MESA SECTORIAL OPOSICIONEX MAESTROS 2022 (01/02/2022). Resumen

  • Empleo
  • Oposiciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Interino

1 de febrero de 2022

Publicación de convocatoria a mediados de febrero.

RESUMEN CSIF PROCESO DE OPOSICION 2022 segun RD 276/2007.

RESUMEN CSIF BAREMO DE INTERINIDADES 2022 según Decreto interinos 51/2019.

Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario, de carácter extraordinario, del martes, 1 de febrero de 2022

Asistentes: Ana Martin (Directora General de Personal Docente), David Rodríguez, Rosendo Espinosa, Jaime Amaya, Abel García y Jesús Folgoso, la secretaria de la mesa y representantes de CSIF y el resto de sindicatos docentes.

ORDEN DEL DÍA:

Punto uno: Convocatoria de oposiciones 2022.

APORTACIONES DE CSIF al borrador de oposiciones 2022. En verde las aclaraciones o modificaciones que se solicitan.

CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO 2022

APORTACIÓN Nª 1

5.2.2.- Formas y lugares de presentación de la solicitud. (Página 18)

En la parte final de cada párrafo se indica que habrá que presentar el “justificante de pago de la tasa” en el primero, y en los dos últimos indica el “documento o carta de pago de la tasa”.

Creemos que debería unificarse ambos criterios.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: se acepta, queda como justificante de pago.

APORTACIÓN Nª 2

C) Tipología 3. (Página 23 y 24)

En el último párrafo se indica:

En cuanto a la documentación, aportarán los méritos contenidos en el

Anexo VII y en el anexo XI.

Debe añadirse también el anexo XI (para los que son de nuevo ingreso)

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta

APORTACIÓN Nª 3

5.7.2. Aspirantes que ingresen por primera vez en las listas ordinarias y para nueva valoración de méritos. (Página 25)

Aspirantes que ingresen por primera vez en las listas ordinarias y para nueva valoración de méritos, de aquellos que ya formen parte de las listas ordinarias.

Añadir al final de la frase” (…) de aquellos que ya formen parte de las listas ordinarias. Puede entenderse que la nueva valoración de méritos es solo para los aspirantes que ingresen por primera vez.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta

APORTACIÓN Nª 4

5.8. Documentos exigibles adicionalmente solo para aquellos aspirantes que se integren por primera vez en las listas. (Pág. 26)

Se de eliminar la tipología número 2 puesto que ya están en listas ordinarias.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta, ya que hay una especialidad que no se convoca (Francés)

APORTACIÓN Nª 5

BASE X. COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS DE SELECCIÓN. (Página 32 y 33)

10.1.- Composición de los tribunales.

Tras el párrafo: “Para cada tribunal se designará, por igual procedimiento, un tribunal suplente”. se debe indicar como se designan los tribunales, seleccionando en primer lugar todos los miembros de tribunales titulares y a continuación los tribunales suplentes.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta. En la presente convocatoria se recoge la forma básica de regularlo y la configuración completa aparecerá en las resoluciones de tribunales. No obstante, nos aclaran que primero se constituirán los tribunales titulares y a continuación los suplentes.

APORTACIÓN Nª 6

BASE XVI.  FUNCIONES DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN. (Pág. 40)

f) La agregación de las puntuaciones correspondientes a las distintas fases del concurso a las adjudicadas en la fase de oposición, la ordenación de Las personas seleccionadas y la elaboración de las listas de aspirantes que hayan superado las dos fases.

No queda claro a qué se refiere, imaginamos que, a las personas seleccionadas, pero el párrafo no se entiende bien. 

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta y se modifica el párrafo.

APORTACIÓN Nª 7

BASE XXXI. ACTO DE PRESENTACIÓN. (Pág. 47)

Quienes no asistan a dicho llamamiento tendrán la condición de “no presentada/o”, suponiendo la exclusión del procedimiento selectivo de ingreso y acceso.

Incluir en este acto de presentación “salvo motivo de fuerza mayor apreciado por la comisión de Selección. En estos casos la persona interesada deberá comunicar al tribunal esta circunstancia en el plazo de 24h y deberá acreditarlo documentalmente en el plazo de 48h”, igual que está contemplado en la BASE XXXV para los llamamientos de aspirantes para realizar las pruebas.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta.

APORTACIÓN Nª 8

BASE XXXVII. APLAZAMIENTO DE PRUEBAS POR MOTIVO DE ESTADO DE GESTACIÓN. (Pág. 49)

CSIF solicita que se incluya en este apartado a aquellas personas que no pudieran asistir a la realización del examen por estar contagiada del virus Covid19, en situación de aislamiento obligatorio determinado por parte del servicio de salud.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se aceptan ya que el embarazo es el único motivo de discriminación por sexo. Sin embargo, aquellas personas que se encuentren en aislamiento por causa de la Covid-19 no tendrán penalización si no se presentan al acto de presentación y no se les expulsará de la lista.

APORTACIÓN Nª 9

BASE XLVI. RECLAMACIONES, REVISIONES Y SOLICITUD DE COPIA DE LAS PRUEBAS. (Pág. 59)

Ateniéndonos a lo citado en la base XL, 40.3. donde especifica que “Durante las lecturas públicas, el desajuste siquiera mínimamente, entre el contenido desarrollado por escrito y la lectura del mismo, conllevará una calificación de 0. Con esta finalidad los tribunales podrán realizar la revisión del contenido escrito, así como utilizar todos los medios técnicos y dispositivos electrónicos que consideren necesarios”, si durante la lectura del tema se han utilizado medios técnicos para su grabado y existen discrepancia entre el criterio del tribunal y el del opositor, podrán ser utilizados en dicha revisión a fin de comprobar la veracidad de uno u otro criterio.

CSIF solicita que se incluya, en el caso de existir las pruebas recogidas mediante medios técnicos y dispositivos electrónicos para que se utilicen en la revisión de las pruebas.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta. Queda a criterio del tribunal, y el propio opositor pueda exigir su uso en la reclamación.

APORTACIÓN Nª 10

BASE L. CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO. (Página 63)

Finalizada la fase de oposición, las comisiones de baremación remitirán a las comisiones de selección la relación de los aspirantes que han superado dicha fase. Dichos aspirantes serán ordenados de mayor a menor puntuación, con aproximación de hasta diezmilésimas, y con indicación de su documento nacional de identidad o documento análogo para las personas extranjeras.

SOLICITAMOS que los listados que se envíen sean los de todos los participantes, para que, en el caso de posibles reclamaciones, aparezca ya publicado el baremo.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta y se modifica. Se incluye que se publicará el baremo de concurso de aquellas personas que hayan superado el proceso de oposición tras la reclamación correspondiente.

APORTACIÓN Nª 11

BASE LV. TOMA DE POSESIÓN (Pág. 71)

55.1- La toma de posesión del personal funcionario que deba comenzar en el inicio del curso escolar, se realizará con efectos del 1 de septiembre de 2022.

Anadir: funcionario en prácticas o funcionario de carrera que opte por incorporarse a la nueva especialidad adquirida.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta.

APORTACIÓN Nª 12

BASE LVI. FASE DE PRÁCTICAS (Pág. 73)

56.2.9. Actividades de inserción y formación.

Añadir: Estas actividades de inserción y formación prevalecerán frente a la realización de otras actividades que el funcionario deba desarrollar en el centro en el que esté prestando sus servicios.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta, pero se garantiza que si no hay otra opción prima la realización del curso.

APORTACIÓN Nª 13

ANEXO IV: SOLICITUD

SOLICITAMOS:

- Se habilite la opción de autoguardado en el sistema.

- Auto registro en la propia plataforma mediante claves rayuelas/tarjeta

coordenadas.

- Sustitución de la firma por la tarjeta de coordenadas/ sistema de validación

alternativo como claves Rayuela.

- Evitar periodos vacacionales para futuras convocatorias, como ocurrió con la

convocatoria de oposiciones de secundaria.

Desde CSIF, iniciamos una encuesta entre los participantes de la convocatoria de oposiciones de secundaria, para mejorar el sistema. Estas son las principales aportaciones que recogimos por parte de los interesados; y es por ello que creemos que deberían de tomarse en cuenta. Ya que son ellos los interesados y quisieron dejar constancia de sus aportaciones con la intención de mejorar futuros procesos.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se valorarán.

 

ANEXO V: Prueba 1A y Programación didáctica

 

APORTACIÓN Nª 14

SOLICITAMOS que en todas las especialidades se ofrezcan cuatro opciones en lugar de tres para realizar una. E insistimos que debe ser en todas las partes y ejercicios que conforme la prueba 1ª del proceso selectivo.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta, se queda en 3 supuestos a elegir 1, que serán diferentes y deberán estar contextualizadas para las dos horas.

APORTACIÓN Nª 15

IDIOMA EXTRANJERO: INGLES

La valoración será la media aritmética de las dos partes de la prueba… calificándose cada una de ellas de 0 a 10 puntos.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta, a criterio de los tribunales.

APORTACIÓN Nª 16

MÚSICA

Completar el párrafo:

La calificación será la media aritmética de los tres ejercicios, calificándose cada uno de ellos de 0 a 10 puntos.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta. Quedará a criterio de los tribunales.

APORTACIÓN Nª 17

PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA

Esta prueba será realizada por escrito, y posteriormente será leída ante el Tribunal. El Tribunal propondrá tres situaciones relevantes y habituales que pudieran presentarse en un centro educativo referentes al alumnado con necesidades educativas especiales para que la persona aspirante, a su elección, realice para una de ellas un planteamiento didáctico y proponga la intervención correspondiente aplicando los contenidos y métodos que permitan analizar, comprender y explicar las situaciones planteadas.

La duración de esta prueba será de dos horas.

          El uso del término alumnado con necesidad específica de apoyo educativo es sumamente ambiguo y abarca muchos campos. El maestro especialista en pedagogía terapéutica trabaja fundamentalmente con los alumnos con necesidades educativas especiales.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta. Los acneaes no son el único ámbito de trabajo de esta especialidad, puesto que tienen que demostrar destrezas que puedan desarrollar en otros campos.

 

ANEXO VII

BAREMO DE MÉRITOS PARA INGRESO POR EL TURNO LIBRE Y RESERVA DE

DISCAPACIDAD

APORTACIÓN Nª 18

2.1. Expediente académico en el título alegado.

Se debe indicar que la puntuación máxima será de 1.500 puntos.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta.

APORTACIÓN Nª 19

2.3 Otras titulaciones universitarias de carácter oficial.

Se obvian los títulos de Grado, y aunque no vengan especificados en el Real Decreto 276/2007, se debe indicar que puntuación le corresponde. Si equivalen a una Licenciatura completa (2 ciclos: 2 puntos) si se ha realizado sin convalidaciones. O si equivale al segundo ciclo de una Licenciatura (1 punto). Si no se incluye en el cuadro del baremo, si debe venir indicado en las disposiciones complementarias.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta. Se puntúa con un punto, como un ciclo.

APORTACIÓN Nª 20

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

I.- EXPERIENCIA DOCENTE PREVIA.

b) A los efectos de este apartado se tendrá en cuenta un máximo de diez años, cada uno de los cuales deberá ser valorado en uno solo de los subapartados.

Rectificar, ya que en el RD 276/2007 se indica que son un máximo de 5 años.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: se acepta

APORTACIÓN Nª 21

III.- OTROS MÉRITOS.

3.1. Formación Permanente.

Corregir la secuencia de letras, esta repetida la c.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta.

APORTACIÓN Nª 22

Añadir al párrafo:

b) Se valorarán los cursos, seminarios, jornadas, grupos de trabajo o proyectos realizados o impartidos como ponente. A estos efectos, se sumarán las horas de todas las actividades y por cada 10 horas se considerará 1 crédito.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: No se acepta.

 

ANEXO XI

Baremo de integración por primera vez en listas y valoración de méritos

 

APORTACIÓN Nª 23

2.- RESULTADO DE OPOSICIÓN. Hasta un máximo de 3 puntos.

En el párrafo: Nota media x 0,30 + 0,3 x nº de veces que se ha superado la fase de oposición (máximo 0,9) de los procesos selectivos para ingreso en ese cuerpo y especialidad.

SOLICITAMOS que la nota media a aplicar sea la nota media aritmética de todas las pruebas de la oposición, y no la puntuación final donde se han utilizado ponderaciones (parte 1A y 1B).

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se estudiará.

APORTACIÓN Nª 24

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:

3.2.- Otras titulaciones distintas de las requeridas para el acceso a la especialidad que se solicita.

3. Titulaciones de segundo ciclo: Se otorgarán 0,375 puntos por los estudios correspondientes al segundo ciclo de Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas o títulos declarados legalmente equivalentes. También se otorgará dicha puntuación a los estudios correspondientes a los títulos oficiales de Máster Universitario, regulados por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Añadir al final:  También se otorgará dicha puntuación a los Títulos de Grado.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta y se hace.

APORTACIÓN Nª 25

1. Cursos, seminarios, grupos de trabajo u otras actividades de formación realizadas.

- Por cursos, seminarios, grupos de trabajo u otras actividades de formación se otorgarán 0,02 puntos por cada 10 horas de curso. (A estos efectos, se sumarán las horas de todos los cursos que consten de 10 o más horas no puntuándose el resto del número de horas inferiores a 10.)

Suprimir la última parte, para que puedan ser utilizados las actividades de menos de 10 horas (últimamente se han realizado bastantes – PÍLDORAS FORMATIVAS) al igual que está en el anexo VII.

Y añadir el siguiente párrafo: A estos efectos, se sumarán las horas de todas las actividades y por cada 10 horas se considerará 1 crédito.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN:  Se estudiará.

APORTACIÓN Nª 26

En dos párrafos se incluye la siguiente frase: La persona interesada debe aportar el certificado acreditativo de la actividad aún en el caso de que la misma esté inscrita en el Registro de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿No debería ser de oficio? Y no aportar dichos certificados, ya que realmente el interesado no sabe cuáles son Las actividades formativas que no cumplan los requisitos para ser valorados en el apartado 3.3. ni cuáles son las que exceden del apartado 3.3.

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta

 

ANEXO XVI

Titulaciones que capacitan para impartir docencia en régimen de

interinidad en el Cuerpo de Maestros

 

APORTACIÓN Nª 27

En la especialidad 032 – Idioma Extranjero: inglés, hay un párrafo que indica lo siguiente:

b) Certificado de un nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de referencia de las lenguas en el idioma correspondiente, conforme el anexo….

Faltaría indicar el anexo, además dicho anexo no viene en la documentación enviada, nuestra pregunta es: ¿es el mismo anexo de la acreditación y habilitación lingüística?

RESPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN: Se acepta y es el mismo.

 

OTRAS CUESTIONES PLANTEADAS Y SOLICITADAS:

 

  1. Toda la oposición se desarrollará según lo establecido en el  RD 276/2007.
  2. Solicitamos que se publiquen los listados a aspirantes a tribunal numerados tal y como van a ser tenidos en cuenta para el sorteo público que se celebrará el jueves, 3 de febrero.
  3. ¿Para hacer ponderación de la primera prueba tienes que aprobar supuesto y tema?  Es necesario alcanzar un 25% en las dos partes, como queda recogido en RD 276/2007.
  4. Las programaciones tienen que atenerse a toda la normativa que esté vigente para el presente curso.
  5. Las penalizaciones que puedan ser aplicadas en la programación serán publicadas con anterioridad al proceso.
  6. En el Anexo V se incluirá que “El tiempo del que se dispondrá para la realización del ejercicio práctico será de dos horas salvo que la comisión de selección determine otra duración”.
  7. El baremo provisional de méritos se está planteando que salga antes que las notas de oposición, pero será una consulta individual.
  8. No hay que subir justificante de registro de la solicitud realizada. La dirección de envío de dicha solicitud viene indicada en la misma.
  9. Intentarán dar una mayor celeridad al pago de dietas a los miembros de los distintos tribunales, y no puede llevarse a cabo el anticipo de dichas dietas.
  10.  Todo lo relacionado con el protocolo COVID se publicará con tiempo suficiente antes del comienzo de las pruebas, en base a lo que establezca el Servicio de Salud y el Comité de Seguridad.
  11. La publicación de la convocatoria de oposiciones y de interinidades está prevista para mediados de febrero.

 

CSIF EDUCACIÓN EXTREMADURA

ARCHIVOS ADJUNTOS

GALERÍA

COMPARTIR