Webinar CSIF: "Estabilización por Concurso de Méritos para Plazas Docentes"

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24 de noviembre de 2022

- Más de 20.000 personas han visto nuestro Webinar.
- Debido al interés y a las numerosas dudas surgidas, podéis ver la grabación a continuación en Youtube.

Ahora puedes calcular tu baremo con el Excel adjunto


CONVOCATORIAS

Andalucía   - Aragón   - Asturias  - Baleares   - Cantabria  -Castilla-La Mancha  -Castilla y León  - Ceuta y Melilla  
- Extremadura  - La Rioja - Madrid (Maestros- Madrid (Secundaria, otros cuerpos docentes)
- Murcia - Navarra - Valencia

Plazo de presentación del 21 de noviembre al 21 de diciembre de 2022 inclusive


PREGUNTAS FRECUENTES

 

Tras la webinar realizada por CSIF el 17 de noviembre  de 2022 y recibir y contestar más de 600 correos, hemos elaborado este documento con las preguntas más frecuentes para que sirva de ayuda.

 

  1. ¿Quiénes pueden participar en estos procesos?

 

Son procesos de libre concurrencia. Pueden participar aspirantes que no estén en las listas de interinidad, funcionarios/as interinos/as y funcionarios/as de carrera de otros cuerpos, que cumplan el requisito de titulación. El baremo dirimirá la adjudicación de plazas.

 

  1. Si participo en varias Comunidades de las adscritas al procedimiento centralizado, ¿cuántas instancias tengo que registrar y cuántas tasas debo abonar? ¿Y si participo en varias especialidades?

 

Es una sola instancia por especialidad y se registra en la administración educativa a la que optas en la primera opción, pagando la tasa correspondiente según su convocatoria. Sí tienes que registrar más instancias cuando participas en otras especialidades.

 

  1. ¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes y hasta cuándo serán los méritos de experiencia docente?

 

El plazo marcado es del 21 de noviembre hasta el 21 de diciembre. El tiempo de servicio será reconocido hasta el 21 de diciembre, independientemente de la fecha de registro de la solicitud.

 

  1. Tengo el Grado de Magisterio de una especialidad, ¿puedo presentarme a otra especialidad?

 

El requisito para acceder al Cuerpo de Maestros es Grado de Magisterio o equivalente para todas las especialidades. Será posteriormente el baremo el que te asigne cada plaza. 

 

  1. Tengo un Grado de una rama, ¿puedo presentarme a cualquier especialidad?

 

El requisito general para acceder al Cuerpo de Secundaria y otros cuerpos de cualquier especialidad es Grado más Master de Secundaria, sin especificar la especialidad del Grado. Será posteriormente el baremo el que te asigne la plaza. Existen algunas titulaciones equivalentes a efectos de docencia, que vienen contempladas en la convocatoria.

 

  1. Trabajo en una Comunidad, pero quiero optar a varias, ¿dónde tengo que registrar la instancia?

 

La instancia hay que registrarla en la Comunidad que has elegido en primera opción dentro de tu solicitud. Es necesario que esta Comunidad oferte plazas de la especialidad y cuerpo que solicitas. Será esta Comunidad quien te bareme y por tanto a quien tienes que presentar toda la documentación justificativa. En dicha instancia puedes solicitar todas las Comunidades que desees en orden de prioridad que estén dentro del acuerdo centralizado. Las que están fuera de dicho acuerdo tienen convocatorias e instancias propias, así como plazos diferentes. 

 

 

  1. Quiero optar a varias Comunidades, ¿tengo que enviar mi baremo a todas ellas o una Comunidad se lo manda a otras?

 

La instancia se registra en la Comunidad que has elegido en primer lugar con plazas convocadas a las que optas. Es esta Comunidad quien te barema con toda la documentación justificativa que se especifica en la convocatoria. Una vez baremado, esta Comunidad Autónoma envía al Ministerio el baremo por especialidades de las solicitudes que han tramitado. El Ministerio recibe de todas las CC.AA. y vuelca en una única lista centralizada todos los aspirantes por baremo. Así, tiene todas las vacantes y aspirantes y procede a la adjudicación de manera centralizada. Recordamos que esto es válido solamente para las Comunidades que se han adscrito al acuerdo (todas menos Cataluña, Galicia, País Vasco y Canarias).

 

  1. He trabajado en la Comunidad donde voy a registrar mi instancia, ¿hace falta la hoja de servicios? ¿y la experiencia que tengo de otras Comunidades?

La experiencia docente se justifica de la manera siguiente:

  • El tiempo de servicio en la Comunidad que se registra es de oficio.
  • El tiempo de servicio en otras Comunidades tiene que justificarse con hojas de servicio que se entregan en la Comunidad de registro.
     
  1. Estoy en lista de interinos, ¿es obligatorio participar o me penalizará no hacerlo? ¿Este procedimiento modificará o creará listas de interinidades?

El proceso es voluntario y no está ligado a las listas de interinidades de las Comunidades Autónomas. Tampoco creará ni afectará a las listas ya disponibles.

 

  1. Soy interino/a de larga duración. Si no apruebo estos procesos estabilización, ¿puedo seguir trabajando como interino/a o me expulsan de la lista y/o bolsa?

 

Los procesos estabilizan todas las plazas vacantes disponibles para dar las máximas oportunidades posibles. Pero las listas seguirán regulándose en las Comunidades Autónomas con la normativa aprobada adjudicándose las plazas de interino de la misma manera. La ley castiga a las administraciones a compensar a los interinos de larga duración que por mor de este proceso se quedaran sin plaza o sin trabajar. Para solicitar esta posible compensación, la ley obliga a participar en todos los procesos de estabilización.

 

  1. Quiero participar en el turno de discapacidad, ¿tengo que participar también en las libres? ¿Si en una Comunidad no hay plazas del turno de discapacidad, puedo participar en el turno libre? ¿Tengo que hacer dos instancias, una por el libre y otra por el de discapacidad?

 

Solo se puede participar por un turno. Así, en las Comunidades en las que hay plazas del turno de discapacidad, debes participar en ese turno a sabiendas que también te bareman en el turno libre y optar a las plazas de dicho turno. En aquellas Comunidades que no existen plazas de tu especialidad por el turno de discapacidad puedes participar por el turno libre. Pero en todo caso, se debe entregar una instancia por especialidad.

 

  1. Si apruebo en una Comunidad Autónoma, ¿a qué plaza voy?

 

Este procedimiento es para la adquisición de la condición de funcionario de carrera adscrito a una administración educativa concreta. Una vez adquirida la plaza, esta administración educativa abre un proceso para adjudicar una plaza provisional para un curso y posteriormente el nuevo funcionario de carrera tiene que participar en el Concurso General de Traslados para conseguir su primer destino definitivo en esa Comunidad o ciudad Autónoma. La normativa del Concurso General de Traslados obliga a estar dos cursos en el destino y a partir de ahí puedes participar en todos los Concursos Generales de Traslados de ámbito autonómico o nacional.

 

  1. Si participo en este procedimiento centralizado, ¿puedo participar en los concursos-oposición o son incompatibles?

 

Este procedimiento es voluntario y compatible con cualquier otro procedimiento. Puedes participar posteriormente a los demás procesos en caso de no obtener plaza en este.

 

  1. Quiero participar en una Comunidad Autónoma pero mi fase de oposición aprobada es de otra, ¿me cuenta? ¿dónde tengo que solicitarla?

 

El baremo puntúa con 2,5 puntos por superar la fase de oposición en cualquier Comunidad Autónoma. Vale lo mismo. Se solicita en la Comunidad o delegación provincial donde se realizó dicha oposición.

 

  1. Si tengo dos o más titulaciones universitarias habilitantes, ¿puedo poner el que más nota tengo como el título que se alega como requisito para el baremo de formación académica?

 

Los tribunales de baremación suelen disponer el primero cronológicamente como el que te da acceso a las listas de interinidad y a las plazas como tal. Las demás titulaciones se consideran como méritos posteriores.

 

  1. Tengo una Ingeniería Técnica y posteriormente tengo un Grado en otra especialidad, ¿qué expediente académico me tendrán en cuenta?

 

La convocatoria al respecto es clara: solo se computará la nota media de aquellas titulaciones declaradas equivalentes cuando el aspirante alegue las mismas para el ingreso y no aporte la titulación exigida con carácter general. Por tanto, en este caso se tendría en cuenta el Grado como requisito para el acceso, que es la que marca la convocatoria como general.

 

  1. Tengo un certificado B2, ¿cuenta? Tengo también un C1 de la Escuela Oficial de Idiomas y reconocido ese nivel por una entidad acreditada, ¿cuentan los dos?

 

Los únicos certificados de idiomas que cuentan son los de nivel avanzado, que equivalen a los niveles C1 y C2. Los títulos de idiomas de este nivel de la EOI computan en el apartado 2.4.2.

En el apartado 2.5 cuentan los certificados C1 y C2 de entidades acreditadas. Sin embargo, no contarán en este caso los ya reconocidos del mimo idioma en el apartado de EOI.

 

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