Una sentencia condena a Ferrovial, ante una demanda de CSIF, a reconocer la antigüedad desde 2006 de una trabajadora del servicio de limpieza del Lucus Augusti

20 de marzo de 2023

•CSIF defendió a la empleada e interpuso demanda ante la negativa de Ferrovial de respetar las mismas condiciones laborales de la trabajadora al subrogar su relación laboral cuando asumió la concesión del servicio de limpieza del Hospital

•El fallo del Juzgado obliga a Ferrovial a regularizar la nómina, pagar los atrasos y asumir las costas

•CSIF valora muy positivamente este fallo, sobre todo en un momento de incertidumbre para muchos trabajadores ante el anuncio de trasladar su domicilio fiscal a Países Bajos

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) acaba de ganar una sentencia contra  Ferrovial Servicios S.A, responsable de la limpieza del Hospital Lucus Augusti (Lugo), por la que deberá reconocer la antigüedad desde 2006 de una de las trabajadoras, regularizando sus nóminas y abonando los atrasos correspondientes.

La demandante, afiliada al CSIF, presta servicios como limpiadora en el Hospital dependiente del SERGAS de Lugo desde 2006; centro que, desde aquel momento hasta ahora, ha adjudicado el servicio de limpieza a  distintas empresas, que han ido subrogando la relación laboral de la trabajadora, pero estando obligadas a respetar “sus condiciones de conformidad con el artículo 44 de la ET”, tal y como recoge la sentencia.

Una vez adjudicado el servicio a  Ferrovial por parte del Hospital Lucus Augusti, la entidad subrogó la relación laboral de la trabajadora sin reconocer íntegramente la antigüedad acumulada, de ahí  la demanda, toda que vez que Ferrovial se negó a personarse en el acto previo de conciliación.

Celebrado el juicio, el Juzgado de lo Social nº4 de Lugo ha fallado a favor de la trabajadora, al resultar acreditado su trabajo como limpiadora desde 2006 para las distintas entidades adjudicatarias del servicio de limpieza del Hospital, y en virtud de distintos contratos temporales.

La sentencia es firme y en virtud de la misma Ferrovial deberá abonar los atrasos: 362,16 euros, regularizar la nómina y asumir las costas del juicio, 600 euros de conformidad con lo establecido en el artículo 66.3 del LRJS.

CSIF valora muy positivamente esta sentencia por lo que supone de reconocimiento y respeto a los derechos legítimos de los/las trabajadores, en un momento, además, de incertidumbre para muchos otros empleados de Ferrovial, tras su anuncio de trasladar su domicilio fiscal a los Países Bajos. 

 

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