Comedor escolar: modificación de la orden por la que se regula este servicio público. BOCYL 25/08/2022.

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25 de agosto de 2022


CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1054/2022, de 16 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar.


I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

ORDEN EDU/1054/2022, de 16 de agosto, por la que se modifica la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar.

La Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar. De acuerdo con su artículo 19 son destinatarios de las ayudas de comedor escolar los progenitores o tutores del alumnado que cursa el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos que dispongan del servicio de comedor.

Estando prevista la oferta de plazas del tercer curso del primer ciclo de educación infantil en algunos centros docentes públicos que disponen de servicio público de comedor escolar, es necesario modificar la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, posibilitando a los alumnos de dicho curso el acceso a las ayudas de comedor escolar.

De conformidad con el artículo 76, en relación con el artículo 75, de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la tramitación de esta orden se han sustanciado los trámites de consulta pública previa y de audiencia e información pública a través de su publicación en el Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León.

Asimismo se ha recabado dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León de conformidad con el artículo 8.1.a) de la Ley 3/1999, de 17 de marzo, del Consejo Escolar de Castilla y León.

En su virtud y, en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo Único. Modificación de la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar.

Se modifica la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el decreto 20/2008, de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el artículo 17.1 que queda redactado en los siguientes términos:

«1. El servicio de comedor escolar podrá ser solicitado por todo el alumnado que desee hacer uso del mismo mediante la presentación en el mes de septiembre de una solicitud dirigida al director del centro docente conforme al modelo de solicitud que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://educa.jcyl.es).»

Dos. Se modifica el artículo 19 que queda redactado como sigue:

«Artículo 19.– Destinatarios.

Las ayudas de comedor podrán solicitarse por los padres, madres o tutores legales de los alumnos que cursan el tercer curso del primer ciclo de educación infantil, segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos que dispongan del servicio de comedor regulado en la presente orden.»

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid,16 de agosto de 2022.

La Consejera,

Fdo.: Rocío Lucas Navas

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