La Justicia avala a CSIF en su crítica a CCOO y UGT y afirma que “es conveniente”

2 de noviembre de 2022

-La sentencia recuerda que las libertades de expresión y sindical ejercidas por CSIF, asumiendo la defensa de los funcionarios, prevalecen sobre el derecho al honor de los dos sindicatos de clase.
-La Audiencia de A Coruña estima el recurso presentado por CSIF a una sentencia que, en primera instancia, daba la razón a CCOO y UGT y rechaza que se haya vulnerado el derecho al honor de estos sindicatos por criticar su connivencia con la Xunta.
-El fallo recoge que las críticas dirigidas a la forma de subvencionar a CCOO y UGT por la participación en la mesa de Diálogo Social no “sólo son permisibles, sino convenientes en una sociedad democrática”.

La Audiencia Provincial de A Coruña, en sentencia dictada en fecha 10 de octubre de 2022, estima en su integridad el recurso presentado por la Central Sindical Independientes y de Funcionarios (CSIF) contra la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado nº 2 de Santiago de Compostela, que condenaba a CSIF por un presunto atentado contra el honor de CCOO y UGT por una publicación realizada en el boletín interno de la Central Sindical “Herald Toupeiras” el pasado 29 de enero de 2021.

En dicha publicación, bajo el título CCOO y UGT conocían y ocultaron la intención del PP de imponer la movilidad forzosa, CSIF criticaba, tanto la actuación de la Xunta como la de los sindicatos demandantes, así como el funcionamiento de la Mesa de Diálogo Social de Galicia. Mesa en la que, junto con la Xunta, únicamente participan por la parte sindical CCOO y UGT y que está dotada con una cuantiosa cantidad económica a modo de “subvención”.

La contundente sentencia de la Audiencia desautoriza en su totalidad a la del Juzgado nº 2 de Santiago de Compostela, reconoce el legítimo derecho de CSIF a ejercer su libertad de expresión y libertad sindical y enmarca las críticas vertidas en el “Herald Toupeiras” en el contexto de “enfrentamiento sindical”.

El fallo recuerda que la jurisprudencia admite la prevalencia de la libertad de expresión respecto del derecho de honor “en contextos de contienda política o en los supuestos de tensión o conflicto laboral, sindical, deportivo o procesal”.

CSIF, «en su condición de entidad sindical, asume la defensa de los derechos de los funcionarios».

En este sentido, recuerda que las acusaciones vertidas sobre CCOO y UGT respecto a la posición de estos dos sindicatos de ocultar la intención de la Xunta de regular la movilidad forzosa de los funcionarios, se enmarcan en un “conflicto existente con la Administración autonómica” y “aparecen directamente orientadas a criticar la falta de diálogo sobe estas medidas y la actuación de los sindicatos demandantes (CCOO y UGT) en una cuestión con trascendencia pública”. Además, afirma la sentencia, que CSIF, en su “condición de entidad sindical, asume la defensa de los derechos de los funcionarios afectados por la medida”.

Además, afirma la Audiencia de A Coruña, el texto publicado por CSIF “trata un tema sensible que afecta e interesa a los funcionarios públicos, como es el de la movilidad forzosa. Decir en un boletín interno de la organización sindical, que las demandantes (CCOO y UGT) han negociado u ocultado la intención del PP de imponer la movilidad forzosa o que se vende a los trabajadores no constituye una intromisión ilegítima en el derecho al honor de aquellas porque tales expresiones no revisten gravedad, se enmarcan en el debate sindical entre personas de carácter público y están amparadas por las libertades de expresión y sindical”.

Las críticas dirigidas a la forma de subvencionar a CCOO y UGT por la participación en la mesa de Diálogo Social no “sólo son permisibles, sino convenientes en una sociedad democrática

No menos tajante es la Audiencia cuando asevera que “De la lectura íntegra del artículo publicado –origen de la demanda- se desprende que las críticas del sindicato demandado (CSIF) se dirigen, en gran medida, a la Xunta y al funcionamiento de la mesa de diálogo social, así como a la forma de subvencionar la participación en ellalo cual no sólo es permisible, sino conveniente en una sociedad democrática caracterizada por las notas de pluralismo, tolerancia y espíritu de apertura”.

 

 

 

Valoración de CSIF:

CSIF valora de manera muy positiva la sentencia de la Audiencia Provincial, que viene a poner coto a los reiterados intentos por silenciar el espíritu crítico del Herald Toupeiras, al tiempo que reconoce la legitimidad de este sindicato para denunciar tanto las políticas de nuestros gobernantes, cuando perjudican a los trabajadores, como la connivencia de determinados agentes sociales.

A su vez, la Audiencia pone el acento en la conveniencia de denunciar el funcionamiento de la llamada “Mesa del Diálogo Social”, así como la forma de subvencionar la participación de CCOO y UGT en la misma, lo cual debería de servir de llamada de atención al gobierno.

La libertad de expresión y la libertad sindical, cuando se ejerce en defensa de los trabajadores, prevalecen sobre un mal entendido derecho al honor, por muy incisiva que sea esta crítica.

Desde CSIF nos ratificamos en nuestro compromiso de continuar ejerciendo nuestra acción sindical desde la absoluta libertad e independencia, manteniendo como único objetivo la defensa de los derechos de los empleados públicos por encima de cualquier otro.

COMPARTIR