MESA SECTORIAL 10/10/2022. Resumen y otras cuestiones.

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10 de octubre de 2022

Incluye:
* Concurso General de Traslados
* Modificación del calendario escolar 2022/2023

* Accede al resumen en PDF

Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de carácter extraordinario, celebrada el 10 de octubre de 2022. En ella, asisten el Secretario General de Educación, Directora General de Personal Docente y Jefe de Servicio de Administración, Registro y Régimen Jurídico de Personal Docente. Representantes de CSIF y del resto de las organizaciones sindicales.

Punto uno: Resolución de xx de xxxx de 2022 de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.

CONSIDERACIONES PREVIAS SOBRE EL CGT.

El CGT se realizará de manera coordinada con el resto de CCAA manteniendo los plazos previstos. En todas ellas se dará cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo 1081/2022 por la que se marca jurisprudencia que afecta directamente al Real Decreto del CGT, donde debe reconocerse el tiempo trabajado como personal funcionario interino.

Para ello, se modificará el RD que regula el Concurso de Traslados Docentes -cuyo trámite se dilatará en el tiempo- pero ya se ha realizado el cambio en la Orden Marco por la que se establecen las ordenes procedimentales del CGT.

Las fechas para solicitar el CGT será del 17 de octubre al 7 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

 

APORTACIONES CSIF.

APORTACIÓN 1: 10.1.6. Funcionario en prácticas.

En CSIF, consideramos necesario una aclaración que figure en la convocatoria en el sentido siguiente:

Dentro de la adjudicación de oficio de destino para este colectivo, tendrá preferencia la solicitud voluntaria de un centro que se adjudicará al interesado, si un funcionario con mayor puntuación no la ha solicitado.

Respuesta de la Administración: No se acepta. El orden de prelación ya viene determinado en la convocatoria y no es necesaria la inclusión.

APORTACIÓN 2: 10.3.2 Para el personal funcionario del Cuerpo de maestros, no procederá la adjudicación de oficio a plazas de carácter:

Incluir todas las plazas pertenecientes a los CRA, ya que al igual que en las peticiones de interinos, que son consideradas voluntarias, estas plazas son semejantes a las de carácter itinerante. Se debe seguir el mismo criterio.

Respuesta de la Administración: No se acepta. El hecho de aceptar esta aportación generaría inestabilidad en las plantillas de estos centros.

APORTACIÓN 3: 11.1.2 A los efectos de la presente resolución, tendrá la consideración de modificación de la plaza o puesto la transformación de la misma de ordinaria a itinerante o a la inversa. Asimismo, no se considera modificación o transformación de la plaza los cambios en el ámbito de itinerancia.

Modificar este subapartado ya que consideramos que modificar el ámbito de itinerancia modifica, sustancialmente, la plaza que se eligió en primer momento.

Respuesta de la Administración: Se estudiará para próximas convocatorias.

APORTACIÓN 4: 13.6. A título meramente informativo, sin perjuicio de las modificaciones que pudieran realizarse en la planificación educativa del curso siguiente, los ámbitos de itinerancia actuales son los recogidos en el anexo XI.

CSIF SOLICITA que se incluyan dentro de los ámbitos de itinerancia todas las vacantes pertenecientes a todos los CRA, ya que todos los docentes deben desplazarse para las diversas reuniones de coordinación, al igual que en los llamamientos de interinos son consideradas voluntarias.

Respuesta de la Administración: Se estudiará para próximas convocatorias.

APORTACIÓN 5: Decimoséptima. - Resolución provisional.  17.4

CSIF SOLICITA que se establezca la posibilidad de quitar centros en el plazo de renuncia/reclamación, ya que pueden producirse cambios importantes en la vida de los participantes en los seis meses del proceso desde que se solicitan. Creemos que es factible con los sistemas informáticos que tenemos actualmente y no serían muchos los casos, pero sí evitaríamos que, por circunstancias especiales, se vieran obligados a la renuncia total a la participación.

Respuesta de la Administración: Permitir estos cambios generaría numerosas consecuencias colaterales y no se acepta.

APORTACIÓN 6: 18.3. En el supuesto de que por la presente convocatoria se provean vacantes o resultas inexistentes o si como consecuencia de la interposición de recursos en vía administrativa o contencioso administrativa se anulasen las adjudicaciones de puestos, al personal funcionario afectado se le considerará pendiente de destino provisional como consecuencia de resolución de recurso o cumplimiento de sentencia….

 

CSIF SOLICITA que a los afectados por errores de la administración en la adjudicación de plazas NO se les considere “pendientes de destino provisional”. Deben asimilarse al suprimido.

El año pasado se nos dijo: “Será valorada por parte de la administración con el objeto de equiparar las figuras del colectivo de suprimidos ·en el cuerpo de maestros- y el colectivo de docentes con pérdida de destino por sentencia judicial -en el resto de cuerpos-, unificándolas en una sola para todos los cuerpos docentes”.

Respuesta de la Administración: Están a la espera de la respuesta por parte de los servicios jurídicos.

  • Otras cuestiones:

Habilitaciones de maestros: Se deben publicar la adquisición de nuevas especialidades de maestros convocada en junio y julio de este año, para que tenga efecto en este Cgt y puedan beneficiarse los maestros que las solicitaron.

Respuesta de la Administración: Se publicaron el viernes 7 de octubre, tras el envío de estas aportaciones.

Respecto al Anexo I del baremo:

APORTACIÓN 7: CSIF SOLICITA la anulación de la disposición complementaria del apartado 3.1.2 (titulación Oficial de Master) en lo referente a que no se puntuará el Máster para el acceso a la Función Pública cualquiera que sea el cuerpo. Desde CSIF, entendemos que en aquellos casos que no sea requisito para el acceso a la función pública (como en el cuerpo de Maestros), es un master oficial y, por lo tanto, puntuable en dicho apartado.

 

Respuesta de la Administración: En el cuerpo de maestro ya se computa al ser un mérito y no un requisito.

APORTACIÓN 8: CSIF SOLICITA que, en el ap. 4.3, se incluya la coordinación del Plan de igualdad y la Coordinación de Bienestar.

Respuesta de la Administración La norma ministerial no permite tener en cuenta cargos que tengan carácter coyuntural y que no sean unánimes en todas las comunidades autónomas. Por ello, en la presente convocatoria únicamente se valorará la Coordinación ITED que reemplaza a la anterior Coordinación TIC.

No obstante, se planteará en el concurso de traslados de carácter autonómico.

APORTACIÓN 9: Nos parece insuficiente la puntuación que se obtiene por la participación en Proyectos de innovación, ya que suponen mucho esfuerzo y dedicación. Concretamente, nos referimos al subapartado (6.2), que se puntúa cicateramente a 0,08 puntos según el borrador y en Comunidades como Andalucía a 0,2 el participante y 0,5 el coordinador. 

En la mesa sectorial del año pasado se dijo por parte del Secretario General que ese curso no podía modificarse al ser autonómico y no afectar a los participantes, pero se dijo que lo valorarían para este curso 22-23, y creemos de vital importancia aumentar esa puntuación para no verse perjudicados los extremeños con respecto al resto de CCAA.

Respuesta de la Administración: Se ha equiparado las puntuaciones a las de los terceros premios, pasando su puntuación a valer esto:

 

Apartado 6.2. Proyectos de investigación y de innovación

INTERNACIONALES

0,6

NACIONALES

0,5

AUTONÓMICOS

0,10

 

IMPORTANTE: Aquellos que no tengan el máximo de puntuación conseguido en este apartado deberán solicitar la nueva baremación para que se tengan en cuentan las puntuaciones de este año. Lo que no esté incorporado de oficio habrá que aportarlo.

Punto dos: Resolución de xx de xxxx de 2022, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.

CSIF solicita que se pongan en juego todas las plazas orgánicas no ocupadas por funcionarios de carrera en ambas provincias sin perjuicio de que los inspectores accidentales actuales queden a disposición de la administración mientras se resuelve el concurso oposición convocado.

Respuesta de la Administración: Las únicas plazas que no entran en el Concurso de Traslados del Cuerpo de Inspectores son aquellas que están ocupadas por personal que se encuentra en Comisión de Servicio en otra Administración Educativa y aquellas que suplen a las personas que ocupan cargos en la Unidad de Inspección.

Punto tres: Resolución de xx de xxxx de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se modifica la Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2022/2023.

APORTACIÓN 1: Solicitamos que los días 29, 30 y 31 de mayo – que ya no son lectivos para las EOI- puedan ser utilizados por estos centros para realizar las pruebas de evaluación en aquellos niveles que no certifican.

Respuesta de la Administración: Estudiarán esta posibilidad en aquellas EOI que así se lo soliciten porque puedan tener problemas organizativos.

APORTACIÓN 2: Desde CSIF reivindicamos que si finalmente el día 20 de marzo de 2023 pasa a ser lectivo el fin de todas las actividades lectivas debe ser un día antes del establecido en el punto primero, para que así se cumpla lo informado por el secretario general en la mesa sectorial de 3 de junio de 2022 y los docentes tengan los mismos días lectivos que en aquella ocasión se nos informó que tendrían.

Ya se aumentaron los días lectivos pasando de 175, que eran los años anteriores, a 176, y sería injusto que ahora sumaran un día más.

Respuesta de la Administración: No se va a modificar la fecha de finalización del curso escolar puesto que hay localidades en las que se incumplirían los 175 días lectivos que marca la ley al tener dos festivos locales que coinciden en días lectivos. De esta manera, el curso quedaría en 176 días lectivos para la mayoría de los centros.

No obstante, la Administración se compromete a consensuar un calendario equilibrado de cara al próximo curso escolar de manera que todas las localidades tengan el mismo número de días lectivos, independientemente de cuándo sean sus festividades locales.

* La evaluación extraordinaria queda pendiente de confirmar. Precisan aclarar jurídicamente si el día de entrega de calificaciones ya cuenta para poder realizar las correspondientes revisiones.

CSIF EDUCACIÓN EXTREMADURA

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