PREVISIONES: Apertura de la Bolsa de Trabajo Ed. 17 de II.SS. Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

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  • Ofertas y bolsas de trabajo

4 de octubre de 2019

Según fuentes de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, en el mes de noviembre de 2019, se abrirá plazo para nuevas inscripciones y actualización de mérito de la Bolsa de Trabajo (Ed. 17).  Se pretende que esta nueva edición este regulada por la nueva Orden de Bolsa, aun pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

 

Algunos de los cambios más significativos en relación a la anterior orden de trabajo son:

  • La solicitud de inscripción se realizará telemáticamente a través de la página web de la Conselleria.

  • Se podrá solicitar 3 categorías profesionales distintas, con un máximo de 7 departamentos de salud para cada categoría.

  • Las personas inscriptas en el turno de promoción interna temporal podrán indicar si desean ser seleccionadas únicamente para plazas vacantes o para plazas vacantes y nombramientos cuya duración prevista sea de más de 3 meses.

  • Se podrá optar a ofertas de corta duración, es decir, inferiores o igual a 5 días, o a oferta de nombramiento a tiempo parcial.

  • Se podrán inscribir en listas de reserva para categorías deficitarias (listas con menos de un 20% de personas candidatas disponibles sobre el total de la categoría y especialidad).  Para estas convocatorias de listas de reservas, se indicarán las categorías profesionales convocadas, la documentación a presentar, lugares, plazos y medios de presentación.  Estas listas no formarán parte de las listas de empleo temporal hasta la entrada en vigor de una nueva edición.

 

  Para acceder al Proyecto de la nueva Orden de Bolsa: haga clic aquí.


 

ANEXO - BAREMO DE MÉRITOS

 

SERVICIOS PRESTADOS: MÁXIMO 70 PUNTOS

Por los Servicios prestados en las IISS Públicas del Sistema Nacional de Salud gestionadas directamente o indirectamente, mediante consorcios o contratos de gestión servicio público por concesión (Ley 15/1997).

En la misma categoría profesional

0.30 ptos. / mes

En distinta categoría

0.15 ptos. / mes

 

 

Misma categoría profesional (siempre que quede acreditado que tenía igual contenido funcional que en la que se inscribe).

  • Personal sanitario del cuerpo militar de sanidad.

  • Personal sanitario de instituciones penitenciarias.

  • Personal sanitario en instituc. Públicas de carácter socio-sanitario cuya titularidad sea de la Generalitat.

0.15 ptos./ mes

 

 

 

Servicios prestados en la misma categoría profesional y especialidad (siempre que quede acreditado que tenía igual contenido funcional que en la que se inscribe):

  • Personal sanitario en entidades concertadas que atiendan pacientes de la sanidad pública de la G.V. (Ley 7/2017).

  • Personal santiario que preste servicios en las mutuas colaboradoras con la Seg. Social.

 

0.10 ptos / mes

NOTAS: La unidad de valoración mínima será el mes. 

Los servicios prestados en atención continuada se computan a un mes de trabajo por cada 130 horas.

Médico y enfermero SAMU y TES se computaran cada 130 horas como mes trabajado.

Se considera tiempo trabajo el periodo de excedencia por cuidado de familiares, por violencia de genero y pro violencia terrorista.

 

 

NOTA DE OPOSICIÓN: MÁXIMO 50 PUNTOS

Escala puntuación en nota de examen equivalente a

Valor en puntuación del baremo

Entre 3.5 y 4 puntos

5 puntos

Entre 4.01 y 5 puntos

10 puntos

Entre 5.01 y 6 puntos

15 puntos

Entre 6.01 a 7 puntos

20 puntos

Entre 7.01 a 8 puntos

30 puntos

Entre 8.01 a 9 puntos

40 puntos

Entre 9.01 a 10 puntos

50 puntos

 

 

 

 

 

 

VALENCIANO: MÁXIMO 8 PUNTOS

NIVEL

PUNTOS

A1

0.5 puntos

A2

1.5 puntos

B1

3 puntos

B2

4 puntos

C1

6 puntos

C2

8 puntos

 

FORMACIÓN ESPECIALIZADA POR CATEGORÍA Y ESPECIALIDAD

El periodo de formación sanitaria especializada, vía  personal residente en formación, en baremará únicamente  en la categoría que se corresponda con la formación a razón de 7.2 puntos por año de formación, siempre que se haya obtenido el título de especialista.

  En ningún caso se valorarán los periodos de formación sanitaria especializada vía personal residente en formación, apartado de servicios prestados.

 

FORMACIÓN CONTINUA Y CONTINUADA PARA EL TURNO DE P.I.: MÁXIMO 5 PUNTOS.

Por cada curso de 100 o más horas

5.00 puntos.

Por cada curso de 75 o 99 horas

4.00 puntos.

Por cada curso de 50 o 74 horas

3.00 puntos.

Por cada curso de 25 o 48 horas

2.00 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento que hayan sido impartidos por las personas interesadas y que hayan sido convocados y homologados por cualquier centro u organismo oficial de formación de empleados públicos.

0.10 puntos / hora impartida

 

DIVERSIDAD FUNCIONAL: 3 PUNTOS.

  A las personas candidatas que acrediten un grado de diversidad funcional igual o superior al 33% se les asignarán 3 puntos.

 

CRITERIOS DE DESEMPATE.

  En caso de empate entre las personas candidatas, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en cada apartado, según su orden; si persistiera, será la nota exacta de la fase de oposición del último proceso selectivo.  Si continuará el empate se resolverá a favor de la persona solicitante de mayor edad.

 

CSIF voto a favor puesto que NO quiere hacer dejación de la función de control de la contratación.  Pero mostro su desacuerdo con algunos de los apartados de esta Orden de Bolsa, especialmente en el Baremo.

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