RESUMEN MESA SECTORIAL 05/07/2023: Instrucciones FP presencial, semipresencial y teleformación 2023/24
- Negociaciones y acuerdos
- Normativa
- Otra normativa
- Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
- Catedráticos Enseñanza Secundaria
- Funcionario
- Funcionario en prácticas
- Inspectores de Enseñanza
- Interino
- Maestros
- Profesores de Religión
- Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial
5 de julio de 2023
INSTRUCCIONES POR LA QUE SE DICTAN NORMAS SOBRE FP PRESENCIAL, FP SEMIPRESENCIAL Y TELEFORMACIÓN EN LÍNEA Y ADULTOS.

RESUMEN DE LA MESA SECTORIAL DE PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO (5/07/2023)
ASISTENTES: Directora General de Personal Docente, Director General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, Jefe de Servicio Formación Profesional Reglada, Jefe de Servicio de Enseñanzas de Personas Adultas y a Distancia, Asesora Jurídica de la Dirección General de Personal Docente, Secretario de la mesa sectorial, CSIF y otros sindicatos docentes.
Antes de dar comienzo el orden del día la DGPD traslada una serie de cuestiones:
Por parte de la SGE, comunica lo siguiente:
- En septiembre se publicará la Resolución por la que se modifica la plantilla orgánica para el curso 23/24 del profesorado del Cuerpo, a extinguir y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
- Sigue en estudio las alegaciones a la plantilla funcional.
La DGPD comunica que:
- Todos los recursos presentados al proceso de estabilización serán atendidos, no se producirá silencio administrativo.
- Se ha pedido un estudio jurídico respecto a aquellas personas que han sido estabilizadas en diferentes cuerpos. Hasta que los servicios jurídicos no dicten resolución deberán atenerse a los establecido en la Convocatoria.
ORDEN DEL DÍA:
PUNTO UNO: Información sobre las actas pendientes de aprobación en la Mesa Sectorial del 26 de junio de 2023.
Quedan aprobadas las actas del día 9 y 11 de mayo.
PUNTO DOS: INSTRUCCIÓN nº xxx/2023, de xxx, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se regula la impartición de ciclos formativos y cursos de especialización de Formación Profesional en régimen a distancia, en las modalidades semipresencial y teleformación en línea, así como en régimen modular parcial on-line en los Centros Docentes Públicos de Extremadura para el curso 2023/2024.
- Texto borrador.
- Texto aportación CSIF.
- Asimismo, el alumnado de los ciclos formativos podrá matricularse del número de módulos que deseen de entre los que componen los distintos cursos del ciclo formativo, excepto del módulo de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, del módulo de Proyecto, de los que se matricularán en el régimen presencial, cuando reúnan los requisitos establecidos para ello.
- Asimismo, el alumnado de los ciclos formativos podrá matricularse del número de módulos que deseen de entre los que componen los distintos cursos del ciclo formativo, excepto del módulo de Formación en Centros de Trabajo y, en su caso, del módulo de Proyecto, de los que se matricularán en el régimen presencial, en el centro público donde cursaron las enseñanzas en régimen presencial en el mismo centro donde han cursado las enseñanzas de modalidad a distancia, si existen las mismas enseñanzas en modalidad presencial, en caso contrario en otro centro educativo.
Respuesta de la Administración:
No aceptada.
- Petición de mejoras en la plataforma AVANZ@.
- Solicitamos configurar la plataforma, para que calcule de manera correcta las notas medias entre los exámenes presenciales (parcial febrero y parcial junio, en su caso) y las tareas presenciales y las on-line; de tal manera que, si una de las dos partes está suspensa, que no salga la nota global aprobada. Esta medida la han propuesto algunos departamentos a la inspección educativa en los cursos anteriores, aunque no se ha subsanado.
Respuesta de la Administración:
Queda pendiente su estudio.
- De conformidad el artículo 19 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, y la base decimoctava de la Resolución de 13 de octubre de 2022, son irrenunciables.
El cese en el destino de procedencia tendrá lugar el día 31 de agosto de 2023 y la toma de posesión del nuevo destino el día 1 de septiembre de 2023.
No obstante, el profesorado que haya obtenido destino en este concurso deberá permanecer en sus centros de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para la finalización del curso.
Solicitamos que quede aclarado en las Instrucciones para que las evaluaciones de septiembre no recaigan en el departamento del centro de origen.
Respuesta de la Administración:
El profesor antes de marcharse el 30 de junio debe dejar los exámenes y su corrector en el Departamento.
- Solicitamos una mejor aclaración sobre la promoción y titulación del alumnado y que configuren la plataforma Rayuela para que una vez publicadas las notas salga directamente el resultado de la promoción (si promociona o no).
Respuesta de la Administración:
Queda pendiente su estudio.
- Solicitamos dotar al profesorado de medios técnicos adecuados. Que doten a los docentes de los medios y equipos informáticos adecuados y que no deba recaer en el presupuesto familiar los gastos de equipos ni del desarrollo de la labor docente (Ordenadores adecuados).
Respuesta de la Administración:
Todos los cursos se manda una partida de gastos de funcionamiento.
- Solicitamos una formación previa al alumnado sobre el uso de la plataforma. Cada año nos encontramos a alumnos que llegado el segundo o tercer trimestre aún no tienen dominio de la plataforma avanza. Sugerimos que se les dé unas nociones previas de la misma por videoconferencia al inicio del curso escolar” y un videotutorial dentro de la Plataforma en “Información general” y que esté visible desde el inicio de curso para que el alumno cuando entre la primera vez pueda recurrir a él para entender mejor el uso de la misma.
Respuesta de la Administración:
La empresa tiene tutores externos y el centro puede solicitar una charla informativa si lo desea.
PUNTO TRES: INSTRUCCIÓN nº xxx/2023 de xxx, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, sobre programas no formales, actuaciones en el aprendizaje a lo largo de la vida y otros programas para personas adultas en el curso 2023/2024.
APORTACIONES DE CSIF:
- Texto borrador.
- Texto aportación CSIF.
- No obstante, lo establecido en el apartado anterior, y en consonancia con lo dispuesto
en el artículo 67.1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá acceder
a estas enseñanzas los mayores de dieciséis años en el que concurran circunstancias
excepcionales, debidamente acreditadas, que les impidan asistir al centro educativo en
el régimen ordinario. Dichas circunstancias podrán ser enfermedades graves físicas o
psíquicas médicamente acreditadas, embarazos, víctimas de acoso escolar, víctimas de violencia de género, violencia por homofobia, lesbofobia, bifobia o transfobia, por discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género,
hallarse incurso en causas o procesos judiciales, y a quienes no hubieran estado
escolarizados en el sistema educativo y/o quienes estuvieran bajo otras circunstancias.
Estas situaciones deben ser informadas, valoradas y acreditadas, a través de informe de
la Inspección Provincial.
- No obstante, lo establecido en el apartado anterior, y en consonancia con lo dispuesto en el artículo 67.1 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrá acceder a estas enseñanzas los mayores de dieciséis años en el que concurran circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas, que les impidan asistir al centro educativo en el régimen ordinario. Dichas circunstancias podrán ser enfermedades graves físicas o psíquicas médicamente acreditadas, embarazos, víctimas de acoso escolar, víctimas de violencia de género, violencia por homofobia, lesbofobia, bifobia o transfobia, por discriminación por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género, hallarse incurso en causas o procesos judiciales, y a quienes no hubieran estado
escolarizados en el sistema educativo y/o quienes estuvieran bajo otras circunstancias.
Estas situaciones deben ser informadas, valoradas y acreditadas, a través de informe dela Inspección Provincial.
Respuesta de la Administración:
PUNTO CUATRO: INSTRUCCIÓN nº xxx/2023, de xx de julio de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo por la que se dictan normas para su aplicación en los Centros Docentes que imparten Formación Profesional en el Sistema Educativo en régimen presencial durante el curso académico 2023/2024.
APORTACIONES DE CSIF:
- Texto borrador.
- Texto aportación CSIF.
- Solicitamos que en los centros en los que se imparta formación en la modalidad a distancia y online de misma familia profesional, se procurará que exista un reparto equitativo de los módulos profesionales con carga horaria online entre todos los miembros de la familia profesional, evitando que haya docentes sin carga lectiva presencial, sin perjuicio de lo establecido en el apartado III.3 de Instrucciones de la Dirección General de Política Educativa de 27 de Junio de 2006, por las que se concretan las normas de carácter general a las que deben adecuar su organización y funcionamiento los Institutos de Educación Secundaria y los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria de Extremadura, así como las Instrucciones de Inicio de Curso 2022/2023.
Respuesta de la Administración:
No se acepta. Hay autonomía por parte de los equipos directivos.
- Solicitamos informen a los centros con un tiempo de antelación antes de publicar las Instrucciones, ya que seguidamente comienza el plazo de matriculación no habiendo tiempo suficiente para publicitarlos debidamente.
Respuesta de la Administración:
Mediante una circular se les informará a los centros de su publicación.
- Solicitamos que los Certificados de Profesionalidad sean ofertados además de en junio en septiembre.
Respuesta de la Administración:
Aceptada.
- Solicitamos que el profesorado que imparte módulos de FP Dual tendrá una reducción de 2 periodos lectivos.
Respuesta de la Administración:
Queda pendiente de indicaciones por parte del SGE.
- Para el Módulo Profesional Proyecto solicitamos, con carácter general, a cada profesor que imparte 2º curso de ciclos formativos LOE se le tendrá en cuenta 1 hora lectiva semanal
Respuesta de la Administración:
No se acepta.
- Para el Módulo profesional de proyecto, solicitamos: para el seguimiento tutorial de los estudiantes: por cada 3 estudiantes tutelados se le tendrá en cuenta 1 hora lectiva semanal.
Respuesta de la Administración:
No se acepta.
CSIF EDUCACIÓN EXTREMADURA