Convocatoria para realización de estancias formativas en empresas para profesorado de FP.

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  • Profesores de Secundaria FP y Enseñanzas de Régimen Especial

29 de marzo de 2023

RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, para el profesorado de Formación Profesional Específica de la Consejería de Educación y Empleo.


► El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación


Las estancias formativas podrán realizarse entre el 1 de julio y el 31de diciembre de 2023 y el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 31 de marzo y el 24 de abril de 2023.

Acceso al documento íntegro publicado en el DOE.

Acceso a anexos editables.


La finalidad que se persigue con esta modalidad formativa es fomentar la cooperación entre los centros educativos y su entorno productivo, facilitando la relación del profesorado de FP Específica con el mundo empresarial, así como potenciar la aplicación, en el centro educativo, de los conocimientos y técnicas adquiridas por el profesorado al integrarse en los diferentes procesos productivos, entre otras.

Podrán solicitar la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, el profesorado de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y Técnicos de Formación Profesional Específica que, en el momento de realizar la estancia formativa, imparta enseñanza de Formación Profesional en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, o trabaje en servicios educativos como Equipos de Orientación Educativa, Equipos de Educación para Adultos, Centros de Profesores y de Recursos, Unidades de Programas Educativos, Inspección de Educación, así como en los servicios educativos de la Consejería de Educación y Empleo.

Durante el tiempo que dure la estancia formativa en la empresa, el profesorado participante deberá estar en situación administrativa de servicio activo en las condiciones descritas en el punto anterior. El cese en el puesto de trabajo como docente supondrá la suspensión de la estancia formativa en la empresa. La Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, podrá recabar información de la Dirección General con competencia en personal docente sobre la situación administrativa del profesorado participante.

El profesorado interesado presentará un proyecto de trabajo para llevar a cabo durante la estancia de formación en la empresa o institución, que deberá ser aprobado por la empresa o institución donde se propone desarrollar la actividad de formación.

Las estancias tendrán una duración mínima de 30 horas y máxima de 100 horas y su desarrollo podrá coincidir con el periodo de actividad profesional del profesorado participante, siempre que las actividades docentes y otras programadas en el centro educativo no se vean afectadas.

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