UVA. PAS funcionario. Concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos C1 y C2 vacantes. BOCYL 24/03/2022.

  • Empleo
  • Oposiciones
  • Puesto de Trabajo y Categoría Profesional
  • Personal de Universidad

24 de marzo de 2022

Modificación del Anexo I BOCYL 04/04/2022.


UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal Funcionario de Administración y Servicios.

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se modifica el Anexo I de las Bases de la convocatoria que rigen el concurso de méritos, convocado por Resolución de 16 de marzo de 2022, para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal Funcionario de Administración y Servicios.

 


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal Funcionario de Administración y Servicios.

Vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal de administración y servicios funcionario de esta Universidad los puestos detallados en el Anexo I de esta Resolución, dotados presupuestariamente y cuya provisión corresponde llevar a efecto por el sistema de concurso, este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (B.O.E. del 13 de abril), los Estatutos de la Universidad de Valladolid (Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, B.O.C. y L. de 31 de diciembre, B.O.E. de 22 de enero, de la Junta de Castilla y León) y de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público –en adelante EBEP–, la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, el Reglamento para la provisión mediante concurso de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Valladolid, (aprobado por el Consejo de Gobierno el 1 de marzo de 2013, B.O.C. y L. del 14, modificado por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno el 9 de febrero de 2021, B.O.C. y L. del 17) –en adelante RPC-PAS–, el Reglamento de la Comisión de Reclamaciones del personal funcionario de administración y servicios, (Resolución Rectoral de 2 de diciembre de 2005, B.O.C. y L. del 19), el Convenio de Colaboración suscrito entre las Universidades de Castilla y León para la provisión de puestos de trabajo de funcionarios de administración y servicios de fecha 9 de octubre de 2002 (B.O.C. y L. del 29), –en adelante Convenio de Colaboración entre las Universidades de Castilla y León–, la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. de 19 de abril), supletoriamente, en lo no regulado por las normas anteriores, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General de Estado, y por lo dispuesto en las presentes bases, ha dispuesto:

Convocar concurso de méritos para proveer los puestos de trabajo de personal de administración y servicios funcionario que se relacionan en el Anexo I de esta Resolución y que se desarrollará con arreglo a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Base 1.– Requisitos y condiciones de participación.

1.1.– El presente concurso de méritos, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente RPC-PAS y en el Convenio de Colaboración entre las Universidades de Castilla y León, se desarrollará en tres fases:

  • 1ª. Fase de Vacantes: en la que podrán solicitarse todos aquellos puestos de trabajo incluidos en el Anexo I de la presente Resolución.
  • 2ª. Fase de Resultas: en la que podrán solicitarse aquellos puestos de trabajo que hubieren resultado vacantes como consecuencia de la adjudicación a sus titulares de alguno de los puestos de trabajo contenidos en el Anexo I de esta Resolución.
  • En el procedimiento para la adjudicación de puestos en la fase de resultas se aplicarán los mismos requisitos, criterios y méritos que en la fase de adjudicación de vacantes.
  • 3ª. Otras Universidades Públicas: concluidas las anteriores, se resolverán las solicitudes presentadas por los funcionarios que desempeñen puestos con carácter definitivo en cualquiera de las Universidades Públicas de Castilla y León, en los términos previstos en el apartado 1.5 de estas Bases.

1.2.– Podrán participar en la primera y segunda fase del concurso de méritos los funcionarios de carrera de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid que se encuentren en la situación administrativa de servicio activo, pertenecientes a los cuerpos y escalas clasificados en los subgrupos C1 y C2 establecidos en el artículo 76 del EBEP. Igualmente, podrán participar los funcionarios de carrera de Administración y Servicios de la Universidad de Valladolid, pertenecientes a estos subgrupos, que se encuentren en las situaciones administrativas de servicios especiales, servicios en otras Administraciones Públicas, expectativa de destino o excedencia acordada por el Sr. Rector Magnífico, a fin de obtener el reingreso al servicio activo en el correspondiente cuerpo o escala de pertenencia, excepto los suspensos firmes que no podrán participar mientras dure la suspensión, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la convocatoria, en la fecha que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación.

1.3.– Los funcionarios de carrera de la Universidad de Valladolid en excedencia por interés particular, agrupación familiar, cuidado de familiares y violencia de género, así como los procedentes de la situación de suspenso acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas.

1.4.– Deberán tomar parte en el concurso, tanto en la primera fase de vacantes, y en el caso de no obtener puesto, en la segunda fase de resultas, los funcionarios de carrera de administración y servicios que tengan atribuido mediante adscripción provisional el desempeño de un puesto de trabajo en la Universidad de Valladolid o que se encuentren en la situación de excedencia forzosa, estando obligados a solicitar todos los puestos a los que tuvieran posibilidad de acceder correspondientes al campus al que perteneciera el último puesto de trabajo desempeñado.

No obstante lo anterior, excepcionalmente, los funcionarios de carrera que se encuentren en adscripción provisional por supresión de su puesto de trabajo como consecuencia de la ejecución de la Relación de Puestos de Trabajo o por reingreso, tendrán la obligación de solicitar únicamente aquellos puestos de nivel igual o superior al puesto desempeñado actualmente.

Del mismo modo, los funcionarios de carrera de otros cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas que no tengan suscrito el correspondiente convenio o acuerdo con la Universidad de Valladolid para facilitar la movilidad del personal funcionario de administración y servicios, que se encuentren en servicio activo o en cualquier otra situación que conlleve el derecho a reserva del puesto de trabajo y destino provisional en la Universidad de Valladolid podrán participar en el concurso solicitando, si reúnen los requisitos de desempeño previstos en la Relación de Puestos de Trabajo, todas las vacantes convocadas correspondientes a su subgrupo de pertenencia.

No podrán participar en el presente concurso y, por lo tanto, quedan exceptuados aquellos funcionarios de cuerpos o escalas de otras administraciones públicas que estén desempeñando en la Universidad de Valladolid puestos de trabajo obtenidos mediante el sistema de libre designación.

Los puestos de trabajo incluidos en la relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario y Eventual de la Universidad de Valladolid, cuyo procedimiento de provisión sea el concurso o el concurso específico, no serán accesibles al personal perteneciente a cuerpos o escalas ajenos a esta institución y que hubieran accedido a puestos de trabajo en la misma por el procedimiento de libre designación.

1.5.– De conformidad con lo establecido en el Convenio de Colaboración entre las Universidades de Castilla y León, podrán participar en la tercera fase del concurso de méritos los funcionarios de carrera con destino definitivo en las Universidades de Castilla y León, que cumplan los requisitos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo y restante normativa de aplicación.

En virtud de lo dispuesto en la vigente Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario de administración y servicios de la Universidad de Valladolid, únicamente podrán ser ofertados a este personal aquellos puestos que figuran en la misma con la observación «(1)». Concluidas las dos primeras fases a que se hace referencia en la Base 1, en cumplimiento de lo dispuesto en las estipulaciones Tercera y Sexta del Convenio de Colaboración entre las Universidades de Castilla y León, a la vista de las vacantes resultantes en la primera fase, se procederá a la resolución de la adjudicación de un máximo de 5 puestos para su cobertura en esta tercera fase.

Las valoraciones otorgadas por la Comisión de Valoración a los aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido y el orden de preferencia de solicitud de los puestos –que hayan hecho constar en la instancia de participación y se encuentren vacantes tras la primera fase– determinará la adjudicación de estos.

Los empates que pudieran producirse en la puntuación obtenida por los aspirantes se resolverán según lo estipulado en la base 6.2 de esta resolución.

1.6.– Cuando dos funcionarios estén interesados en obtener puestos de trabajo en este concurso en un mismo municipio, pueden condicionar en la solicitud sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos. Deberán acompañar a su solicitud copia de la petición del otro funcionario.

1.7.– Los funcionarios participantes con alguna discapacidad, debidamente acreditada, podrán instar en la solicitud de vacantes la adaptación del puesto o puestos solicitados siempre que no suponga una modificación exorbitante en el contexto de la organización.

La procedencia de la adaptación del puesto de trabajo a la discapacidad del solicitante, sin que ello suponga detrimento para la organización, así como, en su caso, la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto en concreto, serán apreciadas por la Comisión de Valoración, a propuesta del centro directivo donde radica el puesto, la cual podrá recabar el dictamen de los órganos técnicos correspondientes.

Base 2.– Procedimiento de provisión.

Para la valoración de los méritos alegados, se tomará para su cómputo como fecha límite la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación fijado en la base 3.1 para la fase de vacantes, independientemente de la fase a la que opte el aspirante. La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos convocados se ajustará al baremo establecido en el RPC-PAS, según se indica a continuación:

2.1.– Concurso de Méritos.

Este procedimiento será aplicable, en todo caso, para los puestos cuyo nivel de complemento de destino sea igual o inferior a 21. Los méritos se valorarán, hasta un máximo de 75 puntos, de acuerdo con lo establecido en los siguientes epígrafes:

2.1.1. Antigüedad. Máximo 25 puntos.

La antigüedad, incluidos los servicios previos reconocidos en los términos de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de Reconocimiento de Servicios Previos en la Administración Pública, de acuerdo con la siguiente escala:

  • – Por servicios prestados en la Administración Pública, 0,06 puntos por mes trabajado.
  • – En los puestos adscritos indistintamente a dos subgrupos o más de clasificación, la puntuación anterior se incrementará en 0,03 puntos por mes completo de servicios prestados en el cuerpo o escala del subgrupo superior.

2.1.2. Grado personal consolidado. Máximo 15 puntos.

El grado personal consolidado se valorará de acuerdo con la siguiente escala:

Grado Personal

Máximo 15 puntos

Nivel 15

0,5

Nivel 16

1,0

Nivel 17

2,0

Nivel 18

3,0

Nivel 19

4,0

Nivel 20

5,0

Nivel 21

6,0

Nivel 22

7,0

Nivel 23

8,0

Nivel 24

9,0

Nivel 25

10,0

Nivel 26

11,0

Nivel 27

12,0

Nivel 28

13,0

Nivel 29

14,0

Nivel 30

15,0

 

Cuando el concursante no posea un grado personal consolidado, se considerará a estos efectos, como grado, el nivel de complemento de destino mínimo del subgrupo de titulación en el que esté clasificado en la Relación de Puestos de Trabajo.

2.1.3. Valoración del trabajo desarrollado. Máximo 25 puntos.

Se valorará, al último día de presentación de solicitudes, el trabajo desarrollado hasta un máximo de 25 puntos en función del tiempo en el que se han desempeñado los puestos de trabajo y el nivel del complemento de destino de los mismos. Todo ello en razón a la siguiente valoración:

Esta valoración se otorga en función del coeficiente y el nivel de complemento de destino de los puestos desempeñados como funcionario de carrera en los últimos doce años.

La puntuación final obtenida será, por tanto, la suma de los productos resultantes de multiplicar 0,18 por el coeficiente respectivo de la tabla que se indica a continuación y por el número de meses completos en cada puesto, según el nivel.

Igual o superior nivel

Inferior en 1 o 2 niveles

Inferior en 3 o 4 niveles

Inferior en 5 o más niveles

1

0,75

0,45

0,12

 

Para los puestos que hayan sido suprimidos en la Relación de Puestos de Trabajo, se tendrá en cuenta el puesto que se desempeñaba hasta su supresión. En el caso de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados, se entenderá que éstos han sido desempeñados con el nivel que figure en la Relación de Puestos de Trabajo.

2.1.4. Cursos de formación. Máximo 7 puntos.

1. Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento realizados o impartidos con anterioridad a la fecha fin de presentación de solicitudes, que versen sobre materias directamente relacionadas con los cometidos propios del puesto de trabajo que se solicita, organizados por alguna Universidad o en colaboración con ella, el INAP, otros Organismos de las Administraciones Públicas y los organizados por los Sindicatos dentro de Acuerdo Nacional de Formación Continua.

2. Se otorgarán 0,02 puntos por hora, hasta un máximo de 1 punto por curso.

3. Los cursos de idiomas se valorarán hasta un máximo de 1 punto por cada idioma.

4. Los cursos de ofimática: Word, Access, Excel, PowerPoint, Publisher y Outlook, o equivalentes en otros sistemas operativos, se valorarán hasta un máximo de 1 punto por cada programa.

5. Cuando no figure en un curso el número de horas, se valorará con 1 hora de asistencia.

2.1.5. Titulación. Máximo 1 punto.

Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas por los concursantes, hasta un máximo de 1 punto, conforme a la siguiente escala:

– Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Graduado o equivalente: 1 punto.

– Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente: 0,5 puntos.

2.1.6. Otros méritos. Máximo 2 puntos.

Conciliación de la vida familiar y laboral. Máximo 2 puntos.

  • a) Valoración por destino previo del cónyuge o pareja de hecho inscrita legalmente, obtenido mediante convocatoria pública, en el Campus donde radica el puesto solicitado, siempre que se acceda desde una localidad distinta, 1 punto.
  • b) Valoración del cuidado de hijos: tanto por naturaleza, adopción o acogimiento permanente, hasta que el menor tenga 12 años, siempre que se acredite fehacientemente por el concursante que el desempeño del puesto de trabajo en la localidad donde radica el puesto solicitado permite una mejor atención del mismo, 1 punto.
  • c) Valoración del cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, cuando por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida, siempre que se acceda desde una localidad distinta a la del puesto solicitado y siempre que se acredite fehacientemente por los concursantes que el desempeño del puesto que se solicita permite una mejor atención del familiar, 1 puntos. Esta valoración es incompatible con la del apartado b).

Base 3.– Presentación de solicitudes y documentación a presentar por los aspirantes.

Para participar en el presente concurso los interesados deberán presentar solicitud de participación conforme a la base 3.1, en la que podrán señalar las siguientes fases:

  • – Fase de vacantes
  • – Fase de resultas
  • – Otras Universidades Públicas

3.1. Los interesados en participar en este concurso en la «Fase de Vacantes» o en la fase «Otras Universidades Públicas», dirigirán sus solicitudes al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Una vez dictada la Resolución Rectoral parcial por la que se resuelve el primer proceso de la fase de vacantes, los interesados en participar en el segundo proceso, «Fase de Resultas», deberán presentar sus solicitudes en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la mencionada Resolución prevista en la base 6.3.

En ambos casos, los concursantes deberán cumplimentar, por el sucesivo y consecutivo orden de preferencia, los puestos vacantes a los que opta referentes a la correspondiente fase, que se tramitará conforme a lo establecido en la presente base. Así mismo deberán adjuntar los documentos justificativos conforme se detalla en la base 3.3.

La falta de presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

A estos efectos deberá tenerse en cuenta la Resolución Rectoral de la Universidad de Valladolid, que pueda declarar periodos inhábiles a efectos del cómputo de plazos para las convocatorias y resoluciones de los procesos selectivos y de provisión de puestos de trabajo del personal de administración y servicios, convocadas por esta Universidad.

3.2. La presentación de la solicitud de participación, teniendo en cuenta la obligación de todos los miembros de la comunidad universitaria a relacionarse por medios electrónicos de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante –LPACAP– y con el Reglamento del Sistema de Registro de la Universidad de Valladolid (aprobado por el Consejo de Gobierno de 27 de mayo de 2020, B.O.C. y L. de 8 de junio) –en adelante RSRUVA– se efectuará:

Electrónicamente, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid que será accesible en la dirección «http://sede.uva.es», siguiendo consecutivamente los siguientes pasos:

  • 1.– Elegir la sección [CARPETA CIUDADANA].
  • 2.– Desde esta sección elegir una de las siguientes formas de acceso para llegar a la solicitud:
    • – Certificado digital.
    • – Usuario y contraseña de la Uva.
    • – Clave PIN o Permanente.
    • – RUS (Registro Unificado de Solicitantes).
  • 3.– Una vez se haya accedido, se continuará pulsando en [Iniciar Tramite].
  • 4.– Inicie el procedimiento seleccionando el trámite [Participación en concursos de Personal de Administración y Servicios, funcionario y laboral].

Deberán tenerse en cuenta las siguientes instrucciones generales para la cumplimentación de la solicitud:

  • 1. CONVOCATORIA: marcar «Concurso de Méritos de Funcionarios», señalando la fase, en la que desea participar «Fase Vacantes», «Fase Resultas» u «Otras Univ. Públicas».
  • 2. DATOS DEL/DE LA SOLICITANTE/Correo electrónico: indicar el correspondiente (obligatorio para el caso de notificación por medios electrónicos).
  • 5. DESTINOS SOLICITADOS POR ORDEN DE PREFERENCIA: relacione «Destino» y «Código» conforme al Anexo I.
  • 6. DOCUMENTOS QUE SE ACOMPAÑAN: Deberá relacionar los documentos que acompañan a la solicitud.

Asimismo, de conformidad con el –RSRUVA–, para la presentación electrónica de escritos, solicitudes y comunicaciones, así como en el supuesto de que deba presentarse ante el Registro Electrónico documentación adicional junto con la solicitud o posteriormente, ésta podrá incorporarse conforme al mencionado Reglamento.

3.3. En la solicitud los concursantes deberán cumplimentar, por el sucesivo y consecutivo orden de preferencia, los puestos vacantes a los que optan y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

3.3.1. Anexo III: Los méritos referidos a la antigüedad, grado personal y el trabajo se acreditarán mediante certificación del Servicio o Unidad según modelo que figura como Anexo III a la presente resolución, que se incorporará de oficio al expediente una vez confirmado por el interesado. Para la certificación de los servicios prestados en otras administraciones públicas, deberá aportarse el mencionado Anexo, junto con su solicitud en el plazo de presentación de solicitudes según figura en la base 3.1.

No obstante, aquellos funcionarios que participen en la tercera fase «Otras Universidades Públicas» del concurso de provisión provenientes de otras Universidades de Castilla y León tendrán que entregar, junto con la solicitud y demás documentación, este Anexo III, debidamente diligenciado.

3.3.2. Anexo IV:

La posesión de los méritos alegados se justificará con aquellos documentos que estén establecidos oficialmente a tal fin (certificaciones, títulos, diplomas, etc.), y que irán precedidos del Anexo IV.

Las titulaciones académicas y los cursos de formación deberán acreditarse mediante título, diploma, certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, donde figure el número de horas realizadas. No deberán acreditarse documentalmente aquellas titulaciones y cursos de formación que figuren registrados en el expediente administrativo del trabajador que obra en poder del Servicio de Gestión de PAS de esta Universidad, las cuales para ser valoradas por la Comisión de Valoración deberán ser, en todo caso, alegadas por los aspirantes. En el caso de los cursos de formación deberán ser alegados mediante un documento adjunto conforme el mencionado Anexo IV. Solo se valorarán los cursos de formación que cuenten con el correspondiente temario desarrollado durante el curso.

Los méritos referidos a «Otros méritos», base 2.1.6, se deberán hacer constar en el modelo que figura como Anexo IV, éstos estarán debidamente acreditados mediante los siguientes documentos:

  • – Certificado de empadronamiento para acreditar la convivencia.
  • – Copia de la declaración del IRPF para acreditar la dependencia económica del familiar al cargo.
  • – Copia de la declaración del IRPF del familiar a su cargo, si estuviera obligado a presentarla.

El resto de los méritos alegados se justificará con aquellos documentos que estén establecidos oficialmente a tal fin. Para el caso de aportación de dichos méritos en formato electrónico se estará a lo dispuesto, –base 3–, para la presentación de documentación adicional.

No serán tenidos en cuenta los méritos no alegados por el concursante, así como aquellos cuya acreditación documental no haya sido aportada de conformidad con lo dispuesto en la base 3.

3.4. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación de instancias fijado en el primer párrafo de la base 3.1. En ningún caso podrán ser valorados los méritos que pudieran ser alegados por los aspirantes una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes al que alude esta base.

3.5. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, y únicamente cabrá su modificación en el plazo señalado en la base 3.1, mediante la presentación de nueva solicitud, que anulará la anterior, en la que indiquen los puestos a los que se concursa.

Base 4.– Listas de Admitidos y Excluidos.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rectorado de esta Universidad dictará resolución por la cual hará pública la relación de aspirantes admitidos y excluidos al concurso de méritos, en sus correspondientes fases, indicando, en su caso, las causas de exclusión.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la correspondiente resolución en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes, que, dentro del plazo señalado, no subsanen los defectos o justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso de provisión.

La presentación de estas solicitudes de subsanación para la vía electrónica se efectuará teniendo en cuenta que habrá de cumplimentarse el modelo de «Solicitud General» que será accesible en la dirección «http://sede.uva.es», en la que habrá de seleccionarse la sección [REGISTRO ELECTRÓNICO].

4.2. Una vez finalizado el plazo indicado anteriormente, el Rectorado de esta Universidad dictará Resolución por la cual elevará a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, que será objeto de publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid. Dicha Resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la citada resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid. Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

4.3. En todo caso, tanto estas resoluciones como las mencionadas listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como los acuerdos de la comisión de valoración, de conformidad con el Reglamento de la Universidad de Valladolid por la que se implantan los medios electrónicos que facilitan el acceso de los ciudadanos a los servicios públicos de la Universidad y se crean la Sede Electrónica y el Registro Electrónico en la Universidad de Valladolid (aprobado por Resolución de 13 de junio de 2012 B.O.C. y L. de 26 de junio), se pondrán de manifiesto en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid (Tablón de Anuncios/PAS).

Base 5.– Comisión de Valoración y Comisión de Reclamaciones (artículos 195 y 196 de los de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, respectivamente).

5.1.– De conformidad con el artículo 195 de los Estatutos de la Universidad de Valladolid y el RPC-PAS, las comisiones de valoración de méritos estarán integradas por cinco miembros.

A la vista de las características de este proceso, las propuestas de adjudicación de los puestos de trabajo objeto del presente concurso serán efectuadas por una única comisión de valoración, que figura en el Anexo V de estas bases.

La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos en calidad de asesores que actuarán con voz, pero sin voto.

5.2. La Comisión de Reclamaciones (Reglamento de la Comisión de Reclamaciones del Personal Funcionario de Administración y Servicios, aprobado en Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2005, B.O.C. y L. de 19 de diciembre) es el órgano encargado de valorar las reclamaciones que se produzcan contra las propuestas de las comisiones de valoración.

Base 6.– Propuestas de valoración y resolución del concurso.

6.1. Una vez publicada la Resolución Rectoral por la que se elevan a definitivas las listas de admitidos y excluidos, la comisión de valoración comenzará con el proceso de valoración de las solicitudes presentadas por los aspirantes admitidos. La comisión de valoración hará pública las propuestas de valoración de méritos provisionales en las que los aspirantes dispondrán de un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de la referida publicación, para presentar las alegaciones que estimen oportunas en relación con las puntuaciones obtenidas. Examinadas las posibles reclamaciones la comisión procederá, en su caso, a corregir las correspondientes valoraciones de méritos y elevará las mismas al Sr. Rector Magnífico. Asimismo, serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, y en ellas se indicará la puntuación obtenida por los aspirantes en cada uno de los apartados objeto de valoración.

Contra las mencionadas propuestas el interesado podrá presentar reclamación en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica de la Universidad de Valladolid, ante el Sr. Rector Magnífico y ésta será valorada por la Comisión de Reclamaciones.

Este Órgano dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las reclamaciones para adoptar acuerdos en relación con las mismas. Durante dicho plazo podrá recabar información de la Comisión de Valoración. Dichos acuerdos, salvo manifiesta ilegalidad, serán vinculantes para el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid. De no dictarse Resolución Rectoral expresa en el plazo de dos meses desde la recepción de la reclamación, el interesado podrá entender desestimada la misma.

Contra las nuevas propuestas efectuadas por las comisiones de valoración en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión de Reclamaciones, no podrá volver a plantearse nueva reclamación ante dicho Órgano. La resolución rectoral agota la vía administrativa y será impugnable directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

6.2. La adjudicación del puesto vendrá determinada por la puntuación obtenida y el orden en la elección de puestos que el interesado haya hecho constar en su solicitud.

En el caso de que se produjera empate entre varios candidatos, se otorgará el puesto de trabajo al que hubiera obtenido mayor puntuación según el siguiente orden: trabajo desarrollado, grado personal consolidado, antigüedad, subgrupo de clasificación y cursos de formación. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en el cuerpo o escala más alto al que esté clasificado el puesto al que se concursa y de ser necesario, al número obtenido en el proceso selectivo.

6.3. Vista la propuesta de la comisión de valoración, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid dictará Resolución, que será objeto de publicación conforme a lo indicado en la base 4.3, por la que se adjudican provisionalmente los puestos de trabajo ofertados en la fase de vacantes y se acuerda, por una sola vez, la apertura del procedimiento de adjudicación de aquellos puestos que hubieren resultado vacantes como consecuencia de la adjudicación a sus titulares de otros puestos de trabajo en la mencionada fase. En la misma Resolución se hará constar expresamente el listado de los puestos de trabajo que se ofertan en la fase de resultas, que excluirá los puestos de niveles superiores al nivel 18, iniciándose el procedimiento para la resolución de esta fase de igual manera que para la fase de vacantes con la particularidad indicada en la base 3.1. respecto al plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso, aquellas personas que hayan obtenido una plaza en la «Fase de Vacantes» podrán solicitar en resultas el puesto desde el que hubiesen concursado. A continuación, se resolverá la tercera fase «Otras Universidades Públicas» de igual manera que para las anteriores fases.

6.4. Finalmente, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Valladolid dictará Resolución que pondrá fin al procedimiento. La citada Resolución será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León y servirá de notificación a los interesados.

La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso, deberán quedar acreditadas en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos.

6.5. El plazo para la resolución del Concurso será de máximo un año contado desde el día siguiente al de la finalización de presentación de solicitudes de participación previsto en el primer párrafo de la base 3.1. El transcurso del plazo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa tendrá efectos desestimatorios.

Base 7.– Toma de posesión y cese.

7.1. El destino adjudicado será irrenunciable salvo que antes de finalizar el plazo de posesión se hubiere obtenido otro destino definitivo mediante convocatoria pública, en cuyo caso podrá optar en el plazo máximo de dos días hábiles. Efectuada la opción, ocupará definitivamente el puesto no elegido el funcionario que, cumpliendo los requisitos, hubiese quedado en el siguiente lugar. Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio.

7.2. El cese en el puesto de trabajo se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de Castilla y León.

El Gerente determinará mediante Resolución la fecha de incorporación en el nuevo destino obtenido.

7.3. Excepcionalmente, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, el Gerente de la Universidad, mediante resolución motivada, podrá aplazar la fecha de cese hasta un máximo de un mes.

Base 8.– Base final.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 2.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, por los Estatutos de la Universidad de Valladolid.

En coherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Universidad, todas las denominaciones que en esta resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechos indistintamente en género femenino.

Valladolid, 16 de marzo de 2022.

El Rector, por delegación (RR. 26/08/2020, B.O.C. y L. del 02/09/2020), El Gerente

Fdo.: Julio Ignacio García Olea

ANEXO I

CAMPUS DE VALLADOLID

N.º

CÓDIGO

DESTINO

CENTRO

NIVEL

C. ESPECÍF.

JORN.

SUBGR.

DESCRIPCIÓN

OBSERV.

1

F0AE406

01000AT

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo.

(1)-(14)

2

F0AA403

01000JY

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO INFORMACION PRACTICAS ESTUDIANTES

SERVICIO INFORMACION PRACTICAS ESTUDIANTES

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

3

F0AH407

01000AX

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO GESTION PERSONAL ADMON Y SERV

SERVICIO GESTION PERSONAL ADMON Y SERV

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

4

F0AE059

01000AU

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

5

F0AE055

01000AU

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

6

F0AE058

01000AU

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

SERVICIO CONTABILIDAD Y PRESUPUESTOS

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

7

F0AA035

01000AQ

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO ALUMNOS Y GESTION ACADEMICA

SERVICIO ALUMNOS Y GESTION ACADEMICA

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

8

F0AE052

01000AT

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

9

F0AG485

01000AT

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

10

F0AG267

10000CG

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

DECANATO FACULTAD DE MEDICINA

FACULTAD DE MEDICINA

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

11

F0AG373

7K5506L

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE PEDIATRÍA E INMUNOLOGÍA, OB GNE, N BR, HC

FACULTAD DE MEDICINA

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

12

F0AG340

7K2104B

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA FINANCIERA Y CONTABILIDAD

FAC CC EE EMPRESARIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

13

F0AG371

8K5304E

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO ORGANIZACION DE EMPRESAS Y CIM/SECCIONES DEPARTAMENTALES

FAC CC EE EMPRESARIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

N.º

CÓDIGO

DESTINO

CENTRO

NIVEL

C. ESPECÍF.

JORN.

SUBGR.

DESCRIPCIÓN

OBSERV.

14

F0AA238

31000EB

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA FACULTAD DE DERECHO

FACULTAD DE DERECHO

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

15

F0AA239

31000EB

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA FACULTAD DE DERECHO

FACULTAD DE DERECHO

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

16

F0AG330

7K1403C

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO MERCANTIL, DERECHO DEL TRABAJO E INTERNACIONAL PRIVADO

FACULTAD DE DERECHO

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

17

F0AG329

7K1303B

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DERECHO CONSTITUCIONAL , PROC ECL EST

FACULTAD DE DERECHO

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

18

F0AA245

31000EC

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SECRETARIA ADMINISTRATIVA FACULTAD DE EDUCACIÓN Y TRABAJO SOCIAL

FACULTAD DE EDUCACIÓN Y TRABAJO SOCIAL

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

19

F0AG333

8K1702A

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DIDACTICA EXPRESIÓN MUSICAL, PC/SECCIONES DEPARTAMENTALES

FACULTAD DE EDUCACION Y TRABAJO SOCIAL

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

20

F0AA241

31000KE

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA ETS ING TELEC/ES ING INFORMAT

ETS ING TELEC/ES ING INFORMAT

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

21

F0AG342

7K2205C

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

ETS ING TELEC/ES ING INFORMAT

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

22

F0AG359

7K4109C

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE INFORMÁTICA (ATC,CCIART,LSSSI)

ETS ING TELEC/ES ING INFORMAT

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

23

F0AA234

31000KP

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA ESC ING INDUSTRIALES

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

24

F0AG271

45000IN

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

BIBLIOTECA ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(14)

25

F0AG326

7K0708R

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO CIENCIA DE LOS MATERIALES E INGENIERÍA METALÚRGINA, EGI, IC, GF, IMIP-EII

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

26

F0AG389

91000KR

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

SECCIONES DEPARTAMENTALES

ESCUELA INGENIERÍAS INDUSTRIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

N.º

CÓDIGO

DESTINO

CENTRO

NIVEL

C. ESPECÍF.

JORN.

SUBGR.

DESCRIPCIÓN

OBSERV.

27

F0AG385

91000KR

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

SECCIONES DEPARTAMENTALES

ESCUELA DE INGENIERÍAS INDUSTRIALES

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

28

F0AG349

7K3105E

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE FÍSICA APLICADA

FACULTAD DE CIENCIAS

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

29

F0AG356

7K3901B

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTODE HISTORIA DEL ARTE

FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

30

F0AG357

7K4001C

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO HISTORIA MODERNA, CONTEMPORANEA Y DE AMERICA, PER CD

FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

31

F0AG366

7K5000F

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO DE LITERATURA ESPAÑOLA Y TEORÍA DE LA LIT. L.C.

FACULTAD DE FILOSOFIA Y LETRAS

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

32

F0AG360

8K4307D

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

DEPARTAMENTO CONSTRUC ARQUITECTÓNICAS, ITMM TE/SEC DPS

ETS ARQUITECTURA

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

33

F0AG118

09000BV

SECRETARIO/A

UNIDAD INSTITUTO DE BIOLOGIA GENET MOL

UNIDAD INSTITUTO DE BIOLOGIA GENET MOL

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

 

CAMPUS DE PALENCIA

N.º

CÓDIGO

DESTINO

CENTRO

NIVEL

C. ESPECÍF.

JORN.

SUBGR.

DESCRIPCION

OBSERV.

34

F0AG720

91002HV

SECRETARIO/A ADMINISTRATIVO/A

UNIDAD DE APOYO A DEPARTAMENTOS(PA)

ETS DE INGENIERÍAS AGRARIAS (PA)

18

7.748,52

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Departamento.

(14)

NOTA: (1).–Base 1.5 de la convocatoria

(1) Puesto susceptible de ser incluido en las convocatorias de concursos en cumplimiento del convenio de colaboración entre las Universidades de Castilla y León, de fecha, 23/10/2002.

(14) Puesto afectado por la Disposición Adicional Única de la RR. de 10/02/21, por la que se modifica el Reglamento para la provisión, mediante concurso, de puestos de trabajo de personal funcionario de Administración y Servicios de la UVa.

ANEXO II

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN CONCURSOS PAS FUNCIONARIO Y LABORAL

ANEXO III

anexo iv

ALEGACIÓN DE MÉRITOS

ANEXO V

COMISIÓN DE VALORACIÓN

CONCURSO MÉRITOS PERSONAL FUNCIONARIO. SUBGRUPOS C1 Y C2

COMISIÓN TITULAR:

PRESIDENTE/A

Aurea Paloma Modroño Vázquez

SECRETARIO/A

Ana Isabel Puente Rodríguez

VOCAL

María Visitación Calzada Llamas

VOCAL

María Isabel Sánchez Giménez

VOCAL

María Fabiola Fiz Martín

 

COMISIÓN SUPLENTE:

PRESIDENTE/A

César Julián Cerezo Pérez

SECRETARIO/A

José Ramón Canet Ortigosa

VOCAL

Julia Bachiller Gordillo

VOCAL

Sergio Moratinos Salcines

VOCAL

José María Arroyo Oliveros

 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VALLADOLID

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, por la que se modifica el Anexo I de las Bases de la convocatoria que rigen el concurso de méritos, convocado por Resolución de 16 de marzo de 2022, para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los Subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal Funcionario de Administración y Servicios.

Mediante Resolución Rectoral de fecha 16 de marzo de 2022, –publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León del 24 de marzo de 2022–, fue convocado concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo de personal Funcionario de Administración y Servicios. Como Anexo I de la mencionada convocatoria se relacionan los puestos de trabajo de personal de administración y servicios que van a ser objeto de provisión.

La Resolución de 15 de marzo de 2022, del Rectorado de la Universidad de Valladolid, B.O.C. y L. de 23 de marzo, ordena la publicación de diversas modificaciones de la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario y Eventual de Administración y Servicios. Las modificaciones efectuadas en la vigente Relación de Puestos de Trabajo de Personal Funcionario y Eventual de Administración y Servicios de esta Universidad, aprobadas en sesiones del pasado 25 de febrero y 11 de marzo de 2022 del Consejo de Gobierno y Consejo Social, respectivamente, afectan a uno de los puestos de trabajo que se incluyen en el Anexo I de la citada convocatoria, concretamente al Puesto Base de Administración, nivel 18, con código RPT: F0AE052 que se transforma en Jefe/a de Negociado, nivel 21.

Considerando que, el objeto de la convocatoria es la provisión de los puestos vacantes pertenecientes a los cuerpos y escalas clasificados en los subgrupos C1 y C2 de nivel 18, procede modificar el Anexo I de las bases de la convocatoria para adecuar su contenido conforme a la modificación efectuada en la RPT, manteniéndose el resto de puntos con la misma redacción.

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por Acuerdo 111/2020, de 30 de diciembre, de la Junta de Castilla y León,

RESUELVE

Primero: Modificar el Anexo I de las bases de la convocatoria que han de regir la provisión de puestos de trabajo adscritos a los subgrupos C1 y C2 vacantes en la relación de puestos de trabajo, cuya convocatoria fue aprobada mediante Resolución Rectoral, de fecha 16 de marzo de 2022 (B.O.C. y L. del 24), siendo que, en el Anexo I de la Resolución Rectoral de 16 de marzo de 2022:

Donde dice:

8

F0AE052

01000AT

PUESTO BASE DE ADMINISTRACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

SERVICIO DE APOYO A LA INVESTIGACION

18

6.583,68

M

C1/C2

Desempeño de tareas de apoyo administrativo en el Servicio.

(1)-(14)

 

Debe decir:

[Sin contenido]

Segundo: La presente corrección de errores no reabre el plazo de presentación de solicitudes.

Tercero: Los aspirantes que hayan presentado solicitud de participación que afecte al puesto F0AE052, esta no será tenida en cuenta manteniéndose el orden respecto al resto de puestos solicitados.

Cuarto: Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 2.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de Valladolid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Valladolid, 25 de marzo de 2022.

El Rector, por delegación (RR. 26/08/2020, B.O.C. y L. del 02/09/2020), El Gerente

Fdo.: Julio Ignacio García Olea

COMPARTIR