Oferta en Comisión de Servicios para los Órganos Judiciales de nueva creación.

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24 de mayo de 2018

OFERTA EN COMISIÓN DE SERVICIOS 03/2018 DE PUESTOS RELACIONADOS CON LA ENTRADA EN FUNCIONAMIENTO PREVISTA PARA EL 30 DE JUNIO DE 2018, DE ÓRGANOS JUDICIALES DE NUEVA CREACIÓN

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial (LOPJ), permite en su artículo 527.1º el otorgamiento de comisión de servicios a los funcionarios que reúnan los requisitos exigidos para el desempeño de un puesto de trabajo vacante, hasta que se resuelvan los sistemas de provisión en curso o cuando resueltos no se hayan cubierto por no existir candidato idóneo.

El Real Decreto 902/2017, de 13 de octubre, dispone la creación de 93 juzgados y la Orden JUS/1277/2017, de 22 de diciembre, dispone la fecha de entrada en funcionamiento de esos juzgados. En concreto, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se prevé la entrada en funcionamiento para el 30 de junio de 2018, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Elvissa, Juzgado de Primera Instancia nº 11 de León, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Medina del Campo, Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de Illescas y Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Navalmoral de la Mata.

Así, con el objetivo de dotar de personal a estos cinco juzgados de nueva creación, se anuncia su provisión temporal conforme a las siguientes indicaciones con el fin de que el personal funcionario interesado pueda solicitar, de forma voluntaria, la oportuna comisión de servicios.

Primero. Objeto.

Esta convocatoria tiene por objeto permitir la provisión temporal, mediante comisión de servicios, de puestos de trabajo reservados al personal funcionario de los cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial que se señalan en el Anexo I.

Segundo. Solicitantes.

Podrán solicitar la comisión de servicios, con relevación de funciones, los funcionarios de carrera de cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que se encuentren en situación de servicio activo en el mismo cuerpo del puesto que se oferta y prestando servicios efectivos en destino definitivo.

Tercero. Criterios de adjudicación.

La selección del candidato y la consecuente adjudicación de la comisión de servicio se realizarán siguiendo el orden del escalafón y las preferencias fijadas por el solicitante en su instancia.

No se tendrán en cuenta las solicitudes de aquellos funcionarios que han obtenido destino en el último concurso.

Cuarto. Informe.

Tal y como se prevé en el artículo 73 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, las solicitudes estarán condicionadas a la emisión de informe del responsable de la unidad o centro de destino de origen del funcionario. Si no se dispone del mencionado informe, se pasará al siguiente solicitante del que sí se disponga. Además esta Subdirección pedirá la conformidad a la Comunidad Autónoma, cuando el funcionario tenga como destino una Comunidad distinta de las del ámbito del Ministerio.

Quinto. Características de las comisiones de servicios.

La provisión temporal de las plazas ofertadas se realizará con carácter de comisiones de servicios voluntarias.

Las comisiones de servicios de las plazas ofertadas en el Anexo I comenzarán el día de la entrada en funcionamiento de los nuevos juzgados, prevista para el 30 de junio de 2018, pudiéndose prolongar su duración hasta la adjudicación definitiva de dichas plazas mediante concurso de traslados.

El periodo mínimo de permanencia en la comisión de servicios será de seis meses y, en caso de renuncia antes del transcurso de dicho plazo, el funcionario no podrá acceder a una nueva comisión de servicios durante el periodo de un año, a contar desde la fecha de inicio de la comisión de servicio.

Los funcionarios seleccionados deberán presentarse en el destino en comisión asignado al día siguiente hábil de su entrada en funcionamiento, salvo autorización por motivos debidamente justificados.

Los funcionarios que tomen posesión de estas comisiones de servicios conservarán su puesto de origen y tendrán derecho a la retribución complementaria del puesto que desempeñen hasta que se adjudique el puesto en el siguiente concurso que se convoque. En el momento de finalizar la comisión de servicios, el funcionario retornará a su puesto de origen siempre que no haya sido el adjudicatario de la plaza en el concurso.

Sexto. Solicitudes.

Los interesados deberán presentar su solicitud ajustada al modelo que se adjunta como Anexo II de esta resolución. La misma deberá enumerar, por orden de preferencia, los puestos que solicitan.

Séptimo. Lugar y forma de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de siete días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el sitio web del Ministerio de Justicia (http://www.mjusticia.gob.es) en la siguiente ruta: http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/empleo-publico/concursos-traslados.

Para ello, una vez rellenado y firmado el Anexo II por el solicitante, deberá remitirlo escaneado, dentro del plazo establecido, al siguiente correo electrónico: comse@mjusticia.es.

Octavo. Publicidad de las comisiones de servicio asignadas.

El Ministerio de Justicia publicará en el mismo sitio web donde se publicó la convocatoria, el listado de los funcionarios adjudicatarios de las comisiones de servicio.

OFERTA PUESTOS DE TRABAJO EN COMISION DE SERVICIOS

24 de mayo de 2018

 

Oferta en comisión de servicios 03/2018 de puestos relacionados con la entrada en funcionamiento prevista para el 30 de junio de 2018 de Órganos Judiciales de nueva creación.

 

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