CSIF solicita la consideración de personal Sociosanitario para los Técnicos Valoradores en Dependencia
16 de febrero de 2023
CSIF ha solicitado a la Dirección Gerente del IMAS y la Dirección General de Función Pública la consideración, tal y como corresponde, de personal Sociosanitario para el colectivo de Técnicos Valoradores en Dependencia

La propia Orden de 29 de enero de 2010 de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se configuró la opción Técnico Valorador en Dependencia deja claro que las actuaciones de los valoradores se realizarán básicamente en el entorno domiciliario habitual de los usuarios y en atención directa a estos, usuarios con carencia o pérdida de autonomía intelectual, física o sensorial causada por diversos motivos como la edad, una enfermedad o por la propia discapacidad que padecen; y necesitados de ayuda para la realización de acciones básicas del día a día, personas que no gozan de completa autonomía y necesitan apoyo, de las que estos profesionales tienen que hacer Interpretación de los datos clínicos obrantes en su informe de salud, utilización de pruebas básicas de exploración de la marcha, fuerza muscular, manipulación, movilidad, transferencias, etc. en los casos necesarios, determinar los apoyos necesarios, etc.…
Asimismo, la titulación requerida para el ingreso es de Diplomados/as en Fisioterapia, Terapia Ocupacional y ATS/DUE, profesiones claramente clasificadas como socio Sanitas.
La definición de técnico sociosanitario es el profesional que trabaja en los cuidados sanitarios y sociales que se dedican a grupos de la población en situación de vulnerabilidad como personas mayores, con algún tipo de enfermedad -crónica o no- o que tienen cierto grado de dependencia, por lo que claramente esta definición recoge a los valoradores de la dependencia ya que el inicio de este trabajo es la valoración y definición de las necesidades de estos usuarios, trabajo que se realiza en atención directa.
El no tener esta clasificación como personal sociosanitario está perjudicando diariamente a nuestros valoradores de la dependencia, al ser considerados personal administrativo no se esta teniendo en cuenta los riesgos que corren en el día a día en su puesto de trabajo (desplazamientos, posibles contagios de enfermedades, riesgo de agresiones, etc.), trabajo que realizan normalmente solo en domicilios de personas afectadas. Como trabajadores también les afecta esta clasificación en caso de enfermedad, ya que al ser considerados personal administrativo se obvia el riesgo que están corriendo para ellos y para los propios usuarios a los que atienden.
Es por lo que desde CSIF exigimos que se clasifique a este colectivo tal y como les corresponde como personal SOCIOSANITARIO