CSIF GANA LA PRIMERA SENTENCIA QUE DECLARA EL DERECHO DEL INTERINO AL COBRO DE LA CARRERA Y ANULA EL FACTOR CONDICIONANTE

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17 de octubre de 2019

El 15 de Diciembre de 2017, Los Sindicatos de Mesa Sectorial consintieron un PRIMER FACTOR CONDICIONANTE para evitar que los profesionales de los Anexos I (médicos) y II (enfermería) alcanzaran los niveles de carrera que sí les correspondían por definición del modelo de Carrera Profesional aprobado en 2007, dándole pábulo a lo que la administración proponía.

En septiembre de 2018, la historia se empeoró para los profesionales incluidos en el Anexo III (resto de categorías). Se Incluyó a última hora OTRO FACTOR CONDICIONANTE de manera más restrictiva, lo que retrasa que alcancen un nuevo nivel de Carrera.

Este factor condicionante establece una limitación en relación con los niveles de carrera a los que puede acceder el profesional, todo ello en función de la fecha del nombramiento interino o fijo, porque la Administración entiende que solo se entra dentro del ámbito de aplicación del acuerdo cuando se es fijo o interino. De este modo se impide a muchos profesionales acceder al nivel que les corresponde pese a tener créditos necesarios para ello.

La sentencia viene a establecer en resumen que la carrera profesional es una condición de trabajo del Acuerdo Marco recogido en la Directiva comunitaria 1999/70 y que no se puede discriminar al personal estatutario no fijo por el simple hecho de no tener plaza como estatutario fijo, ya que el trabajo desempeñado es el mismo. Así reconoce el derecho de un interino a que SE LE COMPUTE TODO SU TIEMPO DE TRABAJO, ya sea como interino o eventual, anulando el citado factor condicionante y además CONDENA AL SERMAS A QUE SE LE PAGUE EL COMPLEMENTO DE CARRERA.

Como ya CSIF advirtió el pasado 1 de agosto del año 2018, TENDRÁN QUE SER LOS TRIBUNALES LOS QUE REVIERTAN ESTA INJUSTICIA.

 

Ya tenemos la primera sentencia, pero….vendrán mas

 

Cualquier duda, puedes consultar EN TU Sección Sindical

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