Subvenciones destinadas a financiar las actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos. Convocatoria. Curso 2022-23. BOCYL 13/03/2023.

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13 de marzo de 2023


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

EXTRACTO de la Orden de 6 de marzo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar las actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2022-2023.


 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. SUBVENCIONES

C.2. CONVOCATORIAS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

EXTRACTO de la Orden de 6 de marzo de 2023, de la Consejería de Educación, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar las actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2022-2023.

BDNS (Identif.): 680731.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/680731)

Asimismo la convocatoria puede consultarse en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) utilizando el identificador BDNS, y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

Primero. Beneficiarios.

Las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de Castilla y León, que figuren inscritas en el censo que depende de la Consejería de Educación.

Segundo. Objeto.

Convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar las actividades de las federaciones y confederaciones de asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León durante el curso escolar 2022-2023.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden EDU/481/2015, de 3 de junio, modificada por Orden EDU/302/2016, de 14 de abril, por Orden EDU/293/2017, de 18 de abril y por Orden EDU/218/2020, de 24 de febrero (Boletín Oficial de Castilla y León n.º 115, de 18 de junio, n.º 77, de 22 de abril, n.º 79, de 27 de abril, y n.º 43, de 3 de marzo de 2020, respectivamente).

Cuarto. Cuantía.

La cuantía global máxima del crédito destinado a estas subvenciones será cincuenta mil euros (50.000,00 €).

La cuantía individualizada de la subvención a conceder a cada beneficiario no superará el límite de siete mil quinientos euros (7.500,00 €) para las confederaciones y de cinco mil euros (5.000,00 €) para las federaciones, y se determinará por aplicación de los criterios de valoración establecidos en el apartado décimo, de conformidad con las disponibilidades presupuestarias.

En ningún caso el importe de la subvención superará el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del extracto de la presente orden en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 6 de marzo de 2023.

La Consejera de Educación,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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