Según el Estatuto Básico del Empleado Público el profesorado, en su doble condición de docente y funcionario, tiene distribuidas las retribuciones en dos partes:
1.Retribuciones básicas: reguladas en los Presupuestos Generales del Estado y, por tanto, son comunes para todos los docentes de España. Estas retribuciones contemplan:
a.Sueldo.
b.Trienios.
c.Complemento de Destino.
d.Sueldo paga extra*.
e.Trienio paga extra*.
*Estos dos conceptos fueron introducidos por los recortes del 2010 y que CSIF exige su retirada para volver al concepto de 14 pagas iguales anuales. Los funcionarios somos de los pocos trabajadores que nuestras pagas extras vienen aminoradas y no ser iguales a nuestras pagas ordinarias.
2.Retribuciones complementarias: reguladas por cada Comunidad Autónoma. Son los llamados Complementos Específicos. Estos complementos son:
a.Complemento Específico.
b.Complemento Específico de Comunidad Autónoma. Estos dos conceptos pueden estar unidos. En concepto de legislación son lo mismo.
c.Complementos de Formación (sexenios).
d.Otros complementos (Tutoría, Carrera y otros complementos regulados en las CCAA).
e.Complementos de dedicación (Dirección, Equipos Directivos, Jefaturas de Departamento y otros).
A continuación puede seleccionar la Comunidad Autónoma para acceder a sus retribuciones en el año 2019:
NOTA: Recuerde que tiene que tener habilitadas las ventanas emergentes para ver las retribuciones de cada CCAA.