CSIF Informa sobre reunión mantenida con Función Pública el 23-01-2020

24 de enero de 2020

 

CSIF– INFORMA

Ayer, 23 de enero de 2020, tuvo lugar una  reunión informativa con Función Pública para hablar sobre el Decreto de contratación temporal, el cual ha sido publicado en BOPA (13/01/2020) con modificaciones que no se comunicaron previamente a los sindicatos.

Función Pública dejó claro que era una reunión informativa para aclarar todas las dudas que se tengan de las modificaciones del Decreto, consecuencia del informe del Consejo Consultivo, pero que no se iba a cambiar nada.

Desde CSIF lo primero que quisimos dejar claro es la falta de respeto hacia las organizaciones sindicales al no haber llevado a la Mesa de Negociación las modificaciones del Decreto tras el informe del Consejo Consultivo.

Remarcar que a la entrada en vigor de este Decreto la OSPA va a quedar sin regulación, que se nos explique bajo que norma quedan los instrumentistas de la OSPA. Función Pública nos contesta que como vienen haciendo, con su Convenio y lo que venga aplicando y que la OSPA nunca se reguló por la Resolución del 2004. Pedimos que conste en acta estas manifestaciones de la Administración pero nos recuerdan que es una reunión informativa y no hay acta. Nos parece gravísimo que los instrumentistas queden sin regulación, lo que abre la puerta a contratos “a dedo” y sin ningún control y desde CSIF pedimos a la Administración  nos haga llegar la norma por la cual se rigen y se regirán las coberturas de vacantes de  los instrumentistas.

FORMACIÓN DE LISTAS DE PERSONAL TEMPORAL

Una importante modificación nos la encontramos en el Artículo 4 “Formación de listas de personal temporal” donde para integrar la lista se deberá aprobar al menos el primer examen y marca una excepción donde se podrá fijar una nota mínima distinta, únicamente en atención al título habilitante necesario para el ejercicio profesional en aquellos cuerpos, escalas o sistemas de clasificación profesional equivalente para personal laboral en que exista. La nota mínima se fijará para todas igual y será sobre un 2 o un 2.5.

 

Lo primero de todo es que este cambio de criterio se debe al informe del Consejo Consultivo (que es preceptivo, no vinculante), donde dice que con una nota positiva no se cumplen los principios de igualdad, mérito y capacidad. Si esto es así, y se modifica el artículo 4 en base a este criterio se deberá eliminar por completo el artículo 8 donde se recogen los llamamientos al SEPEPA  ya que aquí sí que no se cumple ninguno de esos principios. Los que sí cumplen esos principios de igualdad, mérito y capacidad son los funcionarios de carrera y se les está privando de la superior categoría, cuando ésta debería venir regulada ya en este Decreto.

En cuanto a la redacción del propio Artículo 4, pedimos que se nos aclare “título habilitante” y queden definidos que cuerpos, escalas y categorías. Nos responden que todas aquellas con titulación específica (DUE, TCAE, Fisioterapeutas, Psicólogos…) estarán incluidas en la excepción. También nos responden que las oposiciones masivas no creen tengan problemas para incluirlas también, que Auxiliar Administrativo ven más fácil el motivar la excepcionalidad pero en Administrativo lo dudan. Pedimos que quede claro y definido YA, que cuerpos escalas y categorías pero nos responden que no nos van a dar una lista de cuales sí y cuales no porque también son circunstancias que pueden cambiar ya que hoy puedes incluirlas en la excepción pero dentro de unos años no. Nos parece intolerable que quede a la arbitrariedad de la Administración.

También preguntamos porque no le hacen caso al Consejo Consultivo cuando anima a la Administración a cambiar el sistema de formación de listas de empleo, incluyendo una valoración de méritos como se hacen en otros ámbitos del derecho autonómico comparado y ya se le propuso en las primeras reuniones del Decreto por parte de CSIF. Según Función Pública necesitarían 10 personas más en personal para poder hacer frente a esto.

ACLARACIÓN LISTAS DERIVADAS DE PROCESOS SELECTIVOS YA CONVOCADOS

Las listas que se deriven de los proceso ya convocados antes de la entrada en vigor de este Decreto  se formarán  con todos los aspirantes que obtengan nota positiva tal y como se venía haciendo hasta ahora. La gestión, sin embargo, de estas bolsas se regirá por este nuevo Decreto.

CRITERIOS DE CESE

CSIF pide la eliminación del segundo párrafo del artículo 20, donde se incluyen los bloqueos ya que CSIF ganó la sentencia de los traslados donde queda claro que no se puede bloquear.

La Administración nos dice que no se va a aplicar pero que no pueden retirarlo ya que está publicado y llevaría mucho tiempo su modificación.

Les insistimos en la necesidad de su retirada ya que deja una inestabilidad jurídica que terminará en los tribunales en cuanto empiecen los ceses.

Con este nuevo Decreto cesará el empleado público con un contrato más reciente en la unidad administrativa. Pedimos, que se aclare lo que es “Unidad Administrativa” . En la última reunión del Decreto la Administración se comprometió a convocar a la Mesa para definirlo por Resolución. Nos aseguran que nos convocarán y antes de que hay ningún cese quedará definido.

ACLARACIÓN DE LA MEJORA DE EMPLEO RECOGIDA EL ARTÍCULO 16

Desde CSIF pedimos que la mejora de empleo no se limitara a las personas que están prestando servicios bien cubriendo IT, vacaciones, ….. sino a aquellas personas que aún estando en una vacante, ésta la hayan cogido de una bolsa anterior. Pedimos que quede claro que va a ser así porque la redacción puede dar lugar a interpretaciones. Función Pública nos lo confirma, un vacante de una lista anterior tendrá derecho a un llamamiento para vacante de una lista nueva.

Esta propuesta de CSIF va a permitir a gente que lleva años en una vacante tener opción de coger otra vacante que suponga una mejora en sus condiciones.

ACLARACIÓN BOLSA DE AUXILARES DE BOMBERO PARA LA MEJORA DE EMPLEO

Se le pregunta a Función Pública si en el caso de la lista de Auxiliar de Bombero, por sus características especiales, se puede aplicar la mejora de empleo para vacantes a lo que nos responden que SÍ. A la entrada en vigor de este Decreto deberán empezar a llamar desde el número 1 de la lista para ofrecer todas las vacantes que haya incluso a los que están en una vacante.

 

 

 

 

En cuanto a la zonificación de bomberos, se aclara que no tienen que guiarse por la zonificación de Función Pública ya que ellos tienen sus propias zonas como el ERA.

ZONIFICACIÓN

Con el nuevo Decreto se podrá cambiar la zonificación del 1 al 15 de febrero pero este Decreto va a entrar en vigor el día 10 de febrero. Estudiarán la posibilidad de ampliar el margen de tiempo esta vez debido a los escasos 5 días que quedarán para poder hacerlo.

CSIF está totalmente en contra de este nuevo Decreto, incongruente totalmente, alegando para el cambio de cese (se va el más nuevo) que se tiene en cuenta la experiencia de los empleados públicos para el buen funcionamiento del servicio y sin embargo se niega la opción de tener listas de méritos como en el SESPA. Se pide aprobar para estar en lista dado que hay que demostrar la “capacidad” pero se recurre a la oficina de empleo para contratar gente y no se permite la superior categoría a los funcionarios de carrera. No van a bloquear, pero mantienen el texto del artículo en el Decreto.

 

Al finalizar la reunión se hace alusión al Concurso de Traslados, quieren reunir la Comisión de Valoración la semana que viene y quieren incorporaciones sobre el 2 de Marzo.

 

Seguiremos informando...

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