Ayudas complementarias destinadas al alumnado de FP de grado superior beneficiario del programa Erasmus+. Modificación de las Bases reguladoras. BOCYL 04/07/2023.

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4 de julio de 2023


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/821/2023, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo».


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.1. BASES REGULADORAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/821/2023, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo».

Mediante Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo».

A través de las convocatorias de ayudas realizadas a partir de la aprobación de las citadas bases, cada uno de los alumnos o alumnas de formación profesional de grado superior beneficiario de una beca del programa Erasmus+ recibe de la Consejería de Educación una ayuda complementaria para incentivar su participación en proyectos de movilidad europeos, dado que la cuantía de la beca inicialmente concedida es notablemente inferior a la que recibe el alumnado de ciclos formativos de grado medio para el mismo fin.

En este momento, la Consejería de Educación consciente de la importancia de establecer un Espacio Europeo de Educación en el que las fronteras no obstaculicen el aprendizaje, sigue incidiendo en la necesidad de impulsar el programa Erasmus+, de eficacia probada, entre el alumnado de formación profesional y de llegar a aquellas personas con menos oportunidades, fomentando la igualdad entre ellas. Este impulso se va reflejar en un incremento de las cuantías destinada a las ayudas complementarias para el alumnado de formación profesional, apostando por beneficiar al mayor porcentaje posible de este alumnado.

En atención a lo indicado y a fin de que el citado incremento no altere el carácter complementario de estas ayudas con las becas concedidas en el marco del programa Erasmus+, se considera necesaria la modificación de la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, para establecer un límite razonable en la cuantía individual de la ayuda de forma que no exceda de la cuantía de la citada beca.

De conformidad con lo establecido en el artículo 76.2, en relación con el artículo 75, de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la tramitación de esta orden se han sustanciado los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública, a través de su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León. Asimismo, se ha recabado dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León, de conformidad con el artículo 8.1.a) de la Ley 3/1999, de 17 de marzo, del Consejo Escolar de Castilla y León.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 6 y 7.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo».

Se modifica el apartado 2 del artículo 3 de la Orden EDU/481/2019, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas complementarias destinadas al alumnado de formación profesional de grado superior de la Comunidad de Castilla y León que haya resultado beneficiario de las becas del programa Erasmus+ de movilidad para prácticas entre países del programa, para realizar el módulo de «Formación en centros de trabajo», en los siguientes términos:

«2. La cantidad que se conceda a cada beneficiario será la resultante de multiplicar el importe mensual de la ayuda, obtenida con arreglo a lo dispuesto en el apartado 1, por el número de meses, o fracción, de la estancia prevista, con un máximo de tres meses, sin que en ningún caso la cuantía de la ayuda complementaria exceda la cuantía de la beca concedida en el marco del programa Erasmus+ y sin que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.»

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 23 de junio de 2023.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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