CSIF logra una nueva sentencia a favor de la conciliación de la vida laboral y familiar de una trabajadora

5 de abril de 2022

La Central Sindical gana un juicio contra Paradores de Turismo, que debe reconocer la reducción de jornada a una trabajadora del Parador de Monforte, e indemnizarla con 1.500 euros por daños morales

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) Galicia ha logrado una nueva sentencia a favor de la conciliación de la vida laboral y familiar de una trabajadora, en este caso de la empresa Paradores de Turismo, que reclamaba la reducción de jornada para el cuidado de su hijo menor.

La sentencia reconoce el derecho de la demandante, que trabaja en el Parador de Monforte (Lugo), a modificar su horario, tal y como había reclamado la mujer, y acudir a su puesto en jornada de 10.00 a 17.00 h, jornada que, de hecho, ya estaba realizando desde que finalizó los permisos de maternidad y de lactancia, pero sólo de domingo a jueves, obligándole la empresa a trabajar de 11.00 a 18.00 los viernes y lo sábados.

A través del CSIF, la trabajadora ha interpuesto demanda para que se le reconozca la jornada de 10.00 a 17.00 de forma permanente, ante la negativa de la empresa, que ni acreditó las razones de la negativa a la medida solicitada ni cumplió con el procedimiento exigido por ley en estos casos, que obliga a iniciar un proceso de negociación con la trabajadora y a presentar una propuesta alternativa, dado el caso.

Estos incumplimientos por parte de la empresa y el Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho a la reducción de la jornada a quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años, han propiciado la sentencia a favor de la trabajadora, que acreditó, además, las razones que legitimaban su petición y que prevalecen sobre la potestad organizativa empresarial, al tener un hijo menor de 12 años y no tener a nadie que lo pueda atender en esa hora, siendo necesario contratar a una persona para poder atenderlo.

La sentencia es firme y obliga también a Paradores de Turismo a indemnizar a la trabajadora con 1.500 euros en concepto de indemnización por los daños morales causados durante el tiempo en el que le ha sido denegada la reducción y la dilación en la resolución de la misma.

COMPARTIR