El Real Decreto Ley 16/2020 de 8 de abril sobre medidas de la Justicia se tramitará como proyecto de ley

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13 de mayo de 2020

CSIF presentará propuestas de enmiendas al texto durante la tramitación del proyecto de ley

Este RDLey, que seguirá por el trámite de urgencia, ha servido de paraguas para la Orden 394/2020 de 8 de marzo en el que el Ministerio de Justicia fijó las fases de desescalada y la entrada en Fase 1 en la Administración de Justicia al margen de criterios sanitarios.

 

Este Real Decreto Ley, que se impuso sin negociación alguna, incluye cuatro medidas organizativas a las que CSIF se opuso por diferentes razones: habilidad del mes de agosto, turno de tarde, atención telefónica y telemática y movilidad forzosa dentro del mismo orden jurisdiccional.  Además, incluye la prórroga de la “vacatio legis” de la Ley 20/2011 del Registro civil.

 

Los “males de la Justicia” no se van a resolver en tres meses. Para CSIF no es el momento de los grandes proyectos sino de las medidas concretas para intentar asumir el incremento de carga de trabajo de forma ordenada y en el plazo más corto posible.  CSIF advierte que las medidas concretas a corto plazo para hacer frente al COVID 19 y las medidas a medio y largo plazo para acometer la modernización de la Justicia de carácter tecnológico, incremento de recursos humanos, mejora de medios materiales y medidas de carácter organizativo deben contar con un respaldo presupuestario real y suficiente.

 

En este sentido, CSIF propondrá una batería de enmiendas al texto legal a corto plazo como las siguientes:

 

  • Debe eliminarse la posibilidad de movilidad forzosa que en el Real Decreto Ley se establece dentro del mismo orden jurisdiccional. En cambio, se deben dotar todas las vacantes y bajas existentes con activando las bolsas de interinos y fomentar mecanismos de movilidad voluntaria a través de comisiones de servicio y/o sustituciones verticales.

 

  • En materia de Registro civil además de la prórroga de la “vacatio legis” deberían introducirse las modificaciones necesarias para atribuir el Registro civil al personal de Justicia (Letrados y Cuerpos generales) de una vez por todas y pasar a la siguiente página del proceso de modernización de este servicio público.

 

  • En cuanto al turno de tarde debe eliminarse esta denominación y considerar medidas de flexibilización horaria que permitan cumplir con las medidas de distancia mínima y, a la vez, facilitar la conciliación familiar y laboral del personal con hijos menores y con mayores dependientes a su cargo mientras dure el cierre de colegios y centros de día.  Asimismo, debe garantizarse su carácter voluntario en la elección de las franjas horarias sin excepción para cumplir con lo establecido en el artículo 500.3 de la LOPJ en relación con el turno de tarde.

 

  • La atención telefónica y telemática debe concretarse bien en servicios especializados; bien reduciendo las franjas horarias de consulta. Se debe garantizar la protección de datos contenidos en los procedimientos, controles de identificación del solicitante y establecer límites de las consultas para evitar las continuas interrupciones en la tramitación de los procedimientos.  

 

  • En relación con la habilidad del mes de agosto, dado el debate suscitado por parte de los Colegios profesionales podría eliminarse también del texto y, en caso de mantenerlo, se debería garantizar el derecho de conciliación de los funcionarios/as de Justicia.

 

  • Debe garantizarse, en todo momento, un plan de desescalada en Justicia ajustado al plan de desescalada general.

 

 

  • medidas vinculantes de salud laboral y provisión efectiva de equipos colectivos e individuales de protección para todo el personal de Justicia como para el público y profesionales (mascarillas, mamparas, guantes, geles, toallas de papel, control de aforos, ventilación de sedes, restricciones de acceso y circulación, medidas especiales para Médicos Forenses y personal del INTCF, personal que realiza diligencias fuera de las sedes judiciales, salas de vistas o manejo de expedientes en papel, piezas de convicción etc…)

 

Para CSIF el Ministerio de Justicia debe contemplar medidas concretas que permitan afrontar el reto post COVID 19 en la Administración de Justicia.

 

A corto plazo y frente a la crisis del COVID 19, CSIF propone:

 

  • planes de actuación por objetivos medibles de reducción de pendencia con prolongaciones de jornada voluntarias, negociadas e incentivadas para empezar a reactivar de forma ordenada los procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma.

 

  • dotación efectiva e inmediata de todas las plazas vacantes y de las bajas activando las bolsas de interinos como alternativas a la movilidad forzosa.  

 

  • oferta de puestos de trabajo en comisión de servicios voluntarias en los casos en los que haga falta reforzar algún órgano como alternativa a la movilidad forzosa.

 

  • nombramiento de nuevos refuerzos de personal en aquéllas jurisdicciones y órganos especializados en los que se prevea mayor carga de trabajo cuando empiece la avalancha de asuntos originados por el COVID 19.

 

  • Creación de servicios de apoyo para agilizar señalamientos y luego las ejecuciones

 

  • establecimiento de un verdadero sistema de teletrabajo, transparente en sus condiciones laborales, con equipos propios de la Administración de Justicia y programado.

 

  • Refuerzo de medios personales y materiales a los servicios de actos de comunicación.

 

  • Finalización de las Ofertas de empleo público de 2017-18 y convocatoria de la de 2019.

 

A medio y largo plazo, CSIF propone entre otras cuestiones:

  • Racionalización de los sistemas de gestión procesal (o bien un único programa; o bien, interoperabilidad plena de los diferentes sistemas y programas existentes)
  • Implantación del expediente digital y acceso telemático de los profesionales al expediente digital.
  • Redistribución de funciones en la oficina judicial reconociendo laboral y retributivamente el trabajo que efectivamente se realiza y las funciones con valor añadido que permitirían agilizar los procedimientos.
  • Redefinición de los perfiles profesionales de la Justicia y de los Cuerpos de funcionarios y aprovechar su potencial en, por ejemplo, un sistema de mediación público y con una mayor intervención en los procedimientos judiciales para evitar externalizaciones y privatizaciones en la Administración de Justicia.
  • Reconocimiento laboral y retributivo de esas nuevas funciones.
  • Revisión de la oficina judicial y fiscal.  
  • Plan de formación continua, de promoción profesional sin trabas y de carrera profesional para todo el personal de Justicia.
  • Reforzamiento de la Justicia de proximidad y de las funciones de los Juzgados de paz con dotación de personal de Justicia.
  • Modernización del Registro civil gestionado por personal de Justicia.
  • Participación sindical en la planificación de recursos humanos a corto, medio y largo plazo
  • Convocatorias de ofertas de empleo público anuales con todas las vacantes disponibles.
  • Estructuración periódica en plantilla de todos los refuerzos de más de tres años.
  • Potenciación de la negociación colectiva pues las reformas pactadas y acordadas suelen ser mejores y más duraderas.

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