Programa Conciliamos verano 2023. Convocatoria.

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29 de mayo de 2023


Convocatoria del programa “Conciliamos 2023” dirigido a la atención lúdica a los niños y niñas escolarizados durante el período vacacional, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias castellanas y leonesas. El período de Conciliamos en verano será del 26 de junio al 31 de agosto de 2023.

En el primer periodo, podrán solicitarse las semanas comprendidas desde el 26 de junio hasta el 28 de julio.

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

Con carácter general deberán cumplir los siguientes requisitos:

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¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?

La solicitud se cumplimentará necesariamente a través de la aplicación web donde estarán disponibles también la relación de las entidades locales que participan en el programa y la relación de las entidades financieras en las que hacer efectiva la cuota correspondiente.

Para cumplimentar la solicitud solo será necesario disponer de un usuario y contraseña que podrá obtenerse al acceder a la aplicación.

Una vez cumplimentada, la aplicación asignará un número de identificación de cada solicitud. No se admitirá ninguna solicitud en la que no figure el número de referencia. Una vez comprobado que se ha asignado ese número, podrá presentarse y registrarse conforme lo establecido.

En un único formulario deberán solicitarse plazas para todos los niños de la misma unidad familiar y se deberá indicar las semanas en las que desean participar y, por orden de preferencia, la instalación para la que se solicita plaza en el programa. 

Las solicitudes se dirigirán a los Gerentes Territoriales de Servicios Sociales, de la provincia correspondiente al centro que se solicite. Con la solicitud deberán anexarse la DOCUMENTACIÓN que se relacionan a continuación, siempre y cuando no se opongan expresamente, en la nueva solicitud, a la consulta de la información:

Descarga del documento tipo PDF Documentación a presentar. Abre una nueva ventana Documentación a presentar (100 kbytes)

¿QUÉ PLAZO TENGO PARA SOLICITARLO?

Desde el 29 de mayo de 2023 hasta el 6 de junio de 2023

Más Detalles:

En este primer periodo podrán solicitarse las semanas comprendidas desde el 26 de junio hasta el 28 de julio de 2023.

TE INTERESA SABER:

 Programa «Conciliamos 2023»: información general

Contenido:

El programa tiene por objeto prestar un servicio de atención lúdica a los niños y niñas escolarizados durante los períodos vacacionales de Carnaval, Semana Santa, Verano y Navidad, con la finalidad de favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias castellanas y leonesas.

«Conciliamos 2023» se ofertará en las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León que ya participaron en el programa en 2022, siempre y cuando estas entidades no manifiesten lo contrario, así como en aquellas otras nuevas que se adhieran al mismo a lo largo del año 2023. Cada entidad local determinará los periodos vacacionales en que ofertará el programa así como las instalaciones donde tendrán lugar las actividades.

El programa se celebrará siempre que el número de niños o niñas sea:

  • 15 niños o niñas en municipios de más de 20.000 habitantes.
  • 8 niños o niñas en municipios de entre 20.000 y 3.000 habitantes.
  • 5 niños o niñas en municipios de menos de 3.000 habitantes.

Cuando los periodos vacacionales se dividan por semanas, el programa sólo se celebrará en la semana o semanas que hayan alcanzado el número mínimo de participantes anteriormente establecido.

Para determinar el número de usuarios requerido solo se tendrán en cuenta las solicitudes válidamente presentadas y que cumplan con todos los requisitos de la convocatoria.

Los períodos de funcionamiento del programa «Conciliamos 2023» serán:

  1. Carnaval: Comprenderá los días 20 y 21 de febrero, con excepción de los municipios de Soria y Almazán, en que el programa se celebrará en los días 16 y 17 de febrero.
  2. Semana Santa: Comprenderá los días laborables, desde el 30 de marzo al 5 de abril.
  3. Verano: Comprenderá los días laborables, de lunes a viernes, desde el 26 de junio hasta el 31 de agosto.
  4. Navidad: Comprenderá los días laborables no lectivos de lunes a viernes de las vacaciones escolares de Navidad, de acuerdo con el calendario escolar que apruebe la Consejería de Educación para el curso 2023-2024.

Tendrá la consideración de franja horaria mínima y obligatoria de asistencia, la comprendida entre las 10:00 horas y las 13:00 horas y serán franjas horarias de asistencia voluntaria, las siguientes:

  • a) De 7:45 a 9:00 horas.
  • b) De 9:00 a 10:00 horas.
  • c) De 13:00 a 14:00 horas.
  • d) De 14:00 a 15:15 horas.

En las localidades en las que no se alcance un número superior a 14 participantes el horario máximo será el establecido entre las 8.00 y 15.15 horas, o bien entre las 7.45 y 15.00 horas, en función de las necesidades de la mayoría de las familias solicitantes.

 Cuotas y Descuentos Programa «Conciliamos 2023»

Contenido:

La cuota por participación en cada uno de los períodos vacacionales ofertados en «Conciliamos 2023» se determinará en función de la capacidad económica familiar y será el resultado de multiplicar por la cuota diaria los días de Carnaval y Semana Santa o los que contenga cada semana en las que se dividan los períodos de Verano y Navidad.

Cuotas programa "Conciliamos"
CAPACIDAD ECONÓMICA FAMILIAR CUOTA DIARIA
   
Hasta 9.000 € Exento
Desde 9.000,01 € hasta 18.000,00 € 4 €
Más de 18.000 € 6 €

Exenciones:

Estarán exentos del abono de la cuota:

  • Las familias numerosas de categoría especial.
  • Los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.
  • Los menores de otras nacionalidades que participen en programas de acogida temporal en familias de Castilla y León. También los menores participantes en el programa Conciliamos Incluye.
  • Las víctimas del terrorismo. Esta condición se acreditará mediante el informe preceptivo del Ministerio de Interior o la Resolución de Reconocimiento por parte de la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo o de sentencia judicial firme en que se hubiese reconocido, salvo que se autorice expresamente a la Administración para su consulta.
  • Los hijos de las víctimas de violencia de género, según lo establecido en el artículo 7 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, de Violencia de Género en Castilla y León. Esta circunstancia se acreditará documentalmente de conformidad con lo expuesto en la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

En todos los supuestos indicados en el apartado anterior, los interesados deberán indicar expresamente en la solicitud que confirman la asistencia de cada niño al programa. De lo contrario, dicha solicitud será excluida.

Bonificaciones

  • Las familias numerosas de categoría general tendrán una bonificación del 50% de la cuota.
  • En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa conciliamos, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota, que se aplicará sobre el importe de menor cuantía en aquellos casos en que las cuotas sean diferentes. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general o cuando alguno de ellos esté exento de cuota.

Determinación de la capacidad económica de la unidad familiar

  • A los efectos de esta convocatoria constituirán unidades familiares, a la fecha de la solicitud, las integradas por ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras, cualquiera que sea su estado civil, los miembros integrantes de las uniones de hecho y los hijos menores de edad.
  • De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León, se consideran familias monoparentales las unidades familiares con hijos menores, o mayores de edad en situación de dependencia, que se encuentren a cargo de un único responsable familiar.
  • Se considera capacidad económica de la unidad familiar, la suma del nivel anual de rentas de ambos progenitores, en los términos definidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio económico del año 2021, para las solicitudes Carnaval, Semana Santa y Verano y al ejercicio 2022 para las solicitudes de Navidad 2023. Dicho nivel vendrá determinado por la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro de cuyo resultado se deducirán el mínimo personal y familiar.

Servicio de comedor

  • El Servicio de comedor se prestará solo en el periodo de verano y dará comienzo el día 26 de junio de 2023.
  • El precio del servicio de comedor será de 6,50 euros diarios y se abonará directamente a la empresa adjudicataria del contrato dentro del mismo plazo establecido para la presentación de solicitudes. En la sede electrónica se pondrá a disposición de los interesados la información necesaria para la realización del pago. Este abono solo será devuelto en el supuesto de que no pueda celebrarse el servicio de comedor, y en ningún caso por renuncia a dicho servicio.
 Abono y devolución de cuotas

 

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