Una sentencia anula la instrucción de APLU que obligaba a los subinspectores a ejercer funciones ajenas a sus competencias legales

12 de abril de 2023

-CSIF celebra la sentencia que da la razón a varias trabajadoras/es, a los que ha apoyado durante todo el proceso judicial
-CSIF ha llevado la sentencia al pleno de la Xunta de Persoal de Funcionarios de A Coruña celebrado hoy

 La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) celebra la sentencia ganada por varias trabajadoras de la Axencia de Protección da Legalidade Urbanística (APLU) que reconoce la improcedencia de una “Instrucción aclaratoria sobre distribución de funciones” emitida por APLU en 2007, que obligaba a estas trabajadoras/es e realizar trabajos ajenos a sus puestos como subinspectoras.

El personal afectado por esta Instrucción decidió presentar la demanda toda vez que la Administración rechazó el recurso interpuesto contra esta norma, que les exigía la visita de inspección para el levantamiento de edificaciones y su informe correspondiente con los siguientes datos: descripción de los servicios urbanísticos y acometidas, soluciones públicas o privadas y fotografías; descripción morfológica de las obras; descripción y medición de las unidades de obra y valoración aproximada del coste de las obras.

Lss trabajadores, tal y como recoge ahora la sentencia, aseguran que ninguna de estas funciones se encuentran entre las atribuidas a este Servicio, de ahí que decidieran poner el caso en manos de los tribunales, por lo que consideraban un abuso de poder por parte de APLU y vulneración de los derechos y deberes acordes a sus puestos.

En este sentido, la sentencia determina que “ninguna de estas funciones se encuentra entre las atribuidas al Servicio Provincial en el artículo 5 del Decreto 53/2008, ni entre las que se le puedan atribuír en función de su competencia (…) No se encuentra, por tanto, entre las funciones que corresponde realizar a los subinspectores urbanísticos, adscritos los Servicios provinciales en la RPT, tal y como se indica en la instrucción impugnada”.

CSIF valora positivamente el sentido de la sentencia, que demuestra, además, la inconsistencia de argumentos como los esgrimidos por APLU, como “que las instrucciones, al igual que la circulares, no son suscpetibles de impugnación juridisdiccional directa”.

La Central Sindical ha presentado la sentencia hoy mismo en el pleno de la Xunta de Personal de Funcionarios de  A Coruña.

 

 

COMPARTIR