USAL. Oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios para el año 2022. BOCYL 07/12/2022.

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7 de diciembre de 2022


UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se aprueba la oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca para el año 2022.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

B. AUTORIDADES Y PERSONAL

B.2. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE SALAMANCA

RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2022, del Rectorado de la Universidad de Salamanca, por la que se aprueba la oferta de empleo público de personal de Administración y Servicios de la Universidad de Salamanca para el año 2022.

El R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el II Convenio Colectivo de Personal Laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León, establecen la oferta anual de empleo público como mecanismo de planificación de las necesidades de selección de personal en las Administraciones públicas.

Este mismo es el instrumento previsto a tal efecto en el artículo 168 de los Estatutos de la Universidad de Salamanca.

La oferta anual de empleo público se constituye así, en la Universidad de Salamanca, como un instrumento de planificación y publicidad de las necesidades en materia de recursos humanos en el ámbito de la administración y los servicios que, no pudiendo satisfacerse mediante procedimientos de provisión de puestos, han de cubrirse a través de sistemas de selección de personal de nuevo ingreso.

En la confección de la oferta de empleo se han tenido en cuenta las previsiones del artículo 20. Uno. 3.) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, por lo que se incluyen plazas libres que no superan la tasa de reposición de efectivos prevista en la misma, 120 por ciento en los sectores prioritarios y Art. 2.1 Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por el que se incluyen plazas libres de la tasa adicional para la estabilización de empleo temporal.

La presente oferta cuenta con la autorización preceptiva de la Dirección de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación, en cumplimiento de lo determinado en el artículo 20 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, anteriormente citado.

En su virtud, se aprueba la oferta de empleo público de personal de administración y servicios de la Universidad de Salamanca para el año 2022, en los siguientes términos:

Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público.

De conformidad con lo establecido en el R.D. Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 11 del II Convenio Colectivo de Personal Laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León (B.O.C. y L. de 18-1-2007) y en el artículo 168.2 de los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobados por Acuerdo 19/2003, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León (B.O.C. y L. de 3-2-2003), se aprueba la oferta de empleo público del personal de administración y servicios de la Universidad de Salamanca para el año 2022.

Artículo 2. Número de plazas:

Personal Laboral de Administración y Servicios

2.1. El número de plazas de personal laboral de administración y servicios en aplicación de la tasa de reposición prevista en el artículo 20. Uno. 3.) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, es de 18, que se distribuirán entre las vacantes existentes en función de las resultantes del orden de prelación de convocatorias previsto en el artículo 15.1 del Convenio Colectivo de aplicación.

De acuerdo con lo previsto en el mismo, el número de plazas que resulten convocadas puede suponer un máximo de:

  • – 18 plazas por concurso oposición libre

2.2. El número de plazas, turno promoción interna, de personal laboral de administración y servicios es de 6, que se distribuirán entre las vacantes existentes en función de las resultantes del orden de prelación de convocatorias previsto en el artículo 15.1 del Convenio Colectivo de aplicación.

De acuerdo con lo previsto en el mismo, el número de plazas que resulten convocadas puede suponer un máximo de:

  • – 6 plazas por concurso oposición de promoción interna

Personal Funcionario de Administración y Servicios

2.3. El número de plazas de turno libre de personal funcionario de administración y servicios en aplicación de la tasa de reposición prevista en el artículo 20. Uno. 3.) de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, es el siguiente:

Subgrupo C1

 

Escala Administrativa (Subescala Administración General)

4

Subgrupo C1

4

Subgrupo C2

 

Escala Auxiliar Administrativa

22

Total Subgrupo C2

22

TOTAL OFERTA

26

 

2.4. El número de plazas de promoción interna de personal funcionario de administración y servicios para el año 2022 es el siguiente:

Subgrupo A1

 

Escala Técnica de Gestión

7

Total Subgrupo A1

7

Subgrupo A2

 

Escala Gestión Universitaria

8

Escala Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos

1

Total Subgrupo A2

9

TOTAL OFERTA

16

 

Artículo 3. Acceso y discapacidad.

3.1. Las convocatorias no establecerán exclusiones por limitaciones psíquicas y/o físicas, sin perjuicio de las incompatibilidades con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

3.2. En los procesos selectivos se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios, tendentes a garantizar la igualdad de condiciones de éstas con respecto al resto de los aspirantes. En las convocatorias se indicará expresamente esta posibilidad, así como que los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación.

A tal efecto, tanto la Administración como los órganos de selección podrán requerir informe o colaboración de los órganos técnicos competentes.

3.3. De las plazas ofertadas por la Universidad de Salamanca, se reservará el 7 % necesario para cumplir la normativa general, de manera que al menos el 2% lo sea para personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.

3.4. Será de aplicación a las convocatorias previstas en esta oferta lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

3.5. La opción a plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en las convocatorias.

3.6. En cualquier momento del proceso selectivo, la Administración o los órganos de selección podrán requerir dictamen del órgano administrativo competente respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas en las plazas objeto de convocatoria.

Artículo 4. Contenido y puntuación de los procesos selectivos.

Los procesos selectivos, tendrán una orientación práctica velando por la adecuación entre el contenido de los ejercicios y las funciones o tareas a desarrollar, minorarán, en la medida de lo posible, el peso de los ejercicios memorísticos y valorarán el conocimiento del idioma inglés.

Artículo 5. Publicidad de la oferta de empleo y de las convocatorias.

Con objeto de ampliar la difusión de la presente oferta y de las distintas convocatorias de procesos selectivos, además de publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León, el Servicio de Personal de Administración y Servicios incluirá en la página web de la Universidad toda la información relativa a las mismas.

Salamanca, 29 de noviembre de 2022.

El Gerente,(PDF B.O.C. y L. 14/02/2022)

Fdo.: Ricardo López Fernández

 

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