DOCENTES EN PRÁCTICAS_

  • Concursos y movilidad
  • Otros Concursos y Movilidad
  • Empleo
  • Oposiciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Inspectores de Enseñanza
  • Maestros

20 de julio de 2022

 

Reuniones informativas Funcionarias/os en Prácticas 2022-2023

 

CSIF Educación Madrid realizará en cada Dirección de área una reunión informativa para  darte toda la información administrativa que necesitas para el periodo de Prácticas y alcarar las dudas que puedas tener. 

ACCEDE AL FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN ESTE ENLACE.

¡TE ESPERAMOS! 

 

 Presentación de documentos por los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso

Entrega de documentación en la DAT asignada

Recuerda que una vez entregada la documentación según la convocatoria para ser nombrado funcionario en prácticas finalizando el plazo el 8/8 y siguiendo el calendario de adjudicaciones, queda aún por entregar a partir del 3/8 y hasta el 1/9 la Documentación para darte de alta en nómina.

Cuando sepas tu destino definitivo el 2/8, pertenecerás a la DAT de dicho centro y pasará a ser el órgano gestor de tu nómina.

Cada DAT publicará las instrucciones correspondientes con la documentación a entregar:

▫️Fotocopia del DNI

▫️Ficha Personal (con enlace para descargar Ficha Personal)

▫️Ficha de Alta en Nóminas (enlace para descargar Ficha Alta)

▫️Modelo 145 IRPF

▫️Documento de Acreditación del Número de la SS

 

Presentación de documentos por los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso

En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de aspirantes que han resultado seleccionados, éstos deberán presentar, de for ma telemática, en los términos que se indican en el Anexo IV de esta Resolución, los documentos que se relacionan a continuación, exceptuando los que el aspirante presentó junto con la solicitud para ser admitido al concurso oposición:

a)         Titulación alegada para el ingreso en el Cuerpo o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título, cuyo documento digitalizado fue presentado en plazo junto a la solicitud de parti cipación. En el caso de que la fecha del título o de la certificación académica sea posterior al día en que expiró el plazo de presentación de solicitudes fijado en la convocatoria, deberá hacerse constar la fecha de terminación de los estudios.

Si se trata de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia de la credencial de su homologación por el Estado español.

b)         Documento nacional de identidad, salvo que no se haya opuesto a su consulta en los términos indicados en el apartado “7. Documentación requerida” de la solicitud. En el caso de ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, habrá de presentar documento acreditativo de su nacionalidad o del pasaporte y del certificado de registro o, en su caso, de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea. En cualquiera de los casos, el documento acreditativo deberá estar vigente.

c)         Declaración responsable de no haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública o de los órganos estatut rios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, así como la declaración de no estar afectado por incompatibilidad. Para ello se podrán utilizar los modelos que figuran en el Anexo IV de esta convocatoria.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española también deberán presentar original de declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública, según el modelo que figura en el Anexo IV de esta convocatoria.

d)         Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con discapacidad para la exención de tasas y se han presentado en el procedimiento por el acceso 1

(libre) deberán presentar certificación expedida por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o, en su caso, de la Administración General del Estado, en la que conste el grado de discapacidad y su compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones docentes, a excepción de aquellos que tengan reconocido su grado de discapacidad a través de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.

e)         Dado que los puestos objeto de la presente convocatoria tienen contacto habitual con menores, deberá acreditarse por el participante no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de pro tección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Para ello, to dos los aspirantes que han superado el proceso selectivo y no han autorizado su consulta en los términos indicados en el apartado 6 del impreso de solicitud, deberán aportar el Certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedi do por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Si el citado certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).

Esta documentación será dirigida a la Dirección de Área Territorial o a la Dirección General de Recursos Humanos, según la distribución que se establece en el Anexo I de esta Resolución.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios públicos docentes de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar en tal caso una certificación u hoja de servicios del Registro Central de Personal, de la Dirección General de la Función Pública o del Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar tal condición, así como el Documento Nacional de Identidad, salvo que no se haya opuesto a su consulta por la Comunidad de Madrid, indicándolo en el apartado 7 de la solicitud: “Documentación re querida.

En esta certificación u hoja de servicios deberán figurar de modo expreso los siguien tes datos:

a)         Indicación del Cuerpo, área o especialidad a la que pertenecen y del que son titula res, Número de Registro de Personal y situación administrativa.

b)         Tiempo desempeñado como funcionario de carrera

c)         Lugar y fecha de nacimiento.

d)         Título académico que poseen y fecha de expedición.

Si en la certificación no puede hacerse constar alguno de los requisitos exigidos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, por no obrar en los expedientes personales de los

interesados, estos deberán remitir separadamente los documentos que los acrediten.

Los aspirantes que, habiendo superado el procedimiento selectivo, ya estén prestando servicios remunerados en la Administración, deberán formular opción por la percepción de remuneraciones durante su condición de funcionarios en prácticas, de acuerdo con lo pre visto en la Orden de 26 de enero de 2006, de la Consejería de Hacienda, por la que se regu lan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, en los términos indicados en el apar tado 10.2 de la presente Resolución.

9.1.      Efectos de la no presentación de la documentación o de la carencia de requisi tos: quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma se desprendiera que carecen de alguno de los re quisitos señalados en la base tercera del título I de esta convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud de participación. A los seleccionados en el procedimiento selectivo, la Administración les podrá requerir que aporten los originales de cuanta documentación hayan presentado para acreditar tanto los requisitos como los méritos exigidos o baremados, con la finalidad de cotejar dichos originales con la documentación presentada. En el caso de que, como consecuencia de esta comprobación, se desprenda que no posee alguno de ellos, supondrá la exclusión del aspi rante del proceso selectivo, decayendo de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en el mismo.

FUENTE: Base Novena_ BOCM Nº29 RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo.https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2022/02/04/BOCM202202042.PDF.

DESCARGA EL PDF ADJUNTO CON TODA LA INFORMACIÓN.

ARCHIVOS ADJUNTOS

COMPARTIR