OPOSICIONEX2023. BAREMO DEFINITIVO.

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  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

19 de julio de 2023

Recurso de alzada: Desde el 20/07/23 a las 00:00 hasta el19/08/23 a las 23:59

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace público el baremo definitivo de méritos en el procedimiento selectivo para ingreso por el sistema concurso-oposición, para los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores de Música y Artes Escénicas.

► Se entienden resueltas, tras la publicación de la puntuación definitiva, las subsanaciones de documentación realizadas, así como las reclamaciones formuladas contra la valoración provisional de méritos.

► Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución ante la Dirección General de Personal Docente

 LISTADOS

 ACCESOS 1 y 2:

 Cuerpo 590 Profesores de Enseñanza Secundaria

 Cuerpo 592 Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas

 Cuerpo 594 Profesores de Música y Artes Escénicas

 Cuerpo 598 Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional

 ACCESOS 3 y 4:

 Cuerpo 590 Profesores de Enseñanza Secundaria

  Recurso de alzada

  • Plazo: Desde el 20/07/23 a las 00:00 hasta el19/08/23 a las 23:59
  • Modelo de recurso: Enlace al modelo  
  • Deberá dirigirse a la Delegación Provincial de Educación correspondiente a la provincia donde ha realizado el proceso selectivo, según se determina en el Anexo II de la Resolución de Convocatoria:

  • - Delegación Provincial de Educación de Badajoz: Avda. de Europa, 2. 06004 Badajoz.

  • - Delegación Provincial de Educación de Cáceres: Avda. Clara Campoamor, 2. 10001 Cáceres.

  • Una vez firmado, se presentará en cualquiera de las Oficinas de Registro indicadas a continuación:

  • • En las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en la Resolución vigente por la que se hace pública la relación de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • • Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificada.

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