INFORME COMISIÓN SEGUIMIENTO 23 DE MAYO DE 2022

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23 de mayo de 2022

1º).- EN RELACIÓN CON LA PREVISIÓN RECOGIDA EN EL PUNTO 4, DEL ARTÍCULO 2, DE LA LEY
20/2021, PROPUESTA DE INICIO DE NEGOCIACIONES PARA ARTICULAR Y COMPATIBILIZAR LA
PROMOCIÓN INTERNA DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA CON LOS PROCESOS DE
ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO.
La DGFP informa que esta cuestión ya está tratada, tal y como consta en el acta de la última Mesa
de Negociación de los Empleados Públicos. Mantienen que van a cumplir rigurosamente con lo que
establece la ley 20/2021.
Los Decretos de Empleo tienen negociado de manera diferenciada los procesos de acceso por turno
libre, de promoción interna, estabilización y funcionarización.
Por tanto, se va a negociar con las organizaciones sindicales, los criterios del Concurso de las plazas
que cumplen con lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021 y el resto de
plazas de estabilización que no cumplen con los requisitos para ser incluidas dentro del sistema de
concurso se ofertan por el sistema de concurso-oposición, acumulándose a procesos selectivos ya
convocados.
2º).- PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE LA PROMOCIÓN INTERNA EN CUERPOS GENERALES DE LA
COMUNIDAD DE MADRID: SITUACIÓN DE LOS ASPIRANTES DE PROMOCIÓN INTERNA QUE
APRUEBEN LA CONVOCATORIA, SOBRE QUE DICHA PROMOCIÓN SEA SOBRE SU MISMO PUESTO,
NO TENIENDO QUE OPTAR POR LISTADO DE PUESTOS VACANTES O NO.
Sobre esto y aunque no conste explicitamente en las convocatorias, la DGFP recuerda que tal y como
consta en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo que aprueba el Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles. Previa solicitud de los funcionarios que participen y aprueben
los procesos de promoción interna, se puede autorizar que se les adjudique destino dentro del mismo puesto
en el que vinieran desempeñando funciones.
3º).- SOLICITUD DE EXPLICACIÓN SOBRE LA PARALIZACIÓN POR LA SGT, DE LAS NEGOCIACIONES DEL
CALENDARIO LABORAL DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD.
Se retira el punto una vez que se convoca a las partes para el próximo día 26 de mayo para negociar
el Calendario laboral.
4º).- PETICIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE EL PORCENTAJE DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS A LOS
QUE CUMPLIENDO EL CRITERIO DEL AÑO EN EL PUESTO DE DESTINO SE LES:

A. HA DENEGADO EL COMPLEMENTO DE MODERNIZACIÓN DESDE EL MES DE ENERO.
B. DESPUÉS DE HABÉRSELES ABONADO DURANTE VARIOS MESES EN NÓMINA DICHO COMPLEMENTO,
LES HA SIDO DESCONTADO CON CARÁCTER RETROACTIVO.
C. QUE SE NOS INFORME DE LOS CRITERIOS (ÍTEMS) QUE DETERMINAN EL PAGO O IMPAGO DE DICHO
COMPLEMENTO, PUESTO QUE EN TODO PROCESO DE EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO, ES NECESARIO
QUE EL EMPLEADO AFECTADO Y EL COORDINADOR DE LA EVALUACIÓN, CONOZCAN AMBOS LOS
ÍTEMS QUE DAN LUGAR A LA APROBACIÓN O NO DE LA MISMA.
La Administración expone que estos trabajadores han dejado de percibir el fondo porque no cumplen
con el criterio de evaluación del desempeño recogido en el Artículo 5.1.b y en Anexo III de la orden.
Además, se nos informa que la evaluación del desempeño se realiza una vez al año por el Centro
Directivo. Los empleados lo están cobrando según la tasación favorable de sus funciones por el
responsable o jefe de unidad a fecha 1 de enero de 2022.
En el ámbito de la AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL (AMAS) hay más de 200 personas
afectadas por esta situación. La Gerencia ha admitido que por una mera cuestión de gestión de
plantilla, se realizó el pago generalizado del fondo a todo el personal que cumplía que el criterio de
permanencia y que ahora están descontando esos pagos indebidos al personal que según ellos, no
cumplen con el criterio de evaluación del desempeño.
CSIF ha reiterado su desacuerdo en los criterios de aplicación del fondo de modernización. En el caso
de la evaluación del desempeño, porque no se ofrecen las mínimas garantías para conocer de manera
objetiva los criterios aplicados que determinan el derecho a la percepción del fondo.
CSIF también ha reclamado a la Administración que asuma su responsabilidad de informar de manera
personalizada y por escrito a cada trabajador afectado sobre los motivos que no dan derecho a la
percepción del fondo.
CSIF pone a disposición de los afiliados/as el servicio jurídico para reclamar en derecho si se estiman
lesionados sus derechos respecto a la percepción de este fondo.

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