Convocatoria de Ayudas para participación en actividades de formación del profesorado.

  • Convocatorias
  • Formación
  • Otra formación
  • Normativa
  • Otra normativa
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Catedráticos Enseñanza Secundaria
  • Funcionario
  • Funcionario en prácticas
  • Inspectores de Enseñanza
  • Interino
  • Maestros
  • Profesores de Religión
  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

9 de junio de 2021

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado. 

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, de convocatoria de ayudas de la Modalidad A para la participación en actividades de formación del profesorado. Plazo hasta el 31 de agosto. 

Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, de convocatoria de ayudas de la Modalidad B para la participación en actividades de formación del profesorado. Plazo hasta 30 de junio (15 días hábiles).

Acceso al Anexo I editable

  1. a finalidad de estas ayudas es atender a los gastos ocasionados por la matriculación y/o adquisición de material didáctico con ocasión de la participación del profesorado beneficiario en actividades de formación permanente de interés educativo.
  2. Podrán solicitarlas:
    1. Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura en niveles previos a la Universidad.
    2. Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en los servicios educativos, como: Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Centros de Profesores y de Recursos, Servicios de Inspección de Educación y Servicios Centrales dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
    3. Quedan excluidos de estas ayudas los profesores que, durante el periodo de realización de la actividad, han sido beneficiarios de licencias por estudios total o parcialmente retribuidas.

Las personas solicitantes no podrán ser beneficiarias de más de una ayuda.

  1. Para solicitarlas será requisito imprescindible:
    1. Para la modalidad “A” se concederá por la participación en actividades de formación cuya realización finalice en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, debiendo estar ésta concluida en el momento que se presente la solicitud, con derecho a la certificación de la misma.
    2. Para la modalidad “B”, realizar la actividad para la que solicita la ayuda en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022.
    3. No haber disfrutado durante la anterior convocatoria de ayudas, de una beca o ayuda económica para la realización de una actividad de formación del profesorado o, habiéndola recibido, ésta no superase la cantidad de 100 euros.
  2. Los conceptos subvencionables serán:
    1. Gastos de inscripción o matrícula.
    2. Gastos de material didáctico necesarios para la realización de la actividad formativa. En este sentido, se considerarán material didáctico necesario, los manuales, ya sean en formato papel o electrónico, que contengan los contenidos necesarios para el correcto seguimiento de la actividad formativa, siempre que sean obligada o recomendada su adquisición por la entidad formadora.

COMPARTIR