Nota informativa sobre las alegaciones presentadas al baremo de méritos

19 de julio de 2022

Con el objetivo fundamental de que la reducción de la temporalidad que persigue la ley 20/21 se realice en base a la estabilización del empleo de los trabajadores temporales e interinos de la Xunta de Galicia, CSIF ha presentado las correspondientes alegaciones al baremo propuesto por la Dirección Xeral de Función Pública (DXFP), siempre intentando dar seguridad jurídica a los procesos y agilizar su resolución. A modo de resumen, resaltamos las cuestiones más relevantes de nuestras alegaciones:

Procesos selectivos por Concurso de Méritos

Presentamos, bajo la misma estructura, dos baremos distintos. Uno de aplicación con carácter general, y otro con pequeñas modificaciones respecto al principal para adaptarlo a las especificidades del Servicio de Prevención de Incendios Forestales en base a la existencia de normativa propia en relación al decreto de contrataciones temporales. El siguiente gráfico muestra la estructura del baremo general y sus distintos “ítems” valorables.

 

 

 

 

 

 

De los 100 puntos totales, CSIF propone que 80 puntos puedan ser alcanzables a través de la acreditación de méritos profesionales, de los cuales un máximo de 70 se corresponderían con los servicios prestados en la escala o categoría objeto de la convocatoria, para lo que proponemos prácticamente el doble de puntuación frente a otras comunidades autónomas y el cuádruple frente al resto de administraciones (con el doble objetivo de respetar la jurisprudencia existente y discriminar positivamente al personal temporal e interino de la Xunta y sus entes), y 10 puntos se adjudicarían en base al régimen de acceso, bien sea por el decreto de listas (actual o anteriores), por ostentar la condición de indefinido no fijo, o por haber accedido al empleo en la Xunta a través de procesos selectivos para personal temporal. En todos los casos, el máximo de años computables sería de 24 años.

El resto de puntos, hasta 20, se adjudicarían en orden a “otros méritos”, entre los cuales estarían los cursos de formaciónreduciendo de 1.500 a 500 las horas necesarias para alcanzar el tope de puntuación por este concepto, con la propuesta de inclusión, entre otros, de los cursos impartidos por las consellerías, universidades, SEPE, Dirección Xeral de Orientación e Promoción Laboral, y la Escola Galega de Administración Sanitaria.

En este apartado de “otros méritos”, donde además de la formación, se recoge puntuación específica por gallego, otras titulaciones, superación de ejercicios de procesos selectivos y medidas de conciliación, se pueden conseguir los 20 puntos por diferentes vías, dado que el total de “ítems” sumaría 35,5, facilitando de esta manera que el mayor número de aspirantes pueda alcanzar el tope de puntuación por este apartado.

Baremo para plazas del Servicio de Prevención de Incendios Forestales (SPIF)

Dado que el decreto de listas 37/2006 contempla desde el año 2007 la puntuación por servicios prestados en Concellos en la misma categoría y funciones, desde CSIF proponemos que, como excepción al baremo general, en este ámbito se incluyan, al mismo nivel que la Xunta y Seaga, los servicios prestados ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia en el período de vigencia de los convenios anuales de colaboración suscritos con la Consellería de Medio Rural para la extinción de incendios forestales en la campaña de alto riesgo de incendios.

Igualmente, proponemos que el acceso al empleo a través de las listas de contratación, o por la superación de pruebas para acceso a plazas de carácter temporal del SPIF, se valore con 20 puntos, y ello en base a la necesaria superación de pruebas físicas o visuales.

En aplicación de ambas premisas, se propone que, en el caso del SPIF, los 80 puntos alcanzables por méritos profesionales se dividan en 60-20, correspondiendo un máximo de 60 por servicios en la misma categoría objeto de la convocatoria, a razón de 0,20 por mes trabajado en la Xunta, Seaga o ayuntamientos, 0,10 en otras comunidades autónomas y 0,05 en el resto. Los otros 20 puntos se otorgarían por el llamamiento a través de listas, por declaración de indefinido no fijo, o por acceso con prueba para plazas de personal temporal.

La estructura y puntuaciones del apartado de “otros méritos” (20 puntos), se mantendría invariable respecto al baremo general.

Procesos selectivos por Concurso-Oposición

Respecto al baremo de estos procesos, desde CSIF proponemos una estructura similar a la de los procesos por concurso de méritos, adaptando las diferentes puntuaciones al 60-40 (fase de oposición-fase de concurso) que determina la ley, con la propuesta expresa de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios.

** Adjuntamos documento con la nota informativa

 

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