Convocatoria de Ayudas para participación en actividades de formación del profesorado.
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9 de junio de 2021

Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado.
► Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, de convocatoria de ayudas de la Modalidad A para la participación en actividades de formación del profesorado. Plazo hasta el 31 de agosto.
► Extracto de la Resolución de 18 de mayo de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, de convocatoria de ayudas de la Modalidad B para la participación en actividades de formación del profesorado. Plazo hasta 30 de junio (15 días hábiles).
- a finalidad de estas ayudas es atender a los gastos ocasionados por la matriculación y/o adquisición de material didáctico con ocasión de la participación del profesorado beneficiario en actividades de formación permanente de interés educativo.
- Podrán solicitarlas:
- Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura en niveles previos a la Universidad.
- Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en los servicios educativos, como: Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Centros de Profesores y de Recursos, Servicios de Inspección de Educación y Servicios Centrales dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.
- Quedan excluidos de estas ayudas los profesores que, durante el periodo de realización de la actividad, han sido beneficiarios de licencias por estudios total o parcialmente retribuidas.
Las personas solicitantes no podrán ser beneficiarias de más de una ayuda.
- Para solicitarlas será requisito imprescindible:
- Para la modalidad “A” se concederá por la participación en actividades de formación cuya realización finalice en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, debiendo estar ésta concluida en el momento que se presente la solicitud, con derecho a la certificación de la misma.
- Para la modalidad “B”, realizar la actividad para la que solicita la ayuda en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022.
- No haber disfrutado durante la anterior convocatoria de ayudas, de una beca o ayuda económica para la realización de una actividad de formación del profesorado o, habiéndola recibido, ésta no superase la cantidad de 100 euros.
- Los conceptos subvencionables serán:
- Gastos de inscripción o matrícula.
- Gastos de material didáctico necesarios para la realización de la actividad formativa. En este sentido, se considerarán material didáctico necesario, los manuales, ya sean en formato papel o electrónico, que contengan los contenidos necesarios para el correcto seguimiento de la actividad formativa, siempre que sean obligada o recomendada su adquisición por la entidad formadora.