RESUMEN MESA SECTORIAL SOBRE INSTRUCCIONES FASE I DESESCALADA Y EVALUACIÓN REGÍMEN ESPECIAL

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13 de mayo de 2020

A la convocatoria de la Mesa Sectorial de Negociación de carácter extraordinaria, realizada de forma telemática han asistido:

Por parte de la Administración: El Secretario General de Educación, la Directora General de Personal Docente, el Inspector General de Inspección y  Evaluación, el Jefe de servicio de Salud y Riesgos Laborales  de centros educativos, el Jefe de servicio de Evaluación y Estadística, el Jefe de servicio de Ordenación Académica, y un funcionario que actúa de secretario de la Mesa.

Por parte de los sindicatos: CSIF y otros sindicatos docentes.

 

ORDEN DEL DÍA

1. Instrucción N.º 5/2020, de la  Secretaría General de Educación  referente a la organización, funcionamiento y aplicación de la Evaluación en las Enseñanzas de Régimen Especial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el curso académico 2019-2020 y previsiones para el curso 2020-2021.

2. Instrucción conjunta de 15 de mayo de 2020, de la Secretaría General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad en el Sistema Educativo.

      Comienza la Mesa haciendo el Secretario General de Educación (SGE) una presentación de quiénes van a formar parte de ella y tomando la palabra a continuación el Jefe de servicio de Ordenación Académica explicando el porqué de esta Instrucción.

 Esta Instrucción N.º 5/2020, de la  Secretaría General de Educación  referente a la organización, funcionamiento y aplicación de la Evaluación en las Enseñanzas de Régimen Especial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ante la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el curso académico 2019-2020 y previsiones para el curso 2020-2021  y una vez declarado el Estado de Alarma por el RD 463/2020, el Ministerio de Educación a través de la Conferencia Sectorial publicó una Orden el 22 de abril de 2020 por el que se establecía el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019/2020 y el inicio del 20/21 y posteriormente publicó otra Orden para adoptar medidas excepcionales en materia de flexibilización de enseñanzas  de Formación Profesional y enseñanzas de Régimen Especial. A partir de estos acuerdos y dado que esta normativa es básica para aquellas comunidades que firmaron este acuerdo, la Consejería publicó la Instrucción 4/2020, de 18 de abril de 2020, de la SGE, referente a la organización de las actividades lectivas no presenciales, la evaluación del aprendizaje del alumnado y otros aspectos de la organización y funcionamiento de los centros educativos y del sistema educativo en su conjunto, durante el tercer trimestre del curso 2019-2020 y previsiones para el curso 2020-2021 y en ella ya hacía referencia a este tipo de enseñanzas pero que esta Instrucción quiere concretar y puntualizar diferentes aspectos relativos a estas enseñanzas.

 

Tras esta intervención, CSIF como sindicato más representativo en la Mesa de Educación  indica que como viene siendo habitual, se suelen remitir con poco tiempo de trabajo los documentos por parte de la Administración y éste ha sido uno más. En este caso concreto, le solicitamos a la Administración que contacte con los especialistas de este tipo de enseñanzas dado que no son muchos. Estos especialistas tienen la preocupación de que la evolución de la pandemia no permita la realización de las pruebas previstas y la Administración debe tener previsto un plan alternativo por si no pueden celebrarse.

      

Tras esta intervención de CSIF, la Administración nos indica que está en continuo contacto con este tipo de centros y valorando diferentes alternativas en función de la evolución de la pandemia.

2. Instrucción conjunta de 15 de mayo de 2020, de la Secretaría General y de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación y Empleo para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del plan para la transición hacia una nueva normalidad en el Sistema Educativo.

En este punto del Orden del día interviene el SGE indicando que tras la publicación del pasado sábado de la Orden SND/399/2020, Extremadura se encuentra en la fase I del Plan para la transición hacia una nueva normalidad tras la declaración del Estado de Alarma y detalla los artículos que hacen referencia a Educación y a los centros educativos. La Administración ha elaborado una Instrucción conjunta que quiere que sea un documento de consenso y nos comunica que ya están trabajando en una segunda instrucción para cuando nuestra comunidad autónoma se encuentre en la fase II.

 

Tras esta intervención, CSIF como sindicato más representativo en la Mesa de Educación  indica que se ha remitido a la Consejería un documento conjunto de las 5 organizaciones sindicales que forman parte de la Mesa sectorial de Educación de Extremadura en la que indica que no debe procederse a la apertura de los centros educativos para el alumnado de cualquier ciclo y etapa hasta septiembre de 2020, habida cuenta del riesgo que supone y el poco tiempo que resta para la finalización del curso escolar 2019/2020. Por otro lado, rechazamos la presencia de docentes y miembros de equipos directivos en los centros educativos mientras no se establezca un protocolo específico de prevención de riesgos laborales y acceso a los centros educativos, tanto para docentes como personal no docente y ciudadanía en general, garantizándose a su vez la dotación de recursos E.P.I., en concordancia y gradación al trabajo a realizar,  para adoptar las medidas de seguridad y salud que a nuestro criterio no se cumplen a día de hoy, habida cuenta de la información que han recibido los centros educativos, que no disponen ni del material ni de la información sobre las medidas de seguridad necesarias para la preservación de la salud de profesores y alumnos y de la repercusión sobre el conjunto de la sociedad. Cuestiones que a nuestro entender deben ser proporcionadas por la administración educativa, tras su negociación con la parte social.

Como cuestión prioritaria en CSIF NO somos partidarios de que se abran los centros educativos, que ningún trabajador se incorpore a su puesto sin las debidas medidas de seguridad y los equipos necesarios proporcionados por la Consejería y los test previos y mucho menos para la incorporación de alumnos en estas últimas semanas de clase que ya se están realizando telemáticamente. Todo ello para evitar el retroceso que pueda generarse tras los esfuerzos de esta sociedad durante casi dos meses confinada para acabar con la pandemia.

Lo que no vamos a permitir desde CSIF como representantes de los trabajadores de los centros educativos es que peligre la salud de todos si no se garantizan estrictas medidas de seguridad. La prevención por excelencia es la distancia, que se ha materializado en estos duros momentos en el teletrabajo al que la comunidad educativa se ha adaptado superando muchas dificultades y con enorme esfuerzo de los docentes adaptando su programación, poniendo y adquiriendo sus propios medios y volcándose en la búsqueda y actualización de innumerables alternativas. Es injusto pedirles, una vez más, que replanteen de nuevo toda la actividad de estas últimas semanas del curso. Es evidente que no se puede atender telemáticamente a la vez que presencialmente y ahora los esfuerzos deben ir dirigidos para  empezar a negociar las condiciones laborales para el próximo curso.

En este borrador de Instrucción, no se hace referencia al alumnado ya que son instrucciones para la fase 1, pero cada vez se hace más necesario que se Planifique la educación en Extremadura teniendo en cuenta el escenario actual, sin apertura de centros en este último trimestre y con una urgente planificación del próximo curso con todas las medidas de prevención de la salud. Desde CSIF solicitamos a la Consejería que, dado que el Ministerio esquiva la negociación con los representantes de los trabajadores ya que aun habiéndoselo requerido, no nos convoca, traslade el sentir de sus trabajadores en la Conferencia Sectorial del próximo 14 de mayo.

Estas Instrucciones  sobrecargan una vez más la responsabilidad de los directores, de manera injusta para un colectivo que ha estado dando el cien por cien por el mantenimiento del sistema.

Los docentes están realizando su trabajo y se han adaptado con gran esfuerzo y medios propios, reprogramando este tercer trimestre. El teletrabajo es la mejor protección como medida preventiva y es lo que se está haciendo. No entendemos riesgos innecesarios.

Además exponemos las medidas de seguridad que deben contemplarse y que han sido remitidas al Comité de Seguridad y Salud de educación. https://www.csif.es/contenido/extremadura/educacion/296489

En estas medidas de seguridad desde CSIF planteamos que la edad límite para incorporación deben ser los 55 años, ya que se van acumulando determinadas patologías a partir de esta edad. Pero si no acceden a esta petición de CSIF, ¿va la administración a sustituir a los directores, equipos y a todos los docentes con 60 años o más? Le aseguramos que incluso en infantil, en muchísimas localidades este profesorado alcanza esa edad o diversas patologías de vulnerabilidad.

CUESTIONES CONCRETAS SOBRE EL TEXTO:

Preámbulo. Página 3. Se incorpore lo que figura en verde.

Partiendo de todo ello, se debe hacer todo lo posible, en este proceso gradual de desescalada, por minimizar la alteración que se ha producido en el desarrollo ordinario del curso escolar, especialmente en lo relativo al posible agravamiento de brechas de desigualdad preexistentes. Además, es importante procurar un final e inicio de curso ordenado, así como potenciar las actividades educativas dirigidas a la recuperación del aprendizaje que pudiera haberse perdido en el confinamiento, así como preparar los centros educativos con las medidas adecuadas para aumentar la seguridad sanitaria.

Cuarta. Reapertura de los centros educativos.

1.- Se procederá a la apertura de los centros educativos para su desinfección y acondicionamiento antes del día 18 de mayo de 2020, fecha en la que comenzarán la realización de funciones administrativas y todas aquellas que se establecen en la Instrucción Séptima. Será responsabilidad de los directores y directoras de los centros educativos determinar el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo las citadas tareas, sin perjuicio de la posibilidad de aplicar las orientaciones que a este respecto contiene la presente Instrucción.

 

Una vez más, aumento de las responsabilidades para los equipos directivos.

 

3.- Apartado

 

c) Se limitará al máximo posible el empleo de documentos en papel y su circulación.

Entonces qué sentido tiene abrir un centro cuando se limita el uso del papel y la propia Orden SND/399/2020 art 3 Fomento de los medios no presenciales de trabajo. Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.

 

e) Los centros educativos deberán proveer a sus trabajadores del material de protección necesario para la realización de sus funciones.

¿Sabemos algo de la compra generalizada que se ha realizado por la Consejería? Además, ¿se va a destinar una partida presupuestaria para tal fin? Les recordamos que el segundo pago de gastos de funcionamiento de los centros aún no se ha realizado por lo que éstos ya están en deuda con los proveedores (libros de texto…)

 

Quinta. Principios básicos y condiciones de reincorporación de personal.

1.- Sin perjuicio del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y de la normativa laboral, la dirección de los centros educativos deberá adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para el personal trabajador de dichos centros.

Más tareas para el equipo directivo.

 

5.- Se prestará especial atención a los empleados y empleadas con patologías clasificadas por las autoridades sanitarias como sensibles al COVID-19.

¿Qué tipo de atención? Pueden no incorporarse, reducción horaria,...

 

6.- Se atenderá y dotará de recursos especialmente al alumnado que pudiera estar sufriendo con mayor intensidad la brecha social y digital que la pandemia pudiera estar ocasionando.

 

Ya se ha dotado a estos alumnos de diverso material.

 

Séptima. Incorporación y actuaciones del Personal Docente. 7

 

1.- En esta etapa del proceso de desescalada, los centros comenzarán a prestar servicios y facilitar trámites de carácter administrativo como, entre otros, aquellos relacionados con el proceso de escolarización, firma de actas de juntas de evaluaciones o reuniones que se hubieran celebrado con anterioridad, admisión y matriculación del alumnado en la EBAU o cualquier otro trámite administrativo inherente al sistema educativo.

La sesión de evaluación del 2º trimestre se ha realizado de forma digital. La ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas en su art 23 no indica que este tipo de actas deben ser firmadas por los integrantes de la misma.

 

3.- Asimismo, durante esta fase también se permitirá el acceso escalonado y gradual a parte del alumnado, padres, madres o tutores y tutoras legales con el fin de retirar del centro el pertinente material educativo o de otro tipo necesario para continuar con sus actividades lectivas domiciliarias y que el personal del centro previamente habrá preparado para su entrega. Con el objeto de intentar disminuir en la medida de lo posible la brecha digital y social que la pandemia pudiera estar ocasionando, se prestará especial atención de forma prioritaria a la configuración y préstamo de equipos informáticos disponibles y operativos en los centros al alumnado susceptible de quedarse descolgado del proceso de enseñanza/aprendizaje por motivos tecnológicos.

Ya se ha hecho llegar a los alumnos material informático necesario.

 

Novena. Medidas preventivas a adoptar en los centros educativos y Equipos de Protección Individual

  1. Criterios prevalentes

 

b) Se facilitarán mascarillas quirúrgicas al personal referido en el apartado anterior que se vaya incorporando para su uso durante su permanencia en el interior de las instalaciones. Con independencia de que desde la Secretaría General se están realizando las gestiones necesarias para la adquisición y distribución de mascarillas en el marco general de la Consejería, hay que contar que tanto en esta fase inicial como en los momentos de plena actividad educativa, el centro también deberá asumir la adquisición y entrega de este material con cargo a su cuenta de gastos, conforme se vaya necesitando.

Pero si el segundo ingreso por gastos de funcionalmente aún no se ha ingresado, ¿de dónde lo van a pagar? Ningún centro debe abrir, pero según esto, los centros que no tengan liquidez para afrontar este gasto, no abren.

¿Qué ocurría si el equipo directivo compra un material que posteriormente se demuestra que no está homologado? ¿De quién sería la responsabilidad? No olvidemos que el propio Ministerio de Sanidad distribuyó material no homologado.

 

3.- Trabajo presencial.

 

Sólo en el supuesto del personal docente, administrativo y de soporte informático se conjugará el trabajo presencial con el teletrabajo

Teniendo en cuenta la incorporación parcial de determinados colectivos conforme a lo señalado en las medidas séptima y octava, las personas especialmente sensibles sólo serán movilizadas si no se dispone de ningún empleado de la misma especialidad o categoría para el trabajo a ejecutar y una vez que el Servicio de Salud y Riesgos Laborales de Centros Educativos haya emitido informe analizando su situación concreta

 

Los trabajadores no se pueden desdoblar y atender el trabajo presencial y el telemático que les competa.

 

4. Medidas extraordinarias de protección.

a) Aseos

 

Aunque dispongan de varios cubículos, dado que la distancia entre los mismos es reducida, deben utilizarse de forma individual. Para ello se colocarán en las puertas de acceso carteles de “ocupado/libre”. Se mantendrán dotados, en todo momento de jabón y toallas desechables para el secado de manos. Se instalarán cubos de pedal provistos de bolsas, que se desecharán, a su vez, dentro de otras bolsas.

 

Más material a proveer por los centros sin dotación presupuestaria

 

    Tras nuestra intervención, la Administración considera que los centros deben abrir con vista a la fase II y por lo tanto no ponen en riesgo la salud de los docentes con la apertura de los centros en la fase I. Además nos indica que hoy han ingresado la partida correspondiente al 70% de los gastos de funcionamiento de centros y que en aquellos centros que tienen menos recursos, desde los CPRs se les va a ir proporcionando mascarillas.

 

Os mantendremos informados,

 

CSIF, PRIMER SINDICATO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA EXTREMEÑA

 

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