El Ministerio de Justicia convoca una reunión “informativa” sobre los procesos selectivos en Justicia y la ley 20/21 de reducción de temporalidad en el empleo público

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13 de enero de 2022

Durante la reunión celebrada ayer, 12 de enero, el Ministerio de Justicia informó sobre la complejidad de la aplicación de la citada ley a las OEP 2019, 2020 y 2021, pendientes de convocar en la Administración de Justicia.

 

No hubo propuesta concreta alguna sobre cómo se pueden articular esos procesos selectivos y el Ministerio se limitó a comentar los problemas y a especular sobre posibles formas de desarrollar estas ofertas de empleo público.

 

Como cuestiones previas, para CSIF:

 

  • Este tema es lo suficientemente serio como para que no se sustancia en una mera exposición verbal, sino que el Ministerio debe dar traslado por escrito de sus propuestas para que puedan ser analizadas de forma adecuada. Así se ha comprometido el Ministerio a requerimiento de CSIF para evitar especulaciones o interpretaciones erróneas.

 

  • CSIF no va a hacer valoraciones concretas ni a especular sobre unas meras ideas expuestas ayer por el Ministerio de Justicia.

 

  • Las organizaciones sindicales acordaron, el pasado 5 de julio, con el Gobierno un nuevo proceso de estabilización que se plasmó en el RD ley 14/2021.

 

  • La ley 20/2021, en vigor desde el pasado 29 de diciembre, no ha sido negociada con las organizaciones sindicales y es fruto del trámite parlamentario y de la negociación entre el Gobierno y los diferentes grupos parlamentarios.

 

Recae pues sobre el propio Gobierno, en este caso el Ministerio de Justicia, la responsabilidad de tomar la iniciativa sobre esta cuestión y exponer por escrito, cómo va a aplicar esta ley a los procesos selectivos pendientes empezando por la identificación de todas y cada una de las plazas vacantes existentes.

 

Para CSIF:

 

  • los procesos selectivos deben respetar los principios constitucionales de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.  

 

  • la ley plantea muchas dudas sobre su desarrollo y problemas de legalidad ordinaria y constitucional.

 

  • la Administración tiene la obligación de garantizar la seguridad jurídica de los procesos selectivos para evitar que puedan ser tumbados por los Tribunales de Justicia.

 

  • los procesos selectivos de estabilización deben respetar el derecho a la promoción interna, incluyendo la promoción interna extraordinaria acordada para la OEP 2019, y a la movilidad voluntaria.

 

  • los procesos selectivos por concurso oposición de las OEP 2017-18 han sido avalados por los tribunales por lo que el acuerdo firmado el 5 de diciembre de 2018 en el Ministerio de Justicia son una buena base para afrontar el nuevo concurso oposición de estabilización establecido en la ley 20/2021. Dicho acuerdo, además, se adapta a los requerimientos que para el concurso oposición establece la propia ley.

 

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