Publicada la Orden de integración voluntaria de estatutarización en varios hospitales del SERMAS

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18 de noviembre de 2022

“Gregorio Marañón”
“Virgen de la Poveda”
“Guadarrama”
“José Germain”
“La Paz-Cantoblanco”
“Doctor Rodríguez Lafora”
“Centro Regional de Transfusión”

ORDEN DE INTEGRACIÓN VOLUNTARIA DE ESTATUTARIZACIÓN EN VARIOS HOSPITALES DEL SERMAS

ORDEN 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad, por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen del personal estatutario del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios adscritos al Servicio Madrileño de Salud.

  • “Gregorio Marañón”
  • “Virgen de la Poveda”
  • “Guadarrama”
  • “José Germain”
  • “La Paz-Cantoblanco”
  • “Doctor Rodríguez Lafora”
  • “Centro Regional de Transfusión

Requisitos para la integración.

Podrá optar por su integración voluntaria en la categoría equivalente del régimen estatutario, el personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en alguno de los centros sanitarios objeto de integración y reúna los siguientes requisitos:

a) Vinculación: Estar en posesión de nombramiento como funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid y en el caso del personal laboral contar con contrato laboral fijo en categoría de las contempladas en el Anexo IV del vigente Convenio Colectivo único del personal laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. En ambos casos ha de ser equivalente a la categoría en la que se pretende la integración como personal estatutario conforme a las tablas de homologación que se acompañan a la presente Orden.

b) Titulación: Estar en posesión de la titulación/ especialidad necesaria para el desempeño de la actividad profesional de que se trate. En consecuencia, la integración se efectuará en la categoría y titulación equivalente del régimen estatutario que en cada caso corresponda.

c) Funciones: el personal objeto de integración deberá desempeñar las funciones correspondientes a la categoría estatutaria en la que solicita la integración.

d) Situación administrativa: Estar en situación de activo o en cualquier situación que implique la suspensión en la relación laboral, o en cualquier situación administrativa del personal funcionario de las previstas en la legislación vigente, que supongan, en ambos casos, la reserva de puesto de trabajo, así como en situación de servicios especiales, excedencia voluntaria, excedencia forzosa, excedencia para el cuidado de hijos o familiares o excedencia por razón de violencia de género, siempre y cuando con anterioridad a la declaración de excedencia se encontrara prestando servicios, con carácter definitivo, en alguno de los centros objeto de integración.

e) Desempeño de funciones como enfermera/o especialista en unidades asistenciales: El personal funcionario de carrera o laboral fijo podrá integrarse en la categoría de enfermera especialista en Enfermería del Trabajo, Geriatría, Pediatría o Salud Mental.

f) Otros: Cumplir los restantes requisitos exigidos para ostentar la condición de personal estatutario.

Podéis ver información más detallada en la Orden de Integración mas abajo.

El procedimiento se iniciará mediante la presentación de solicitud conforme al modelo establecido en el Anexo II de esta Orden y estará disponible en el portal www.comunidad.madrid  en la Intranet y en el departamento de personal de la Gerencia cada centro sanitario objeto de integración.

Los interesados deberán presentar su solicitud en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden (16/11/2022) por la que se convoca el proceso de integración voluntaria en el régimen estatutario.

Tablas de homologación de categorias para la estatutarización.

A efectos de la integración en el régimen estatutario, en el anexo I a la presente Orden se recoge la tabla de homologación de las categorías laborales y funcionariales con la correspondiente categoría estatutaria.

Ver información más detallada en la Orden de Integración.

 

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