamente en cada web, sabes que los afiliados de CSIF-A Educación reciben en su whastapp toda la información en el momento en el que se publican.

Se abrirán convocatorias generales al menos cada tres años para permitir la entrada de nuevos aspirantes, pero en caso de necesidad, se podrán realizar convocatorias extraordinarias.


 

2. Requisitos de los Aspirantes
Para ser admitido en el proceso, se deben cumplir los siguientes requisitos:

 Requisitos Generales:

  • No haber sido separado del servicio en la Administración.
  • No haber sido condenado por delitos contra la libertad sexual o trata de seres humanos.
  • Nacionalidad española o de un país de la UE (o permiso de residencia y trabajo).

Requisitos Específicos:

  • Titulación académica: La establecida en el Anexo II de la Orden (según la especialidad).
  • Experiencia docente: Mínimo seis meses en centros públicos o privados en el nivel educativo correspondiente. (Excepcionalmente, puede reducirse si hay falta de aspirantes).
  • Acreditación del idioma:
  • Para quienes no sean de habla hispana: nivel B2, C1 o C2 en español.
  • Para plazas bilingües: acreditación del idioma extranjero correspondiente.
  • Residencia en el país de destino al momento del nombramiento.

 

3. Formación de las Listas de Aspirantes

Las listas se ordenarán según la puntuación obtenida en el baremo de méritos. Existen distintos tipos de listas:

  1. Generales: Por cuerpo y especialidad.
  2. Específicas: Para plazas en Agrupaciones de Lengua y Cultura Española (permiten incluir aspirantes de diferentes cuerpos).
  3. Extraordinarias: Cuando se agoten las listas ordinarias.

Los criterios de ordenación dentro de cada lista se basan en el siguiente baremo de méritos

Baremo de Méritos (Puntuación Máxima: 10 puntos)

🟢 I. Experiencia Docente (Máximo 5 puntos)

  • 0,50 puntos por año en la misma especialidad y nivel en centros públicos.
  • 0,25 puntos por año en la misma especialidad y nivel en centros privados.
  • 0,30 puntos por año si la experiencia ha sido en el exterior en centros españoles.
  • 0,10 puntos por año si la experiencia ha sido en nivel diferente al solicitado.

🟢 II. Formación Académica (Máximo 3 puntos)

  • Doctorado: 1 punto.
  • Máster universitario oficial o DEA: 0,5 puntos.
  • Titulaciones adicionales:
    • Grado/Licenciatura distintos al exigido: 1 punto.
    • Diplomaturas o ciclos de grado medio/superior adicionales: 0,5 puntos.

🟢 III. Otros Méritos (Máximo 2 puntos)

  • Cursos de formación relacionados con la educación.
  • Publicaciones científicas o libros sobre educación.
  • Premios o reconocimientos oficiales en el ámbito educativo.

💡 Desempates:

  • Mayor puntuación en experiencia docente.
  • Mayor puntuación en formación académica.
  • Criterios adicionales definidos en la convocatoria.

4. Publicación de Listas y Reclamaciones

  • Se publican listas provisionales de admitidos y excluidos con sus puntuaciones.
  • Plazo de 10 días hábiles para reclamaciones y subsanaciones.
  • Se revisan las reclamaciones y se publica la lista definitiva, contra la cual se puede interponer un recurso de reposición o acudir al contencioso-administrativo.

5. Adjudicación de Vacantes

Se asignan las vacantes por orden de lista en cada especialidad y, si esta se agota, se puede recurrir a otras listas afines; las plazas a tiempo parcial o compartidas entre centros son de aceptación voluntaria, garantizándose la continuidad del personal interino mediante la prórroga de nombramientos cuando proceda.

6. Condiciones de Permanencia en la Lista

Es obligatorio aceptar las vacantes a jornada completa, pudiendo rechazarse solo por causas justificadas como enfermedad, violencia de género o maternidad; además, si un interino es cesado por desempeño inadecuado, quedará excluido de las listas por tres años.


 

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