LA FIRMEZA DE CSIF, STAJ y CCOO OBLIGAN AL CONSEJERO DE JUSTICIA A CONVOCAR UNA REUNIÓN PARA EL PRÓXIMO DÍA 7 DE OCTUBRE

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5 de octubre de 2022

EL CONSEJERO DE JUSTICIA, POR FIN, SE VE OBLIGADO A CUMPLIR EL COMPROMISO QUE ADQUIRIÓ EN LA ASAMBLEA DE MADRID, el día 22 del pasado mes de septiembre, CON STAJ, CCOO Y CSIF Y CONVOCA UNA REUNIÓN PARA EL PRÓXIMO VIERNES, DÍA 7 DE OCTUBRE.

·       La convocatoria llega tras anunciar los tres sindicatos, dos concentraciones para el próximo día 6 de octubre y la firmeza que están manteniendo en la decisión de no acudir a la farsa de convocatorias de Mesa Sectorial, hasta que el Consejero no tome las riendas y desbloquee la negociación del Acuerdo.

 

·     No tenemos tiempo que perder y no admitiremos una reunión meramente protocolaria del Consejero. Para ello es fundamental que las concentraciones del próximo día 6 de octubre, sean un éxito de participación de los trabajadores/as. 

  

                                                                                               Madrid, 4 de octubre  de 2022

 

Como venimos informando, hará próximamente dos años que STAJ, CCOO y CSIF venimos exigiendo al Consejero de Justicia la negociación de un nuevo Acuerdo Sectorial  para mejorar los salarios y las condiciones laborales de los trabajadores/as y el servicio público,  tras su paulatino deterioro; con cientos de puestos de trabajo sin cubrir (unos 550 plazas a pesar de que la totalidad de la plantilla está presupuestada) y que han sido y son, otra  intolerable causa de explotación en la justicia madrileña; con una política de personal y una gestión  que sitúa a los/as trabajadores/as en absoluta indefensión e inseguridad jurídica en sus relaciones laborales con la Consejería  y con sus superiores funcionales, que ha retrasado el reconocimiento y pago de derechos durante años; una provisión de puestos caracterizada por la falta de transparencia, que vulnera los principios de igualdad y publicidad y, también, derechos  del personal como el derecho a la movilidad, a la conciliación ó a ocupar  un puesto de su interés profesional. 

 

A primeros de este año 2022, y tras el escrito que en diciembre 2021 presentamos  STAJ, CCOO y  CSIF al Consejero incluyendo la relación de todas las reivindicaciones (ver AQUÍ ), la Dirección General de Justicia empezó a convocar algunas (aunque muy dilatadas en el tiempo),  reuniones de Mesa Sectorial en cuyo orden del día figuraba la negociación del Acuerdo Sectorial pero en las que , con todo tipo de excusas, no presentaba propuesta alguna de Acuerdo.

 

El día 6 de julio  2022, tras la concentración de trabajadores/as convocada por los tres sindicatos el día 21 de junio ante la sede de la Consejería de Justicia, la Administración presentó por primera vez la que, salvo matices, es hasta , su única propuesta. A pesar de ser la primera propuesta, ese mismo día, ya nos dio un ultimátum para aceptarla. Desde entonces, la posición  de la Administración no ha variado en lo fundamental y su única estrategia es llegar a la aprobación de los presupuestos de la Comunidad de Madrid, en el mes de diciembre, sin haber comprometido, mediante la firma del Acuerdo Sectorial, mejoras salariales y de las condiciones laborales del personal.  

 

Está utilizando todo tipo de trampas y manipulaciones y, en esa tarea, lamentablemente está encontrando todo el apoyo en dos sindicatos con representación minoritaria en la Mesa Sectorial, que siguen asistiendo a las reuniones, que no se plantan ante la Administración, que aceptan los parches que propone la Consejería y que, hasta ahora (dos años después de la lucha por este Acuerdo) no habían presentado ninguna propuesta salvo aceptar lo que propone la Administración.  Ningún reproche han hecho a la Consejería, eso sí, todos a STAJ, CCOO y CSIF porque no aceptamos más chantajes de quienes, hasta ahora, no han hecho más que despreciar a los/as trabajadores/as de Justicia.

 

La negociación está en un punto muerto del que será imprescindible salir con avances sustanciales y que, ahora, aún están lejos. Lo explicamos a continuación relacionando las diferencias que separan las reivindicaciones de los/as trabajadores/as de la propuesta  de la Consejería de Justicia. 

 

COMPARATIVA DE LAS REIVINDICACIONES DEFENDIDAS POR STAJ, CCOO Y CSIF (resumidas) EN LA NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO Y LA PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA (para un Acuerdo Sectorial con una vigencia máxima de 4 años) 

 

1º) REIVINDICACIONES SALARIALES/ACCIÓN SOCIAL/ABONO TRANSPORTE

 

1.1º) Actualización del complemento transitorio de la Comunidad de Madrid en la cantidad equivalente a la pérdida retributiva de los trabajadores de Justicia.  Dicha cantidad es de 400€/mes.

 

Este incremento se justifica en la pérdida retributiva en más de 11.000€ por el incumplimiento de los Acuerdos Sectoriales; en las pérdidas salariales derivadas de la decisión de la Consejería de no aplicar, durante ocho años, a los conceptos retributivos autonómicos, los incrementos fijados en los Presupuestos Generales del Estado para todos los empleados públicos; por la inaplicación de los Acuerdos Generales en materia de fondos adicionales. Y, a toda esa pérdida retributiva, se añade la pérdida general de poder adquisitivo de los salarios derivada de la actual situación de altísima inflación. 

 

En caso de una vigencia del Acuerdo a cuatro años, proponemos su aplicación del modo siguiente:

 

        Año 2023:150€/mes; Año 2024: +150€/mes=300€/mes

       Año 2025:+ 50€/mes; Año 2026: +50€/mes=400€/mes

 

       Inclusión de una cláusula de compensación y/ó penalización equivalente a un 5% del coste anual del complemento autonómico y cumplimiento de programa para el caso de que, a la finalizada de la vigencia del acuerdo, no se haya iniciado la negociación de un nuevo acuerdo Sectorial o se dilate por causas imputables a la Administración. Incorporar cláusula de revisión salarial. 

     

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: Propone un incremento total de 60€/mes para los cuatro años de la vigencia del Acuerdo pero no en el complemento autonómico sino en el concepto de Cumplimiento de programa”

 

Año 2023: 30€/mes; Año 2024: +30€/mes= 60€/mes

(sólo ha variado la propuesta inicial en que adelantaría el abono de los 30€/mes al último trimestre de 2022.)

1.2º) Implantación en 2023 del Abono Transporte con carácter general para todo el personal de la Administración de Justicia. Se trata de un salario indirecto que perciben prácticamente la totalidad de empleados públicos de la Comunidad de Madrid y que, en la actual situación de crisis energética e inflación, agrava los perjuicios para el personal de justicia por esta injustificada discriminación entre el personal de los servicios públicos de una misma Administración.

 

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA:  NO ACEPTA RECONOCER EL ABONO TRANSPORTE

1.3º) Recuperación de la totalidad de los fondos de Acción Social que se han eliminado desde el año 2012, a pesar que, desde entonces, la Comunidad de Madrid los ha venido percibiendo del Gobierno Central pero no los ha distribuido al personal. Se trata de 1.597.935€/año que proponemos recuperar en los dos primeros años de la vigencia del Acuerdo.

CONSEJERÍA DE JUSTICIA:  Propone su recuperación, pero no de todos los fondos y sin actualización, durante los años 2023, 2024 y 2025 pero lo condiciona, expresamente, a que lo permita la Ley de Presupuestos Generales del EstadoEsta condición es una trampa para dejar sin efecto su recuperación ya que dicha LPGE no puede establecer expresamente que una Comunidad, en este caso la Comunidad de Madrid, reponga unos fondos de Acción Social que ha eliminado en el ejercicio de sus competencias para los/as trabajadores/as de su ámbito. 

 

 OTRAS REIVINDICACIONES RETRIBUTIVAS RECLAMADAS POR LOS TRES SINDICATOS: 

* 100 % retribuciones en situación de IT, incluidas las no fijas (guardias, prolongaciones de jornada, etc);. * Planes de mejora retributiva de la jurisdicción civil, mercantil  y partidos judiciales  en base a las cargas de trabajo, actualmente desproporcionadas y como consecuencia de la falta de persona; * Mejora de retribuciones de las guardias de periferia; *la implantación de las guardias de 24 horas para médicos forenses y el resto de personal del IML; *la mejora del complemento de los Juzgados de Violencia de periferia; *Aplicación de las retribuciones reconocidas por sentencias firmes a todo el personal del mismo servicio u órgano a que se refieran dichas sentencias (complemento Gestores RC, 100% sustituciones, Fiscalía Violenciaetc.).

 

CONSEJERÍA DE JUSTICIA: NO ACEPTA NINGUNA PROPUESTA. Tras años de reclamación, ahora, para intentar romper a los trabajadores/as con enfrentamientos entre intereses generales y más particulares y desarticular la negociación del Acuerdo Sectorial, está planteando una farsa de negociación de las guardias de  24 horas de los forenses de la periferia y planes chapuceros de actuación en los Juzgados de Arganda, al margen del Acuerdo Sectorial.

 

2º) COBERTURA PLAZAS/ CREACIÓN DE NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO/REFUERZOS

 

2.1. Cobertura, en el plazo máximo de dos meses siguientes a la publicación del Acuerdo de todos los puestos de trabajo no cubiertos hasta dicha publicación (alrededor de 550) y, desde dicha fecha, cobertura automática de oficio (si precisar solicitud del LAJ) de todos los puestos vacantes o con reserva de plaza al titular (IT, licencias por cuidado de hijos, etc).

 

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA. Rechaza incluir en el Acuerdo este compromiso concreto que garantizaría, en un plazo muy breve, que estén cubiertos cientos de puestos de trabajo (alrededor de 550) que, desde el año 2016, la Consejería viene dejando sin cubrir. Por tanto, continuará la situación actual con las grave afectación en las condiciones de trabajo del personal y para el servicio público. 

 

2.2.- Creación, con la necesaria dotación presupuestaria, de 940 nuevos puestos de trabajo en base a la última memoria del TSJM y constitución de un fondo anual 2.600.000€ para la mejora de plantilla para su aplicación, previa negociación, en las jurisdicciones con mayor carga de trabajo, muy especialmente en la civil, social, mercantil, Juzgados de la periferia y Registro Civil). * En 2023 nivelación de las plantillas en los juzgados, Decanatos y  servicios que tienen menos personal  que otros de su misma clase;  * incremento de 50 puestos en los juzgados de lo Penal de Madrid derivados del Acuerdo Sectorial de febrero de 2009 que se ha incumplido también en éste aspecto; *CREACIÓN DEL SERVICIO COMÚN DE ATENCIÓN INMEDIATA (en primer lugar con plantilla de Auxilios para resolver el problema de las sustituciones) y del * Servicio Común DE VIDEOCONFERENCIAS, ambos en el últimos semestre de 2023. 

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: En lo concreto, solo propone crear 120 puestos de trabajo durante toda la vigencia del Acuerdo, que se distribuyen en la nivelación sólo de algunas plantillas, y en la creación de nuevas plazas en la Fiscalía y en el IML.  

2.3. A primeros del año 2023, conversión de los refuerzos de más de 3 años de duración y los estructurales en plazas de plantilla y que sean ofertados al próximo concurso de traslados. A falta de la información sobre los refuerzos que la Consejería se sigue negando a facilitar,ciframos que son alrededor de 190 refuerzos los que deberán convertirse en plazas de plantilla.

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: Sin aportar datos, ni incluir fechas para su aplicación, la Consejería solo propone convertir 65 refuerzos en plazas de plantilla. 

3º) PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO (concurso de traslados, comisiones de servicio, bolsas de interinos, etc)  

 

3.1.Inclusión en el Acuerdo de la obligación de que se oferten en el concursos de traslados la totalidad de las vacantes existentes en la Comunidad de Madrid y la entrega toda la documentación sobre la situación de la plantilla para negociar las concretas plazas que se deban incluir tanto en el concurso como en las OEP. 

 

 

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: No acepta incluir esta reivindicación para, como viene siendo, seguir dejando cientos de plazas fuera del alcance de los trabajadores/as interesados.

 

3.2. Regulación en el Acuerdo de las comisiones de servicio estableciendo iguales criterios de adjudicación que los utilizados en el concurso de traslados, con informe no vinculante de los LAJ, así como la obligación de publicar, al menos en la página web de la Comunidad de Madrid, la resolución de convocatoria, plazas ofertadas requisitos y forma de adjudicación y las adjudicaciones definitivas. Inclusión en el Acuerdo de un plazo máximo de un mes para negociar y publicar  la resolución del procedimiento para solicitarlas y, en el caso de que en ese plazo no se negocie, publicación en la página web de todas las comisiones de servicio con arreglo a los criterios fijados en el Acuerdo Sectorial. 

 

  CONSEJERÍA DE JUSTICIA: No acepta incluir esta reivindicación  fundamental que garantice la transparencia, la igualdad y la publicidad  para acceder a puestos de trabajo  en comisión de servicio y poner fin al mercado de tráfico de influencias e información privilegiada  que la Consejería fomenta en las comisiones de servicio. 

 

3.3.- Modificación de Bolsa de interinos incluyendo la obligación de publicar en la página web de Comunidad de Madrid las plazas a cubrir así como la relación de las personas siguiendo el orden de llamamiento de la Bolsa; incorporación a las Bolsas de los/as opositores que han superado ejercicios en los procesos selectivos y se han quedado sin plaza; etc.

 

4º) VACACIONES, PERMISOS, LICENCIAS/ TELETRABAJO

 

4.1. Recuperación de la jornada de 35 horas semanales; *  jornada  fija de 9 a 14,00 horas; posibilidad de realizar la jornada flexible de 7 a 9 h y de 14.00 a las 20:00 h.; * jornada  reducida de veintisiete horas y media durante los meses de junio, julio, agosto, septiembre, semana santa, navidad y por festividades locales; * realización, a criterio del trabajador, de la jornada flexible mediante teletrabajo; *Posibilidad de recuperar, hasta el 31 de enero del año siguiente, el déficit de jornada no realizada en el año anterior o de compensar el exceso principalmente en los caso de realización de servicios de guardia; *la realización de todo tipo de guardia deberá tener compensación de un día de libranza por cada día que coincida en sábado, domingo, festivo ó 24 y 31 de diciembre.

 

4.2Eliminación de los períodos de preferencia para el disfrute de vacaciones, pudiendo disfrutarse en su totalidad a lo largo del año natural, y hasta el 31 de mayo del siguiente. Y, a criterio del trabajador, en días sueltos o acumulados de su interés; *Posibilidad de acumular los días por asuntos particulares y adicionales a las vacaciones sin ninguna limitación; *Suspensión del período de disfrute de días de permiso por asuntos particulares, en caso de enfermedad o accidente del trabajador, al igual que se ha reconocido con las vacaciones;* Suspensión de vacaciones y permisos en caso de fallecimiento, accidente o enfermedad grave de cónyuge, pareja de hecho o familiar, así como por la realización de cursos de formación concedidos al funcionario, una vez iniciadas las vacaciones; *Posibilidad de que los trabajadores/as, a su criterio, puedan disfrutar por horas los días de permiso por asuntos particulares;

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: NO acepta la reposición de la jornada de 35 horas; acepta la reducción del horario fijo de 9 a 14 h., la posibilidad de hacer la parte fija del horario desde las 7:00 a las 9:00 y la suspensión de los días de asuntos particulares y vacaciones  en caso de fallecimiento, accidente o enfermedad grave.

4.3. Negociación de la regulación teletrabajo en el propio Acuerdo teniendo en cuenta criterios objetivos y mediante solicitud del funcionario/a de forma directa a la Dirección General de RRHH y Relaciones con la Administración de Justicia, sin la obligación de que tal solicitud se realice a través de los LAJ por conducto del Secretario de Gobierno del TSJM. Los criterios clave de la regulación del teletrabajo deberán ser los siguientes; el carácter voluntario y reversible del teletrabajo, la igualdad de deberes y derechos individuales y colectivos de las personas que teletrabajan respecto a las que lo ejercen en los órganos judiciales; la dotación de equipo por parte de la Administraciónla seguridad y la salud de sus usuarios y usuarias.  No es aceptable la discriminación y desigualdad de las condiciones laborales que está ocurriendo en órganos y servicios de la misma clase por la negativa de la Consejería a regularlo y a dejarlo “a la suerte” de cada LAJ,

 CONSEJERÍA DE JUSTICIA: NO acepta regular el teletrabajo y, ahora, lo supedita a aprobación de la Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa. Otra excusa más para no asumir sus responsabilidades y, con ello, seguir  ocasionando perjuicios y desigualdad a los/as trabajadores/as. De hecho, la única propuesta de la Consejería sobre el teletrabajo de hace más de un año y medio, suponía dos autorizaciones para acceder al teletrabajo ( del LAJ y del TSJM) y sólo pretendía el aval de los sindicatos para mantener y empeorar la  intolerable actual situación que discrimina  severamente a los trabajadores/as  de una misma clase de órgano o servicio. 

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