Tal y como exigió CSIF, Correos, por fin, da una vuelta a las Bolsas de Empleo

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27 de abril de 2023

La teoría mejora, sí, pero en la práctica... ¡hace falta contratación!

Tal y como ha exigido CSIF, Correos, por fin, va a cambiar los criterios de llamamiento de las Bolsas de Empleo por una contratación que debe ser más justa. 

 

 Lo vamos a resumir para no cansar a nadie, porque esto es la teoría: lo importante es que en la práctica haya contratación. Sin contratación, todo esto es papel mojado. 

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Pues bien, a partir de ahora, seguirá habiendo 2 VÍAS DE CONTRATACIÓN en las Bolsas: 

✔️ Vía 1. Contratos de sustitución por vacante en las que el llamamiento es por orden natural hasta que las plazas se cubran en un Concurso, Reajuste o Consolidación. 

✔️ Vía 2. Contratos por sustitución de un trabajador y circunstancias de la producción con un tiempo máximo de 6 meses y, una vez terminado, se tendrá que hacer un parón obligatorio de 4 meses. 

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¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTONCES?

✅ Hasta ahora los candidatos sólo podían estar en una de las 2 vías lo que originaba unos desajustes tremendos.

Ya nadie sabía a qué atenerse. 

✅ Sin embargo, desde ahora, los candidatos encuadrados en la vía 1 también podrán acceder voluntariamente a los contratos de la vía 2-

¿Cómo? Una vez haya finalizado su contrato en la vía 1 y hayan cumplido un periodo de no disponibilidad de 4 meses

 El límite máximo de concatenación de contratos es de 18 meses de 24. 

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