Publicación procedimiento de elección de plazas de la OPE de 2019 de Pediatra de Atención Primaria.

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21 de octubre de 2022

Procedimiento de elección de plazas de la OPE de 2019 de Pediatra de Atención Primaria.

RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se fija la fecha y el procedimiento a seguir para la elección de plazas por los aspirantes que han superado las pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Atención Primaria, se publica la relación de plazas ofertadas y se determina la entrega de documentación acreditativa.

Ver en archivos anexos:

Adjudicación de las plazas ofertadas

Las plazas ofertadas se adjudicarán, de acuerdo con la solicitud de elección de plazas y siguiendo el orden de puntuación final alcanzada por las personas aprobadas en las pruebas selectivas.

En caso de empate se resolverá a favor del aspirante que concurra por el cupo de discapacidad; en segundo lugar, atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir la igualdad, se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos apartados del baremo de méritos y por su orden. De continuar el empate, se resolverá por la letra inicial del primer apellido de los aspirantes, a estos efectos se tendrá en cuenta la letra “B”.

Los aspirantes que hubieran accedido a través del cupo de discapacidad elegirán plaza por el orden de puntuación alcanzada hasta completar el número de plazas reservadas para dicho cupo.

Procedimiento y plazo de elección de plazas y presentación de documentación

La elección de plazas y la presentación de la documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos, se realizarán exclusivamente de forma electrónica, mediante la cumplimentación y envío del formulario de elección que estará disponible en la página web: http://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivas-pediatra-atencionprimaria-2019  y en www.comunidad.madrid/servicios/administracion-digital-punto-acceso-general

Se habilita un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para realizar la elección.

Los aspirantes deberán solicitar al menos un número de plazas equivalente al número de orden obtenido que figura en el Anexo I, más 5 plazas para cubrir la posibilidad de adjudicación preferente por aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

En la página web www.comunidad.madrid/servicios/administraciondigital-punto-acceso-general y en  http://www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivaspediatra-atencion-primaria-2019, estarán disponibles:

Documentación a presentar

Los aspirantes incluidos en el Anexo I, deberán adjuntar al formulario “Elección de plaza y documentación acreditativa”, la siguiente documentación:

  • Aspirantes de nacionalidad española: Documento nacional de identidad o pasaporte.
  • Aspirantes que no posean la nacionalidad española: Documento que acredite su nacionalidad, documentación acreditativa del vínculo de parentesco
  • Titulación exigida para su participación en estas pruebas selectivas o, en su caso, de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición de dichos títulos, junto a la acreditación del pago de la tasa correspondiente a la expedición de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la credencial de homologación.
  • En el caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, certificado vigente acreditativo de la discapacidad, expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o tarjeta acreditativa del grado de la discapacidad.
  • Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales y de trata de seres humanos, acreditativo de que no han sido condenados mediante sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales, así como por cualquier delito de trata de seres humanos.
  • La capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento, se acreditará mediante informe favorable expedido por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del centro donde se encuentra la plaza asignada en el proceso selectivo. Queda condicionada la toma de posesión a la obtención de la citada certificación y a su presentación en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud.

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