REUNIÓN COMISIÓN PARITARIA DEL V CONVENIO COLECTIVO PARA EL PERSONAL LABORAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS CONCURSO DE MÉRITOS PUESTOS SINGULARIZADOS PERSONAL LABORAL
26 de julio de 2023
CSIF ganó la sentencia contra la convocatoria del concurso de méritos de puestos singularizados de personal laboral, por la exclusión de las plazas de Responsable Asistencial, por lo que, en ejecución de la sentencia, se deben incluir tales puestos.
En la reunión celebrada hoy CSIF recuerda que la figura del Responsable Asistencial se crea en todos los centros del ERA a raíz de la pandemia y se cerró a la titulación de enfermería exclusivamente.
CSIF en Mesa siempre pidió que se abriera a otras titulaciones y el único argumento que se nos daba por parte de Función Pública es que así se había pedido en su momento por la pandemia.
Pues bien, en la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia, se recoge que en los centros de atención residencial que superen las 30 plazas acreditadas deberán contar con profesionales que realicen las funciones de coordinación y enlace con el sistema sanitario público y supervisión de las pautas de cuidados. Cuando el centro supere las 75 plazas, las funciones descritas deberán ser asumidas por personal sanitario según la definición de los artículos 2 y 3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre de ordenación de las profesiones sanitarias.
Es por ello que CSIF considera que esta figura que recoge el Acuerdo no es otra que la del Responsable Asistencial que nosotros tenemos y no viene definida exclusivamente para la titulación de enfermería, por lo que, en la reunión de hoy, pedimos que se ajusten estas plazas a este Acuerdo antes de que se ejecute el concurso de méritos de puestos singularizados y que se abran, por lo tanto, al resto del personal sanitario. No obstante parece que desde Función Pública no están por la labor de hacerlo, y dejarán la configuración del puesto tal y como está ahora.
En la reunión se nos informa que tras la publicación de la resolución pertinente en el BOPA se abrirá un plazo de veinte días hábiles para la presentación de instancias, contados a partir del siguiente al de la publicación.
Respecto a la fecha de publicación nos indican que ésta se hará en los primeros días de agosto para que el plazo pueda seguir abierto algún día de septiembre, teniendo en cuenta la época estacional en la que nos encontramos y que muchas personas disfrutan de sus vacaciones en el mes de agosto.
Respecto a las reglas que se van a aplicar para la presentación de instancias, serán las siguientes:
- Las instancias que se presenten serán válidas únicamente si contienen alguno o todos los puestos que se añaden, y se reúnen los requisitos exigidos para el acceso a los mismos.
- Quienes no hubieran presentado instancia durante el plazo inicial (concluido el 3 de enero de 2023), pueden presentar una en el nuevo plazo sólo si solicitan alguno o todos los puestos que se añaden
- Quienes hubieran presentado instancia durante el plazo inicial (concluido el 3 de enero de 2023), pueden presentar otra en el nuevo plazo si solicitan alguno o todos los puestos que se añaden, acompañados si lo desean, de alguno o todos los puestos que solicitaban en la instancia inicial, con independencia de que ahora puedan guardar un orden de preferencia diferente, es decir, no pueden añadir puestos que en su día no se incluyeron
- No serán admisibles los puestos solicitados que no figuren en la instancia inicial a excepción de estos nuevos, que son objeto de la convocatoria. La nueva instancia presentada de conformidad con lo dispuesto en este apartado sustituirá a la presentada durante el plazo anterior.
- La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y de los méritos específicos será la del día 3 de enero de 2023, fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de la convocatoria original.
Seguiremos informando...