BOE. Publicada relación de plazas que se ofrecen a personas aprobadas en el proceso selectivo concurso-oposición, Cuerpo de Auxilio , convocado por Orden JUS/1327/2022, en ámbito Cataluña.

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29 de junio de 2026

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
  • Resolución de 23 de junio de 2026, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo extraordinario para acceso, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, al Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

 

Publicada, por orden alfabético de localidades, la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de Cataluña que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el cuerpo de auxilio judicial, convocado por la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre.

Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito deben presentarse por medios electrónicos :

(solicitud de destinos para los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas: http://justicia.gencat.cat/ca/serveis/treballar/oposicions/ funcionaris/admjus/), , y deben dirigirse a la Secretaria para la Administración de Justicia, en el plazo de diez días hábiles, según lo que establece la base 8.1.a) de la Orden de convocatoria del proceso selectivo citado anteriormente.

Las solicitudes deben formalizarse según el modelo que figura como anexo 2 en la resolución, de acuerdo con las siguientes instrucciones: No se admitirá ninguna solicitud de plazas en formato papel. En el modelo de instancia se pueden detallar hasta el máximo de los órganos judiciales ofertados y debe hacerse constar el órgano, el cuerpo, la posición, la localidad y la provincia.

La adjudicación de destinos se realiza según el orden obtenido por el aspirante en todo el proceso selectivo y según la prioridad establecida.

Si el aspirante no solicita ninguna plaza o si no le corresponde ninguna de las solicitadas, por no solicitar un número suficiente de plazas, el Consejero de Justicia y Calidad Democrática lo destinará, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas publicadas en el DOGC y el BOE, siguiendo el orden alfabético de localidades

 Ningún aspirante puede anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo para presentarla.

Los destinos adjudicados tienen carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que se pueda participar en este hasta que no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se adjudique al aspirante destino definitivo.

 

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