Adjudicación definitiva de plazas del concurso de traslados voluntario del SERMAS en la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria

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30 de marzo de 2022

ADJUDICACIÓN DEFINITIVA DE PLAZAS DEL CONCURSO DE TRASLADOS VOLUNTARIO DEL SERMAS EN LA CATEGORÍA DE MÉDICO DE FAMILIA DE ATENCIÓN PRIMARIA

Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se resuelve el concurso de traslados voluntario a plazas de personal estatutario de la categoría de Médico de Familia de Atención Primaria del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.

Plazos para el cese y toma de posesión

Los concursantes que hayan obtenido plaza, deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese en la plaza de origen o en el plazo de un mes cuando suponga un cambio de Servicio de Salud, en los términos establecidos en el artículo 37.3 del Estatuto Marco. No obstante, si la plaza obtenida no supone cambio de centro, la toma de posesión tendrá lugar el mismo día del cese.

En el caso de aquellos concursantes para los que la adjudicación de plaza suponga el reingreso al servicio activo, la toma de posesión deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (30/03/2022)

Irrenunciabilidad de las plazas adjudicadas

Las plazas adjudicadas son irrenunciables, salvo que la renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por otra Administración Pública, conforme a lo establecido en el artículo 37.4 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud.

La no incorporación al destino obtenido como consecuencia de la resolución del concurso de traslados, dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente procedan, conllevará la declaración de la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud Pública en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (30/03/2022)

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