USO OBLIGATORIO DE MASCARILLAS

20 de mayo de 2020

Obligatorio el uso de mascarillas preferentemente higiénicas y quirúrgicas que cubra nariz y boca, en vía pública y espacios con público que no garanticen distancia social

La Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, publicada hoy 20 de mayo de 2020, en el BOE, en vigor desde el 21 de mayo hasta finalización de Estado de Alarma y sus prórrogas.

 

Será obligatorio para mayores de 6 años, en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o abierto al público, siempre que no exista distancia social de al menos dos metros.

 

No tendrán obligación de uso:

 

  1. Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse

agravada por el uso de mascarilla.

b) Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de

salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia

presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

c) Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte

incompatible el uso de la mascarilla.

d) Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

 

                                  

 

CSIF, OTRA CLASE DE SINDICATO

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