Ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de CyL. Curso 2023-24. BOCYL 17/11/2023.
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17 de noviembre de 2023

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
EXTRACTO de la Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2023-2024.
I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
C. SUBVENCIONES
C.2. CONVOCATORIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
EXTRACTO de la Orden de 14 de noviembre de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León durante el curso académico 2023-2024.
BDNS (Identif.): 726968.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/726968)
Asimismo, la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es/universidad).
Primero.– Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos generales:
- a) Estar matriculado en alguna universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso 2023-2024.
- b) Cursar enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos oficiales de grado o de máster universitario.
- c) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de las enseñanzas universitarias oficiales para las que se solicita la ayuda.
- No obstante lo dispuesto en este apartado c), quienes estén en posesión de un título oficial de grado que haya sido adscrito al nivel 3 (máster) del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), o en posesión de un título oficial de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o diplomado que haya obtenido la correspondencia con el nivel 3 (máster) del MECES, podrán ser beneficiarios de ayuda para cursar enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de un título de máster universitario.
- d) Haber resultado beneficiario de la beca de matrícula para el curso académico 2023-2024, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios, convocada mediante la Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Educación.
2. Asimismo, para poder ser beneficiario de estas ayudas, los alumnos que soliciten las mismas, deben cumplir con el requisito de estar empadronado en un municipio de Castilla y León.
Segundo.– Objeto.
1. Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en una universidad pública o privada de Castilla y León durante el curso académico 2023-2024, en las modalidades y para los destinatarios siguientes:
- a) Aprovechamiento académico para los alumnos que cursen segundo y posteriores cursos de enseñanzas universitarias oficiales de grado y para quienes cursen enseñanzas universitarias oficiales de máster universitario.
- b) Renta para los alumnos de todos los cursos de enseñanzas universitarias oficiales de grado.
2. Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta convocatoria las ayudas para la realización de enseñanzas de régimen especial, estudios correspondientes a doctorado, cursos de adaptación al grado (complementos de formación), así como cursos de especialización y títulos propios de las universidades.
Tercero.– Bases reguladoras.
Orden EDU/1268/2023, de 6 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio a los alumnos que cursen estudios universitarios en la Comunidad de Castilla y León (publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 217, de 13 de noviembre).
Cuarto.– Cuantía.
La cuantía global máxima del crédito asignado a estas ayudas será de cuatro millones ochocientos mil euros (4.800.000 €), distribuidos de la siguiente manera:
- a) Dos millones seiscientos cincuenta mil euros (2.650.000 €) destinados a financiar la modalidad de aprovechamiento académico.
- b) Dos millones ciento cincuenta mil euros (2.150.000 €) destinados a financiar la modalidad de renta.
Para la modalidad de aprovechamiento académico, la ayuda para cada beneficiario no podrá ser, en ningún caso, inferior a un euro (1 €) ni superior a diez euros (10 €) por crédito superado en el curso 2022/2023.
Para la modalidad de renta, la ayuda para cada beneficiario no podrá ser inferior a cien euros (100 €) ni superior a trescientos cincuenta euros (350 €).
Quinto.– Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto de la orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid, 14 de noviembre de 2023.
La Consejera,
Fdo.: Rocío Lucas Navas