PROCEDIMENTO DE RENUNCIAS A PLAZAS UNA VEZ INICIADO CURSO ESCOLAR.

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17 de agosto de 2021

 

Orden de 2 de agosto de 2021 por la que se establece el procedimiento para la tramitación de las renuncias a las plazas o sustituciones, una vez iniciado el curso escolar, del personal interino de los cuerpos docentes no universitarios.

En cumplimiento a lo definido en la ORDEN de 2 de agosto de 2021 por la que se establece el procedimiento para la tramitación de las renuncias a las plazas o sustituciones, una vez iniciado el curso escolar, del personal interino de los cuerpos docentes no universitarios.

Una vez regulado el sistema de renuncias, tanto de carácter voluntario como basadas en situaciones de no disponibilidad, previas al llamamiento (dicha solicitud se realiza a través de pestaña habilitada en el propio sistema de llamamientos), se desarrolla normativamente la obligatoriedad de la toma de posesión de la plaza o vacante adjudicada, excepto en los casos previstos legalmente, así como las consecuencias jurídicas inherentes. Finalmente, se desarrollan las situaciones de renuncia a la plaza o sustitución que se esté desempeñando, así como se hace público el procedimiento para la tramitación de las renuncias tras adjudicación.

Estas RENUNCIAS y abandonos TRAS ADJUDICACIÓN se tramitarán exclusivamente a través del siguiente formulario de notificación de Renuncia a vacante tras adjudicación.

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