Gestión promoción interna: nombramientos y adjudicación de destinos

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8 de enero de 2021

-CSIF te ayuda con una guía explicativa de los plazos y de la forma de tomar posesión o solicitar la excedencia por permanecer en el Cuerpo actual.

Tal y como se anunció, el BOE de hoy publica los nombramientos de los aspirantes aprobados en el proceso selectivo de la OEP 2017-18 al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por el turno de promoción interna. 

Asimimismo se publica la adjudicación de destinos por ámbitos territoriales SALVO la Comunidad de Madrid que publicará los listados el día 15 de enero según informó la Dirección General de Justicia de esa comunidad hace unos díasCSIF ha exigido al Ministerio y a la Comunidad de Madrid que aclaren como se va a aplicar el art. 29.1 del RD 1451/2005 que establece que el plazo de toma de posesión será de 20 días hábiles siguientes a la publicación en el BOE de los nombramientosunos nombramientos que se publican hoy para todos los ámbitos territoriales incluido el de la Comunidad de Madrid. 

ATENCIÓN: los interesados deben examinar la resolución de adjudicación de destinos de la Comunidad autónoma donde se haya obtenido destino por si hubiera alguna modificación de la forma de toma de posesión respecto de lo anunciado por el Ministerio de Justicia

Accede al BOE 

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CSIF te ayuda: GUÍA PRACTICA SOBRE TOMA DE POSESIÓN. Turno promoción interna Gestión procesal y administrativa

* Nota.- esta guía se ha redactado conforme al borrador colgado en la web del Ministerio de Justicia. Sólo la resolución colgada en el BOE en cada ámbito tiene validez jurídica.

Conforme a la información facilitada por el Ministerio de Justicia a CSIF, se publica en el BOE de hoy 8 de enero, la adjudicación definitiva de destinos y nombramiento de los aspirantes que superaron el proceso selectivo correspondiente a la Oferta de empleo Público de 2017-18 del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. (salvo Madrid)

 

Plazo de toma de posesión: 20 días hábiles.  NO se trata de un permiso retribuido de 20 días sino de un plazo, dentro del cual, hay que realizar el acto de toma de posesión.

 

Forma de toma de posesión: Dado que los aprobados por este turno son ya funcionarios de carrera en el cuerpo de auxilio o tramitación según el caso, para impedir que se produzcan vacíos en la continuidad de servicios en la Administración de Justicia se dispondrá de un permiso retribuido de:

 

  • 1 día si se toma posesión en destino de la misma localidad en la que se está destinado.
  • 2 días si se trata de localidad distinta de la que se está destinado.
  • hasta 3 días si se trata de localidad distinta situada en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla.

 

Este permiso deberá disfrutarse dentro de los 20 días establecidos para la toma de posesión y tiene como única finalidad la de realizar el acto de toma de posesión en el lugar que se establezca por el Ministerio de Justicia o por el departamento de la Comunidad autónoma en sus respectivos ámbitos territoriales de competencia.

 

Una vez se haya tomado posesión: se dispondrá de un permiso retribuido de: (Disposición 5ª del  RD 364/1995 de 10 de marzo)

 

  • 3 días si la toma de posesión NO IMPLICA cambio de lugar de residencia
  • 1 mes si la toma de posesión IMPLICA cambio de lugar de residencia

 

Además, la Gerencia o CCAA donde se haya tomado posesión será la encargada de comunicar a la del destino anterior la toma de posesión para que se pase a la situación de excedencia en el Cuerpo inferior.

 

Además, quienes tomen posesión deberán modificar los datos que correspondan en la delegación de MUGEJU de la provincia de destino.

 

En relación con su régimen de jubilación, quienes tomen posesión seguirán en el mismo régimen (clases pasivas o régimen general de Seguridad Social) en el que estaban en el cuerpo de origen.

 

Si se prefiere permanecer en activo en el cuerpo de origen (auxilio o tramitación):

 

No será necesario que se trasladen al lugar del destino adjudicado, sino que basta con que lo comuniquen a la gerencia u órgano competente de la Comunidad autónoma donde radique el destino a los efectos de quedar en situación de excedencia del artículo 506 letra d de la LOPJ. Será esta administración la que deba remitir copia de la resolución de declaración de excedencia al Registro Central de Personal.

 

Además, con el objeto de ordenar las plazas a ofertar al turno libre se deberá emitir el Anexo II de la Orden por correo electrónico concursos.admonjusticia@mjusticia.es en el plazo de 5 días hábiles siguientes a la publicación de la orden de adjudicación de plazas y nombramiento en el BOE.

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