Oferta Adicional para la Estabilización de Empleo Temporal

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6 de mayo de 2022

Hoy, 6 de mayo de 2022, hemos sido convocados por la Dirección General de Función Pública, a una reunión conjunta de la Mesa Sectorial de Administración General y de la Comisión Negociadora para el Personal Laboral, para tratar la Oferta Adicional para la Estabilización del empleo temporal de Personal Funcionario y Personal Laboral de conformidad con la Ley 20/2021, en los siguientes aspectos:

  • Cuantificación de las plazas incluidas en las convocatorias excepcionales previstas en el artículo 2.1 y disposiciones adicionales sexta y octava de la citada Ley 20/2021.
  • Segundo borrador del Acuerdo de desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Junta de Extremadura.

Esta Oferta Adicional deja sin efectos la Oferta Adicional de Estabilización de 18 de diciembre de 2019, siendo incluidas esas plazas en esta oferta adicional en los términos que indica la Ley 20/2021. Para la cuantificación de las plazas, la Administración ha especificado los términos del concepto de ocupación ininterrumpida, considerando un plazo no superior a tres meses entre un contrato y otro, dentro de la misma plaza, dando lugar al siguiente número de plazas:

PLAZAS DE NATURALEZA FUNCIONARIAL

 

CONCURSO DE MÉRITOS (Disp. Adicionales sexta y octava)

CONCURSO – OPOSICIÓN    (Art. 2.1 de la Ley 20/2021)

CUERPO TITULADOS SUPERIORES

270

25

CUERPO TÉCNICO

426

31

CUERPO ADMINISTRATIVO

113

22

CUERPO AUXILIAR

256

47

SUBALTERNO

31

5

TOTAL

1096

130

 

PLAZAS DE NATURALEZA LABORAL

CONCURSO DE MÉRITOS (Disp. Adicionales sexta y octava)

CONCURSO – OPOSICIÓN    (Art. 2.1 de la Ley 20/2021)

1650

317

CSIF ha solicitado el desglose por Categorías / Especialidades, pero la Administración nos informa que estos datos serán públicos en las respectivas convocatorias.

Volvemos a poner de manifiesto que la finalidad principal es bajar la tasa de temporalidad al 8%, y el número de plazas es insuficiente.

CSIF exige seguridad jurídica en los procesos, más la garantía de que se lleven a cabo concursos de traslados y la Promoción Interna de los Empleados Públicos tal como establece la Ley 20/2021.

En referencia al borrador del Acuerdo presentado por la Administración, CSIF ha vuelto a manifestar que no es fruto de la negociación con esta Central Sindical, sino que parte de la Ley 20/2021 de reducción de la temporalidad, cuyo seno de negociación ha tenido lugar en el Congreso de los Diputados. Por lo que no estamos de acuerdo en diversos aspectos del mismo.

Se han tratado los sistemas de selección, de los que CSIF ha incidido en la agilidad de los mismos, comenzando con las plazas que van sólo a concurso de méritos. Respecto a la puntuación, ha habido diversidad de porcentajes tanto por la Administración como por el resto de Centrales Sindicales, excepto CSIF que ha solicitado que la Administración establezca dentro del concurso de méritos, la puntuación máxima que la ley permita, para que los Empleados Públicos de la Junta de Extremadura puedan consolidarse, y bajar la temporalidad.

 A su vez, CSIF ha reiterado su petición de que en el proceso de las plazas que van a concurso – oposición, la fase de oposición esté formada por un único examen, y no tenga carácter eliminatorio.

           

CUADRO RESUMEN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS DEL BORRADOR PROPUESTO POR LA ADMINISTRACIÓN

 

PLAZAS OCUPADAS DE FORMA TEMPORAL ININTERRUMPIDAMENTE EN LOS 3 AÑOS ANTERIORES A 31 DE DICIEMBRE DE 2020.

 

SISTEMA DE SELECCIÓN: Concurso (40%) – Oposición (60%). Art. 2.1 de la Ley 20/2021

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

Puntuación máxima: 20 puntos.

Oposición: 60% de la puntuación total. Carácter eliminatorio, deberá superarse para acceder a la fase de concurso.

Puntuación máxima: 12 puntos.

Méritos: 40% de la puntuación total.

Puntuación máxima: 8 puntos.

Méritos profesionales (máximo 6 puntos):

  • Servicios prestados en la Junta de Extremadura: 3,6 puntos, a razón de 0,06 por cada mes o fracción (60% / 5 años).
  • Servicios prestados en otras AAPP: 2,4 puntos, a razón de 0,04 por mes o fracción (40%/ 5 años).

Otros méritos: por ejercicio aprobado en las tres últimas convocatorias: 0,34, hasta un máximo de 2 puntos (25%).

De no existir convocatoria no será de aplicación, incrementándose el 25% a Servicios prestados en la Junta de Extremadura.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLAZAS OCUPADAS DE FORMA TEMPORAL ININTERRUMPIDAMENTE ANTES DEL 1 DE ENERO DE 2016.

 

SISTEMA DE SELECCIÓN: Concurso de méritos. (Disp. Adicionales sexta y octava)

 

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

Puntuación máxima: 20 puntos.

Méritos profesionales - 12 puntos (60%):

  • Servicios prestados en la Junta de Extremadura: 8,4 puntos, a razón de 0,07 por mes o fracción (70%/ 10 años).
  • Servicios prestados en la Junta de Extremadura en otros Cuerpos o Escalas: 2,4 puntos, a razón de 0,02 por mes o fracción (20%).
  • Servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 1,2 puntos, a razón de 0,01 por mes o fracción (10%).

Méritos académicos y otros méritos - 8 puntos (40%):

  • Titulaciones académicas de nivel igual o superior distintas a la requerida:  máximo 2 puntos (25%).
  • Por ejercicios aprobados en las tres últimas convocatorias: 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos (75%).

De no existir convocatoria no será de aplicación, incrementándose el 25% a Servicios prestados en la Junta de Extremadura.

 

 

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