CSIF: las medidas contempladas en el Real Decreto Ley son más efectistas que efectivas

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13 de mayo de 2020

- Hoy se debate en el Congreso el Real Decreto Ley 16/2020 de 28 de abril de medidas organizativas y procesales para combatir el COVID 19 sin que el Ministerio garantice la salud de los trabajadores.

- CSIF vuelve a exigir que el Ministerio y a las CCAA que negocie unos verdaderos planes de actuación para afrontar el escenario post COVID 19

Para CSIF, las tres medidas organizativas contempladas en este Real Decreto Ley son más efectistas que efectivas además de, en algún caso, vulneran el contenido de la LOPJ. El tiempo transcurrido desde su publicación en el BOE no ha hecho sino confirmar esta impresión.

  • Ni el CGPJ ni el Tribunal Constitucional se sienten incluidos en sus disposiciones. Sobre todo, el primero va a seguir adoptando acuerdos por libre sobre materia de personal y de medidas para la salud que van a suponer una injerencia en competencias ajenas y con el silencio cómplice del Ministerio de Justicia.
  • El Ministerio y el CGPJ ya han llegado a un acuerdo para no señalar juicios en el mes de agosto, algo que se veía venir tras las reacciones en contra de Abogados y Procuradores.
  • La movilidad forzosa a la que CSIF se opuso ya en 2009 cuando el Ministro, entonces Secretario de Estado modificó el art. 521 LOPJ, no es una medida efectiva, pues se trata de igualar los órganos jurisdiccionales en la penuria de recursos humanos. Además, la especialización de determinados órganos jurisdiccionales afectados por el parón impide la rápida adaptación del personal que se mueva de un Juzgado a otro.
  • El turno de tarde puede ser una buena medida de flexibilización de la jornada laboral que permita la incorporación de más personal a los turnos, pero debe respetar el carácter voluntario establecido en el artículo 500.3 LOPJ.

 

Pero, que nadie se llame a engaño, esta crisis lo que ha puesto de manifiesto son los denominados “males de la Justicia” fruto de los años de abandono y, esos males no se van a solucionar en tres meses. Como tampoco va a ser posible afrontar el “atasco” que nos viene encima con grandes proyectos y reformas si no se toman otro tipo de medidas.

 

CSIF vuelve a exigir que el Ministerio y a las CCAA que negocie unos verdaderos planes de actuación para afrontar el escenario post COVID 19

Para CSIF es inaceptable que el Ministro anuncie que ya tiene ultimado dicho plan y aún no haya trasladado ni una sola línea a los representantes de los trabajadores a pesar de que se lo hemos pedido incluso en nota conjunta, hace más de un mes, cuando empezó a hablar de dichos planes.   Son estos funcionarios/as de Justicia los que van a tener que soportar el incremento de la carga de trabajo que se prevé en los órganos judiciales y, cualquier plan de agilización debe contar, en su diseño, implantación y seguimiento, con ellos.  Para acometer el reto de reactivar la Administración de Justicia, ahora también es preciso más medios materiales y personales y una estrategia clara y compartida. En esa estrategia es necesario:

 

  • Determinar de forma transparente la realidad del “atasco” provocado por la suspensión y aplicar objetivos realistas de reactivación teniendo en cuenta las limitaciones impuestas por la protección de la salud en una situación de alerta sanitaria y post alerta en la que el coronavirus sigue activo.
  • Acometer la reactivación de los procedimientos suspendidos (lo que se conoce como “sacar papel” de forma ordenada y, en lo posible, limitando la entrada de asuntos nuevos a los más urgentes.
  • Conocer qué jurisdicciones y órganos judiciales especializados van a ser los más afectados por la entrada de asuntos nuevos y aplicar medidas concretas que permitan tramitar de forma organizada esos asuntos.

 

Por último, para CSIF, las medidas del RDLey no sirven para desatascar los juzgados si no van acompañadas de otras concretas y realmente efectivas como:

  • prolongaciones de jornada incentivadas.
  • dotación efectiva y rápida de todas las plazas vacantes y las bajas,
  • nombramiento de refuerzos y;
  • un verdadero sistema de teletrabajo, transparente en sus condiciones y serio de conformidad a lo establecido en Función Pública.

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